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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2011 (25/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de mayo de 2011 443160 Aprueban Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artificiales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 300-2011-ANA Lima, 23 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, el literal 3) del artículo 15º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, establece que es función de esta Autoridad dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integral y sostenible de los recursos hídricos; Que, según el artículo 74º de la precitada Ley, en los terrenos aledaños a los cauces naturales o artifi ciales, se mantiene una faja marginal de terreno necesaria para la protección, el uso primario del agua, el libre tránsito, la pesca, caminos de vigilancia u otros servicios; Que, por su parte el artículo 113º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, señala que las dimensiones en una o ambas márgenes de un cuerpo de agua son fi jadas por la Autoridad Administrativa del Agua, de acuerdo con los criterios establecidos en el Reglamento para la Delimitación de Fajas Marginales, respetando los usos y costumbres establecidos; Que, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos mediante Memorándums Nº 265, 416 y 647-2011-ANA-DCPRH/ASUP ha expresado su conformidad a la versión defi nitiva de la propuesta de Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artifi ciales, correspondiendo disponer su aprobación; Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, de la Dirección de Estudios de Proyectos Hidráulicos Multisectoriales y de la Secretaria General, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a este Despacho en el artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento para la Delimitación y Mantenimiento de Fajas Marginales en Cursos Fluviales y Cuerpos de Agua Naturales y Artifi ciales que consta de siete (07) títulos, veintiún (21) artículos, dos (02) disposiciones complementarias transitorias y una (01) disposición complementaria fi nal con dos (02) anexos. Artículo 2º.- Disponer la publicación del reglamento aprobado en el artículo precedente conjuntamente con sus anexos en el portal electrónico institucional, www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS JAVIER PAGADOR MOYA Jefe Autoridad Nacional del Agua 644433-3 DEFENSA Autorizan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo de la PNP en la provincia de Tocache, departamento de San Martín RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 192-2011-DE/ Lima, 24 de mayo de 2011 Visto, el Ofi cio Nº 154-2011-IN/0101 de fecha 17 de mayo de 2011, del Ministro del Interior. CONSIDERANDO: Que, por el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 039- 2011-PCM del 27 de abril de 2011, se prorrogó por el término de sesenta (60) días, a partir del 9 de mayo de 2011, el Estado de Emergencia declarado en el distrito de Cholón de la provincia de Marañón, en el distrito de Monzón de la provincia de Huamalíes, y en la provincia de Leoncio Prado, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huánuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martín; y en la provincia del Padre Abad del departamento de Ucayali; Que, asimismo, se dispuso que la Policía Nacional del Perú mantendrá el control del orden interno con el apoyo de la Fuerzas Armadas; Que, el numeral 5.3. del artículo 5º, concordante con los artículos 21º, 22º, 23º, 24º y 25º del Decreto Legislativo Nº 1095, que establece las reglas del Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, disponen que las Fuerzas Armadas pueden actuar excepcionalmente en apoyo de la Policía Nacional del Perú en casos de Tráfi co Ilícito de Drogas, Terrorismo, entre otros, en cuyo caso la autoridad política o policial del lugar en que se producen los hechos debe solicitar la intervención de las Fuerzas Armadas, al Ministerio del Interior quien, una vez evaluado los hechos, formaliza el pedido al Presidente de la República el que, a su vez, autoriza la actuación de las Fuerzas Armadas mediante Resolución Suprema; Que, mediante el Ofi cio del Visto, el señor Ministro del Interior ha solicitado al Presidente de la República el apoyo de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional del Perú, para garantizar la participación de personal del Ejército del Perú (3ª Brigada de Fuerzas Especiales) realizando patrullajes contraterroristas en las zonas del Alto Huallaga adyacentes y simultáneas a los sectores donde la DIRANDRO PNP (DIVOEAD - HUALLAGA) viene brindando seguridad al personal civil del Proyecto Especial CORAH en las operaciones de reducción del espacio cocalero ilegal para el año 2011; Que, en consecuencia, es conveniente disponer la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo de la Policía Nacional del Perú; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú, Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1095. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización de intervención de las Fuerzas Armadas Autorízase la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo de la Policía Nacional del Perú, a partir de la fecha de vigencia de la presente Resolución y hasta el 7 de julio de 2011, a fi n de que intervenga el personal del Ejército del Perú (3ª Brigada de Fuerzas Especiales) realizando patrullajes contraterroristas en la provincia de Tocache, departamento de San Martín, donde la DIRANDRO PNP (DIVOEAD - HUALLAGA) viene brindando seguridad al personal civil del Proyecto Especial CORAH durante las operaciones de reducción del espacio cocalero ilegal. Artículo 2º.- De la actuación de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituye una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de ésta. La responsabilidad de brindar seguridad al personal civil del Proyecto Especial CORAH en las operaciones de reducción de espacio cocalero ilegal permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú. 2.2. La actuación de las Fuerzas Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la ejecución de patrullajes contraterroristas en las zonas de la provincia de Tocache, departamento de San Martín, adyacentes y simultáneas a los sectores donde actuará la DIRANDRO PNP (DIVOEAD