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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2011 (25/05/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 25 de mayo de 2011 443169 para la extracción de merluza. La investigación debe contar con la opinión técnica previa al IMARPE, en lo referente al plan de operaciones y, en especial, a los objetivos y metodología y validación de resultados esperados que se apliquen en la investigación. Dicha investigación requiere de la autorización del Ministerio de la Producción; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 367- 2010-PRODUCE se establece el Régimen Provisional de Pesca del recurso Merluza (Merluccius gayi peruanus) correspondiente al año 2011, en el marco del cual se desarrollará la actividad extractiva del mencionado recurso desde las 00:00 horas del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2011, en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y los 06°00’ Latitud Sur. Asimismo, establece el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) en 40 mil toneladas; Que, la Resolución Ministerial Nº 109-2011-PRODUCE del 25 de marzo de 2011, se establece la veda reproductivo del recurso merluza (Merluccius gayi peruanus) en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú hasta los 06º00’ Latitud Sur. En consecuencia, se prohíbe extraer el citado recurso a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial, así como procesarlo a partir de las 00:00 horas del tercer (3er.) día calendario posterior a su publicación. Asimismo, determina que el Instituto del Mar del Perú – IMARPE, efectuara el monitoreo y seguimiento de los principales indicadores poblacionales y pesqueros del recurso merluza, debiendo informar y recomendar oportunamente al Ministerio de la Producción las medidas de ordenamiento pesquero; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 153- 2011-PRODUCE se autoriza al Instituto del Mar del Perú – IMARPE la ejecución de la Pesca Exploratoria de Merluza, a partir de las 00:00 horas del 2 de mayo hasta las 24:00 horas del 3 de mayo de 2011, en el área marítima comprendida entre Puerto Pizarro (03º30’ LS) y Punta La Negra (06º00’ LS), con la participación de dos (2) embarcaciones pesqueras, con permiso de pesca vigente y que operen bajo el Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza establecido por Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE. Asimismo, dispuso que la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción mediante Resolución Directoral publique la relación de las embarcaciones pesqueras que participarán en la Pesca Exploratoria de Merluza, de acuerdo al Plan presentado por el IMARPE; Que, el Instituto del Mar del Perú – IMARPE vía correo electrónico del 29 de abril de 2011, en razón de la convocatoria efectuada en el portal institucional del Ministerio de la Producción, alcanza la relación de las embarcaciones pesqueras arrastreras que participarán en la ejecución de la mencionada prospección pesquera, de acuerdo con el plan de operaciones correspondiente; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante el Informe Técnico Nº 369-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch, y el Informe Legal Nº 544-2011-PRODUCE/DGEPP; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Recurso Merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003- PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a las embarcaciones pesqueras arrastreras con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen Provisional de Pesca de Merluza autorizado mediante la Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE, que se detallan en el Anexo I de la presente Resolución Directoral, para participar en la “Pesca Exploratoria de Merluza”, conforme a los sectores que se indican en dicha relación. Artículo 2º.- Publicar en el Anexo II de la presente Resolución, las embarcaciones pesqueras arrastreras con permiso de pesca vigente y que operan bajo el Régimen de Provisional de Pesca de Merluza autorizado mediante la Resolución Ministerial Nº 367-2010-PRODUCE, seleccionadas a participar en la “Pesca Exploratoria de Merluza”, en calidad de suplentes. Artículo 3º.- El Instituto del Mar del Perú – IMARPE, dispondrá la sustitución de las embarcaciones titulares por las suplentes, en caso ocurrieran problemas técnicos. Artículo 4º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción y las Direcciones Regionales de la Producción de los Gobiernos Regionales de Tumbes, Piura y Lambayeque, dentro del ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. YSAAC GUILLERMO CHANG DIAZ Director General de Extracción y Procesamiento Pesquero ANEXO I RELACIÓN DE EMBARCACIONES QUE PARTICIPARÁN EN LA PESCA EXPLORATORIA DE MERLUZA (2 al 3 de mayo de 2011) Subárea GRADOS Embarcación Pesquera Matrícula Armador o Empresa Pesquera A 03°30’S 04°00’S SNAEFARI PT-12295-PM AGROPESCA 04°30’S 05°00’S B 05°00’S 05°30’S AURITA PT-22684-CM ARMADORES Y CONGELADORES DEL PACIFICO S.A. 05°30’S 06°00’S ANEXO II RELACIÓN DE EMBARCACIONES QUE PARTICIPARÁN EN LA PESCA EXPLORATORIA DE MERLUZA EN CALIDAD DE SUPLENTES (2 al 3 de mayo de 2011) Embarcación Pesquera Matrícula Armador o Empresa Pesquera SANTA MONICA V PT-20958-PM INDUSTRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. 643756-2 Aceptan desistimiento de la empresa Luguensi E.I.R.L. a solicitud de caducidad de permiso de pesca otorgado a embarcación pesquera RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 295-2011-PRODUCE/DGEPP Lima, 4 de mayo del 2011 Visto: los escritos con Registros Nº 00007104-2011 y adjunto 2, de fecha 24 de enero del 2011 y 14 de marzo del 2011, respectivamente, presentados por la empresa LUGUENSI E.I.R.L.; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Directoral Nº 367-2009- PRODUCE/DGEPP, de fecha 20 de mayo de 2009 se otorgó a favor de la empresa MARICULTURA EL DORADO S.A.C., autorización de incremento de fl ota vía sustitución de la embarcación pesquera no siniestrada denominada GUAÑAPE 1 de matrícula CE-1248-PM, para el reacondicionamiento de la capacidad de bodega de la embarcación pesquera ERNESTINA de matrícula CO-10397-PM, a 223.36 m3 de capacidad de bodega, para dedicarla a la extracción de anchoveta y sardina para consumo humano indirecto;