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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de noviembre de 2011 452830 a fi n de modifi car las Cláusulas Primera y Tercera, modifi car el numeral 5.7 de la Cláusula Quinta, y modifi car el Anexo N° 2, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Adenda N° 2 al Contrato de Concesión N° 154-99, aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública a que dé origen la Adenda N° 2 al Contrato de Concesión N° 154-99. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 712735-5 Aprueban Adenda N° 1 al Contrato de Concesión N° 313-2008 sobre concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica otorgada a favor de Peruana de Energía S.A.A. RESOLUCIÓN SUPREMA N° 090-2011-EM Lima, 5 de noviembre de 2011 VISTO: El Expediente N° 14151007 sobre solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de transmisión de energía eléctrica para la Línea 138 kV S.E. La Virgen-S.E. Caripa, a favor de Peruana de Energía S.A.A.: CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 029-2008-EM de fecha 04 de junio de 2008, se otorgó a favor de Peruana de Energía S.A.A. concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea 138 kV S.E. La Virgen - S.E. Caripa, aprobándose el Contrato de Concesión N° 313-2008, elevado a Escritura Pública el 08 de julio de 2008; Que, con fecha 09 de marzo de 2009, al amparo del artículo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, Peruana de Energía S.A.A. presentó la solicitud de modifi cación de la concesión defi nitiva de transmisión de la Línea 138 kV S.E. La Virgen - S.E. Caripa, ubicada en los distritos de San Ramón, Palca, Acobamba, Tarma y La Unión, provincias de Chanchamayo y Tarma, departamento de Junín; sustentando su pedido en la necesidad de adecuar el plazo de ejecución de esta obra para que guarde relación y armonía con el plazo de ejecución de la Central Hidroeléctrica La Virgen, de modo que ambas puedan concluirse y entrar en servicio en la oportunidad que corresponda, evitando así el desfase en la ejecución de la Línea, salvaguardándola de los riesgos que pudieran suscitarse en perjuicio de la Concesionaria por tener la Línea que permanecer en condición desenergizada y sin poder entrar en servicio, hasta que concluyan las obras de la Central Hidroeléctrica La Virgen. Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley 25844 Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe N° 144 -2011- DGE-DCE, siendo procedente aprobar la modifi cación de concesión defi nitiva de transmisión y la Adenda N° 1 al Contrato de Concesión N° 313-2008, el mismo que deberá ser elevado a Escritura Pública incorporando en éste el texto de la presente Resolución e inscribirlo en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo expuesto de acuerdo con el Informe N° 144-2011-DGE-DCE y conforme con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53° y en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Adenda N° 1 al Contrato de Concesión N° 313-2008, a fi n de modifi car los numerales 5.5, 5.6 e incorporar los numeral 5.7 y 5.8 de la Cláusula Quinta, modifi car la Cláusula Séptima y el Anexo N° 4, por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la Adenda N° 1 al Contrato de Concesión N° 313-2008, aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública a que dé origen la Adenda N° 1 al Contrato de Concesión N° 313-2008. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 712735-6 Aprueban regularización de la ampliación de concesión definitiva de distribución de energía eléctrica y la Adenda Nº 2 al Contrato de Concesión Nº 042-95 solicitada por Electrocentro S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 091-2011-EM Lima, 05 de noviembre de 2011 VISTO: El Expediente con código N° 15007093, sobre la solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de distribución de energía eléctrica, presentada por Electrocentro S.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11000672 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° VIII, Sede Huancayo, de la Ofi cina Registral de Huancayo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N°017-95-EM, publicada el 24 de febrero de 1995, se otorgó a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A. – Electrocentro S. A., concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de distribución de