Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2011 (06/11/2011)
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TEXTO DE LA PÁGINA 13
El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de noviembre de 2011
NORMAS LEGALES
452831
energia electrica con caracter de Servicio Publico de Electricidad, suscribiendose el Contrato de Concesion N° 042-95, elevado a Escritura Publica el 30 de marzo de 1995; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 041-2000-EM, publicada el 02 de MORDAZA de 2000, se aprobo la regularizacion de la ampliacion de la concesion, suscribiendose el Addendum Nº 1 al Contrato de Concesion Nº 042-95; Que, mediante solicitud presentada el 03 de febrero de 2009 bajo Registros N° 1856632, complementada con documentos ingresados bajo Registros Nº 1870528, de fecha 24 de marzo 2009 y Nº 2080839, de fecha 01 de MORDAZA de 2011, el peticionario solicito la regularizacion de la ampliacion de concesion definitiva de distribucion MORDAZA Tarma, de conformidad con lo previsto en el articulo 30° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y el articulo 61° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, y la solicitud cuenta con la opinion favorable a que se refiere el Informe N° 185-2011-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la Adenda N° 2 al Contrato de Concesion N° 042-95, el mismo que debera ser elevado a Escritura Publica, incorporando en este el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, estando a lo dispuesto en el articulo 30° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los literales c) y d) del articulo 61° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la regularizacion de la ampliacion de la concesion definitiva de distribucion y la Adenda N° 2 al Contrato de Concesion N° 042-95, solicitada por Electrocentro S.A., a fin de modificar las Clausulas Primera, Tercera, el numeral 6.8 de la Clausula Sexta, y modificar los Anexos Nº 4 y Nº 7, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- La regularizacion aprobada en el articulo que antecede, comprende las zonas de concesion que a continuacion se senalan, las cuales estan delimitadas por las coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, que figuran en el plano obrante en el expediente:
ITEM MORDAZA DE CONCESION Departamento 1 MORDAZA TARMA (PSE Tarma III Etapa) MORDAZA Provincia Tarma y Jauja Planos N° (Escala: 1/10000) Tarma-D 01 de 01
Otorgan a favor de Abengoa Peru S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en linea de transmision ubicada en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 092-2011-EM MORDAZA, 05 de noviembre de 2011 VISTO: El Expediente N° 14273411, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por Abengoa Peru S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 00381616 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision de 220 kV S.E. MORDAZA S.E. Tia MORDAZA, ubicada en los distritos de Cocachacra, Punta Bombon y MORDAZA, provincias de Islay y Mariscal MORDAZA, departamentos de MORDAZA y MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral N° 3312009-MEM/AAE de fecha 11 de setiembre de 2009, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos del Ministerio de Energia y Minas, aprobo el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto de la Linea de Transmision de 220 kV S.E. MORDAZA S.E. Tia Maria; Que, la peticion esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 2022011-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a favor de Abengoa Peru S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 220 kV S.E. MORDAZA S.E. Tia MORDAZA, ubicada en los distritos de Cocachacra, Punta Bombon y MORDAZA, provincias de Islay y Mariscal MORDAZA, departamentos de MORDAZA y MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3° de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la Tension N° de Longitud linea transmision (kV) Ternas (km) S.E. MORDAZA - S.E. Tia MORDAZA 220 02 101,1590 Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) 25
Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en nombre del Estado, la Adenda N° 2 al Contrato de Concesion N° 042-95, y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica a que de origen la Adenda N° 2 al Contrato de Concesion N° 042-95. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 712735-7
Articulo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 379-2011 a suscribirse con Abengoa Peru S.A., el que consta de 19 clausulas y 04 anexos. Articulo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que origine el