Norma Legal Oficial del día 06 de noviembre del año 2011 (06/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

452831

energia electrica con caracter de Servicio Publico de Electricidad, suscribiendose el Contrato de Concesion N° 042-95, elevado a Escritura Publica el 30 de marzo de 1995; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 041-2000-EM, publicada el 02 de MORDAZA de 2000, se aprobo la regularizacion de la ampliacion de la concesion, suscribiendose el Addendum Nº 1 al Contrato de Concesion Nº 042-95; Que, mediante solicitud presentada el 03 de febrero de 2009 bajo Registros N° 1856632, complementada con documentos ingresados bajo Registros Nº 1870528, de fecha 24 de marzo 2009 y Nº 2080839, de fecha 01 de MORDAZA de 2011, el peticionario solicito la regularizacion de la ampliacion de concesion definitiva de distribucion MORDAZA Tarma, de conformidad con lo previsto en el articulo 30° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas y el articulo 61° de su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, y la solicitud cuenta con la opinion favorable a que se refiere el Informe N° 185-2011-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la Adenda N° 2 al Contrato de Concesion N° 042-95, el mismo que debera ser elevado a Escritura Publica, incorporando en este el texto de la presente Resolucion, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotacion de Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, estando a lo dispuesto en el articulo 30° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los literales c) y d) del articulo 61° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la regularizacion de la ampliacion de la concesion definitiva de distribucion y la Adenda N° 2 al Contrato de Concesion N° 042-95, solicitada por Electrocentro S.A., a fin de modificar las Clausulas Primera, Tercera, el numeral 6.8 de la Clausula Sexta, y modificar los Anexos Nº 4 y Nº 7, por las razones y fundamentos legales senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2°.- La regularizacion aprobada en el articulo que antecede, comprende las zonas de concesion que a continuacion se senalan, las cuales estan delimitadas por las coordenadas UTM, en el sistema PSAD56, que figuran en el plano obrante en el expediente:
ITEM MORDAZA DE CONCESION Departamento 1 MORDAZA TARMA (PSE Tarma III Etapa) MORDAZA Provincia Tarma y Jauja Planos N° (Escala: 1/10000) Tarma-D 01 de 01

Otorgan a favor de Abengoa Peru S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en linea de transmision ubicada en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 092-2011-EM MORDAZA, 05 de noviembre de 2011 VISTO: El Expediente N° 14273411, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por Abengoa Peru S.A., persona juridica inscrita en la Partida N° 00381616 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision de 220 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. Tia MORDAZA, ubicada en los distritos de Cocachacra, Punta Bombon y MORDAZA, provincias de Islay y Mariscal MORDAZA, departamentos de MORDAZA y MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que, mediante Resolucion Directoral N° 3312009-MEM/AAE de fecha 11 de setiembre de 2009, la Direccion General de Asuntos Ambientales Energeticos del Ministerio de Energia y Minas, aprobo el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto de la Linea de Transmision de 220 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. Tia Maria; Que, la peticion esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 2022011-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a favor de Abengoa Peru S.A. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision de 220 kV S.E. MORDAZA ­ S.E. Tia MORDAZA, ubicada en los distritos de Cocachacra, Punta Bombon y MORDAZA, provincias de Islay y Mariscal MORDAZA, departamentos de MORDAZA y MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3° de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la Tension N° de Longitud linea transmision (kV) Ternas (km) S.E. MORDAZA - S.E. Tia MORDAZA 220 02 101,1590 Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) 25

Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en nombre del Estado, la Adenda N° 2 al Contrato de Concesion N° 042-95, y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 4°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera insertarse en la Escritura Publica a que de origen la Adenda N° 2 al Contrato de Concesion N° 042-95. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, debera ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, y sera notificada al concesionario dentro de los cinco (5) dias habiles siguientes a dicha publicacion, conforme al articulo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas. Articulo 6°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DESCALZI Ministro de Energia y Minas 712735-7

Articulo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 379-2011 a suscribirse con Abengoa Peru S.A., el que consta de 19 clausulas y 04 anexos. Articulo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente. Articulo 5°.- El texto de la presente Resolucion Suprema debera incorporarse en la Escritura Publica que origine el

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