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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (06/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de noviembre de 2011 452834 adquisiciones a las micro y pequeñas empresas – MYPE de uniformes, calzado, chompas y buzos para escolares y su distribución en las zonas de pobreza y pobreza extrema a nivel nacional, así como la adquisición y distribución de uniformes para el Ministerio del Interior y de vestuario para el Ministerio de Defensa; Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 9.1 del artículo 9° de la norma acotada, para la adquisición de cada bien se formará un Núcleo Ejecutor de Compra, el cual estará conformado entre otros, por un representante del Ministerio de la Producción - PRODUCE y un representante del gremio de la MYPE vinculado con el bien a adquirir; a su vez, en su numeral 9.3 se señala que las instituciones públicas deberán acreditar a sus representantes a través de Resoluciones, en un plazo de cinco días hábiles a partir de la vigencia del Decreto de Urgencia N° 058-2011, formalizándose la designación del representante del gremio de la MYPE, por Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción; Que, en tal sentido, resulta pertinente emitir el acto de administración por el cual se designe a los representantes del Ministerio de la Producción ante los Núcleos Ejecutores de Compra establecidos en el Decreto de Urgencia N° 058-2011; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Decreto Supremo N° 010-2006-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como representantes del Ministerio de la Producción ante los Núcleos Ejecutores de Compra establecidos en el Decreto de Urgencia N° 058-2011 a las siguientes personas: a) Señor LUIS HERNÁN MARILUZ SALAZAR, como representante ante los Núcleos Ejecutores de Compra de Uniformes para el Ministerio del Interior y Vestuario para el Ministerio de Defensa. b) Señor PABLO GERMÁN RIJALBA HOLGUÍN, como representante ante los Núcleos Ejecutores de Compra de Uniformes y Buzos. c) Señor CARLOS ALBERTO CAVAGNARO PIZARRO, como representante ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Chompas. d) Señor ARMANDO DAGOBERTO HUAMÁN APARICIO, como representante ante el Núcleo Ejecutor de Compra de Calzado. Regístrese, comuníquese y publíquese. KURT BURNEO FARFÁN Ministro de la Producción 712513-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan permiso de operación de aviación comercial a la compañía Aeroprop S.A.C. RESOLUCION DIRECTORAL N° 246-2011-MTC/12 Lima, 15 de agosto del 2011 Vista la solicitud de la compañía AEROPROP S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros y carga; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente N° 2011-015246 del 05.04.2011, Documento de Registro N° 2011-015246-B del 28.04.2011 y Documento de Registro N° 2011-015246- C del 24.06.2011 la compañía AEROPROP S.A.C. solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros y carga; Que, según los términos del Memorando Nº 494- 2011-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 156-2011-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certifi caciones, Memorando Nº 252- 2011-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 218-2011-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; se considera pertinente atender lo solicitado, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la Administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento vigente; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía AEROPROP S.A.C., Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros y carga de acuerdo a las características señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la empresa AEROPROP S.A.C. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones Técnicas de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal, técnica y económico-fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular de pasajeros y carga. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - King Air E-90, Hawker Beechcraft ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS DEPARTAMENTO: Amazonas - Chachapoyas, Ciro Alegría, Galilea, Rodríguez de Mendoza. DEPARTAMENTO: Ancash - Chimbote, Huascarán / Anta. DEPARTAMENTO: Apurímac - Andahuaylas. DEPARTAMENTO: Arequipa - Arequipa, Atico, Chivay, Orcopampa, Mollendo. DEPARTAMENTO: Ayacucho - Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán.