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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (12/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de noviembre de 2011 453299 j) Cumplir con las jornadas de limpieza de playas programadas por la Ofi cina de Servicios comunales precisando que el incumplimiento acarrea la revocación de la autorización otorgada. k) Apersonarse a la Municipalidad cuando ésta lo requiera. l) En el caso específi co de los comerciantes autorizados que brindan el servicio de alquiler de sillas y sombrillas, estos accesorios deberán tener las características señaladas en el anexo II de la presente Ordenanza las mismas que tendrán en consideración el ornato del Distrito, bajo apercibimiento de suspensión y/o revocación de la Autorización Temporal. m) Apoyar a la Municipalidad en aspectos de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil. n) No desarrollar otra actividad comercial diferente a la autorizada. o) No realizar actos que atenten contra la tranquilidad pública, menos aún consumir alcohol. p) Otras que la Ofi cina de Rentas le señale previa comunicación. El incumplimiento de una o más obligaciones que anteceden, podrán ser susceptibles de revocación de la autorización concedida. La detección del incumplimiento puede provenir de una denuncia o queja formulada por la parte afectada o interesada, en mérito a la facultad fi scalizadora que tiene la Municipalidad. El procedimiento de revocación será conforme lo establecido en el Art. 203° de la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley 27444. TÍTULO III DE LOS GIROS Y HORARIOS PERMITIDOS PARA EL COMERCIO AMBULATORIO Artículo 9°.- De Los Giros y o Actividades Permitidas: Solo se permitirá el comercio ambulatorio en las zonas exclusivamente habilitadas señalas en el literal H del Artículo 3º de la presente Ordenanza de acuerdo al siguiente cuadro: AREA AUTORIZADA GIRO HORARIO CANTIDAD MÁXIMA A AUTORIZAR Playa Blanca - Venta de gaseosas descartables - Venta de Raspadillas - Venta de sándwich en Caja. - Venta de Helados. - Venta de Golosinas a pie. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. 05 02 01 12 03 Playa Central - Venta de gaseosas descartables - Venta de Raspadillas. - Venta de barquillos. - Golosinas en caja. - Alquiler de sombrillas y sillas. - Venta de Helados. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. 06 04 03 05 10 15 Playa La Isla - Venta de Raspadillas. - Alquiler de sombrillas y sillas. - Venta de Helados. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. 01 01 01 Playa Norte - Venta de Helados. - 9:00 a 18:00 horas. 06 Playa Barcaza - Venta de Raspadillas. - Venta de Helados. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. 01 12 Playa Señoritas - Venta de Helados. - Venta de Golosinas a pie. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. 05 01 Playa Silencio - Venta de Helados. - Venta de Raspadillas. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. 45 03 AREA AUTORIZADA GIRO HORARIO CANTIDAD MÁXIMA A AUTORIZAR Frontis del Depósito Municipal - Venta de Desayuno. - Venta de Periódicos. - 9:00 a 18:00 horas. - 9:00 a 18:00 horas. 06 01 Sector Mártir Olaya Sur - Carritos Sangucheros. - 22:00 a 3:00 horas 04 Frontis del Mercado Municipal - Carritos Anticucheros. - Venta de Picarones. - 20:00 a 1:00 horas - 16:00 a 20:00 horas (solo sáb. y dom.) 02 02 Artículo 10°.- Mediante Decreto de Alcaldía, la Municipalidad podrá establecer restricciones al ejercicio de los giros o actividades permitidas en determinadas zonas, en razón a criterios de seguridad, ornato y tranquilidad pública. TÍTULO IV DEL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA EJERCER EL COMERCIO AMBULATORIO Artículo 11°.- Requisitos para obtener la Autorización Municipal: a) Solicitud dirigida al Sr. Alcalde. b) Exhibir el documento de Nacional de Identidad. c) Indicar la ubicación de donde se desea realizar el comercio ambulatorio. d) Dos fotografías Tamaño carné reciente de frente y a colores. e) Declaración Jurada de no contar con antecedentes policiales, penales o judiciales (sujeto a acreditar lo expuesto cuando la autoridad municipal lo requiera) f) Carné sanitario. g) Aquellos trabajadores ambulantes que tienen propiedades inmuebles dentro de la jurisdicción del Distrito deberán estar al día en sus tributos e impuestos municipales. h) Pago por derecho de autorización temporal. i) Aquellos trabajadores ambulantes que para desarrollar su actividad requieran de una cocina o similar contarán obligatoriamente con un extinguidor como medida de seguridad. Artículo 12°.- Procedimiento de Evaluación Previa: Recibida la solicitud con todos los requisitos exigibles, la unidad de trámite documentario remitirá la documentación a la Comisión Evaluadora, la misma que realizará las siguientes acciones previas: a) Verifi car si la solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 11º de la presente Ordenanza. b) Verifi car si la solicitud puede ser atendible. c) Solicitar a la Ofi cina de Rentas, Servicios Comunales y Seguridad Ciudadana el reporte denominado evaluación de antecedentes Municipales (los mismos que deberán ser entregados a la comisión en un plazo no mayor de cinco días hábiles). d) Verifi car las Declaraciones Juradas presentadas por los solicitantes. Artículo 13°.- Renovación de la Autorización temporal de Comercio en las zonas exclusivamente autorizadas: La autorización temporal de comercio en las zonas exclusivamente habilitadas podrá ser renovada dentro de las fechas previstas en el artículo 6º de la presente Ordenanza. Para tal efecto deberán presentar los requisitos señalados en el Art. 11º. Para que proceda la renovación la comisión evaluadora deberá proceder a evaluar lo señalado en los literales a, b y c de del artículo 12 y el Art. 7º de la presente Ordenanza. Artículo 14°.- Contenido de la Resolución que aprueba la Autorización Temporal: Toda autorización deberá indicar la siguiente información: - Nombre y Apellidos del Titular. - Documento Nacional de Identidad del Titular. - Domicilio legal del titular. - Ubicación exacta del lugar donde desarrollará su actividad - Vigencia de la Autorización.