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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (12/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de noviembre de 2011 453284 remuneraciones y demás gastos que correspondan; precisándose que todo egreso en que incurra la Asamblea Nacional de Rectores al ejecutar cualquier modalidad de intervención es asumido íntegramente por la Universidad objeto de la misma; Que, con Resolución Nº 1176-2011-ANR, de fecha 14 de octubre de 2011, se declaró en situación de ingobernabilidad y graves irregularidades administrativas a la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo y se conformó una Comisión de Orden y Gestión, por el plazo de noventa (90) días, para el restablecimiento de la normalidad institucional de la mencionada universidad; Que, adicionalmente, la precitada Resolución establece que la mencionada Comisión de Orden y Gestión, dentro del proceso de intervención, hará las veces de Consejo Universitario y de Asamblea Universitaria, el Presidente de la Comisión hará las veces de Rector, el primer Vicepresidente de Vicerrector Académico y el segundo Vicepresidente de Vicerrector Administrativo; Que, mediante ofi cio de vistos, el Presidente de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, designado mediante la indicada Resolución Nº 1176-2011-ANR, solicita se fi jen los honorarios de la Comisión que preside; Que, los miembros de la referida Comisión de Orden y Gestión son ex autoridades universitarias y destacados profesionales que tienen que desplazarse desde sus ciudades de residencia para establecerse temporalmente en la ciudad sede de la universidad intervenida, con la fi nalidad de cumplir la labor encomendada por la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo (e) de la Asamblea Nacional de Rectores dispone la elaboración de una resolución por la que se fi jen los honorarios de los miembros de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, designados mediante Resolución Nº 1176-2011- ANR; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, las Leyes Nº 26490 y Nº 27602, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los honorarios de los miembros de la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, integrada por el Dr. Milthon Honorio Muñoz Berrocal, quien la preside, Dr. Manuel Enemecio Castillo Venegas, Vicepresidente Académico y el Dr. Segundo Arístides Távara Aponte, Vicepresidente Administrativo, conforme al siguiente detalle: - Presidente S/. 12 000,00 mensuales - Vicepresidente Académico S/. 11 000,00 mensuales - Vicepresidente Administrativo S/. 11 000,00 mensuales Artículo 2º.- Establecer que los honorarios aprobados por la presente resolución serán asumidos íntegramente por la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, en aplicación del artículo 30º del Reglamento de las Leyes Nº 26490 y Nº 27602 sobre “Derecho de Intervención de la Asamblea Nacional de Rectores en las Universidades Públicas y Privadas por razón de Graves Irregularidades”, aprobado por Resolución Nº 898-2002-ANR. Artículo 3º.- Determinar que los gastos de vivienda y alimentación de los miembros de la Comisión de Orden y Gestión serán asumidos por la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo. Artículo 4º.- Precisar que la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo podrá implementar el pago de viáticos a favor de los integrantes de la referida Comisión de Orden y Gestión, en razón al desplazamiento realizado desde sus ciudades de origen y de conformidad con el Decreto Supremo Nº 028-2009-EF y la Resolución Nº 0209-2011-ANR, los que aprueban, respectivamente, la Escala de Viáticos en Comisión de Servicios en el Territorio Nacional y la Directiva Nº 001-2011-DGPU-ANR “Normas y Procedimientos para Autorizaciones de Viajes Nacionales y Escala de Viáticos de la Asamblea Nacional de Rectores para el Año Fiscal 2011”. Artículo 5º.- Ofi ciar la presente resolución a la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo para su conocimiento y acciones de su competencia. Artículo 6º.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 714660-1 Declaran que la Universidad Católica Sedes Sapientiae ha cumplido lo dispuesto en la Ley Universitaria respecto a la creación y organización de diversos programas de maestrías COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1273-2011-ANR Lima, 4 de noviembre de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: El ofi cio Nº 014-2011II UCSS-SG, de fecha 13 de setiembre de 2011; el informe Nº 146-2011-DGDAC, de fecha 14 de octubre de 2011; el memorando Nº 974-2011- SE, de fecha 29 de setiembre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo establecido por el artículo 13º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, las universidades que disponen de los docentes, instalaciones y servicios necesarios, pueden organizar una Escuela de Posgrado o secciones de igual carácter en una o más Facultades, cuyos estudios conducen a los grados de Maestro y de Doctor; precisando la indicada norma que su creación requiere el pronunciamiento favorable de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante Resolución Nº 0007-2011-ANR, de fecha 06 de enero de 2011, se aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Católica Sedes Sapientiae; precisándose en el artículo 2º de la indicada resolución que la creación y funcionamiento de nuevos programas de posgrado en la referida Escuela deberán coordinarse previamente con la Asamblea Nacional de Rectores; Que, mediante ofi cio de vistos, el Secretario General de la Universidad Católica Sedes Sapientiae, comunica la creación de maestrías en la mencionada universidad, remitiendo la correspondiente documentación de creación y los respectivos programas de estudio; Que, en la documentación alcanzada por la Universidad Católica Sedes Sapientiae, se encuentra la copia certifi cada de la Resolución Nº 014-2011-UCSS-AG/GC, de fecha 06 de setiembre de 2011, en la que se aprueban las siguientes maestrías: - Maestría en Administración de Negocios y Finanzas Internacionales - MBA Internacional, de la Unidad de Posgrado de la Facultad de Ciencias Económicas y Comerciales. - Maestría en Teoría y Práctica de la Lectura y Escritura, de la Unidad de Posgrado de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidades. - Maestría de Psicopedagogía y Orientación Tutorial Educativa, de la Unidad de Posgrado de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidades. Que, mediante informe Nº 146-2011-DGDAC, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores comunica que cada programa de maestría indicado en el considerando precedente satisface los requisitos establecidos en el artículo 13º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, así como los Requisitos Mínimos para la Organización y Funcionamiento de una Escuela de Posgrado o Sección de Posgrado, aprobado mediante Resolución Nº 394-2004-ANR; por lo que propone declarar aprobada su creación y funcionamiento mediante resolución;