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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de noviembre de 2011 453293 a reuniones con instituciones de Gobierno entre ellas el Ministerio de Agricultura y Fonafi fo para conocer experiencias en materia de reforestación y manejo de recursos hídricos; Que, mediante Ofi cio N° 463-2011-GR.CAJ/P, de fecha 10 de octubre de 2011, el Presidente Regional de Cajamarca Prof. Gregorio Santos Guerrero, solicita al Pleno del Consejo Regional la autorización en Comisión de Servicios del Gerente de Desarrollo Económico Ing. Julio César Ullilén Portal a la República de Costa Rica, por invitación de la Confederación de Cooperativas del Caribe – Centro y Suramérica (CCC-CA), con la fi nalidad de formalizar un convenio con el Gobierno Regional de Cajamarca, en cuanto a la capacitación y fomento a los micro – empresarios y cooperativas de proyectos de cooperación, del 14 al 17 de noviembre del presente año; Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 5° establece “Los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográfi cas, de la escala siguiente: ESCALA DE VIÁTICOS POR ZONAS GEOGRÁFICAS - (En US$) África 200 América Central 200 América del Norte 220 América del Sur 200 Asia 260 Caribe 240 Europa 260 Oceanía 240, en concordancia con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos señala que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público”; Estando, a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680; Ley de Bases Descentralizadas N° 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales N° 27867, modifi cada por las Leyes Nos 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional N° 010-2011- GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero: AUTORIZAR en Comisión de Servicios al Gerente de Desarrollo Económico Ing. Julio César Ullilén Portal; para que en representación del Gobierno Regional Cajamarca viaje a la República de Costa Rica, en mérito a la invitación realizada por la Confederación de Cooperativas del Caribe – Centro y Suramérica (CCC- CA), a fi n de formalizar el convenio entre la CCC-CA y el Gobierno Regional de Cajamarca, que se realizará en la ciudad de San José – Costa Rica del 14 al 17 de noviembre del 2011. Dicha autorización será desde 13 de noviembre al 18 de noviembre del año 2011 en la Ciudad de San José – Costa Rica, debiendo presentar a su retorno ante el Pleno del Consejo Regional, un informe detallado y documentado de las actividades y gestiones realizadas en dicho evento. Segundo: ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración, según disponibilidad presupuestal, realice los trámites correspondientes para sufragar los gastos que conforme su participación en dicho evento, conforme a la escala de asignación de viáticos contenida en la Directiva N° 9-2009-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI, “Norma el Otorgamiento y Rendición de Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio en las Entidades y”, aprobada por Resolución Ejecutiva Regional N° 348-2009- GR.CAJ/P y Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos. Tercero: ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración la publicación del presente Acuerdo en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Cuarto: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Cajamarca disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla ELZER ELERA LÓPEZ Consejero Delegado Pdte. Consejo Regional 714516-1 GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban el tarifario de la Oficina de Administración de Villas Regionales RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 000504 Callao, 11 de noviembre de 2011 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS: El Informe Nº 083-2011-GRC/GRECD-OAVR de fecha 24 de Octubre de 2011, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Administración de Villas Regionales de la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte; El Informe Nº 105-2011-GRC/ GRECD de fecha 24 de Octubre de 2011 emitido por la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte; El Memorandum Nº 2342-2011-GRC/GRPPAT de fecha 04 de noviembre de 2011 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; El Memorandum Nº 2359-2011- GRC/GRPPAT de fecha 08 de Noviembre de 2011 emitido por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; el Memorandum Nº 845-2011- GRC/GAJ de fecha 08 de Noviembre de 2011 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Informe Nº 089-2011-GRC/ GRECD-OAVR de fecha 09 de Noviembre de 2011, emitido por el Jefe de la Ofi cina de Administración de Villas Regionales de la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000172 de fecha 07 de marzo de 2011, se resuelve aprobar el TARIFARIO DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION DE VILLAS REGIONALES; según Anexo Nº 01; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000193 de fecha 24 de marzo de 2011, se modifi có el Anexo Nº 01 de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000172 de fecha 07 de marzo de 2011, respecto del numeral 12º Denominacion del Servicio –Alquiler de Espacio Publicitario; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000268 de fecha 31de mayo de 2011, se resolvió inlcuir con efi cacia anticipada, en el Anexo Nº 01 del Tarifario de la Ofi cina de Administración de Villas Regionales aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 000172 de fecha 07 de marzo de 2011 y modifi cada por Resolución Ejecutiva Regional Nº 000193 de fecha 24 de marzo de 2011; los costos de aquiler de piscinas, transmisión televisiva a nivel nacional y alquiler para encuentros de fútbol de segunda división en el Estadio Miguel Grau, asimimo modifi car con efi cacia anticipada, el Anexo Nº 01 de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 000193 de fecha 24 de marzo de 2011; Que, mediante Informe Nº 083-2011-GRC/GRECD- OAVR de fecha 24 de Octubre de 2011, el Jefe de la Ofi cina de Administración de Villas Regionales de la Gerencia Regional de Educación, Cultura y Deporte, solicita la modifi cación del Tarifario de la Ofi cina de Administración de Villas Regionales en el extremo de incluir un ítem denominado costo único social por concepto de participación en el Programa de Verano de la Villa Deportiva Regional del Callao, por la cantidad de S/. 10.00 (Diez Nuevos Soles); Que, asimismo, el referido Informe sustenta la incorporación del nuevo servicio en la necesidad de facilitar en las vacaciones escolares de verano la participación de los niños, adolescentes y jóvenes en la práctica de las disciplinas deportivas en la Villa Deportiva Regional a un precio social; Que, mediante Memorandum Nº 2342-2011- GRC/GRPPAT de fecha 04 de noviembre de 2011, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial sugiere algunas precisiones ha tenerse en cuenta en la modifi cación del Tarifario de la Ofi cina de Administración de Villas Regionales; Que, mediante Memorandum Nº 2359-2011-GRC/ GRPPAT de fecha 08 de noviembre de 2011, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial opina que la propuesta de modifi cacion del Tarifario de la Ofi cina de Administración de Villas Regionales en la cual se consigna un nuevo servicio se ajusta a lo establecido en la normatividad vigente;