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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 12 de noviembre de 2011 453286 Declaran que la Universidad Nacional de Ucayali ha cumplido con la Ley Universitaria respecto a la creación y el funcionamiento de los programas de Segunda Especialidad en Enfermería e Interdisciplinarias COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUINIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 1316-2011-ANR Lima, 7 de noviembre de 2011 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES VISTOS: Los ofi cios Nº 121-2011-UNU-R, de fecha 16 de mayo de 2011; Nº 228-2011-UNU-R, de fecha 27 de setiembre de 2011; los informes Nº 101-2011-DGDAC, de fecha 16 de junio de 2011; Nº 142-2011-DGDAC, de fecha 06 de octubre de 2011; el memorando Nº 951-2011-SE, de fecha 14 de octubre de 2011, y; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 1079-2008-ANR, de fecha 05 de diciembre de 2008, la Asamblea Nacional de Rectores aprobó la creación y funcionamiento de la Escuela de Posgrado de la Universidad Nacional de Ucayali, con sede en la ciudad de Pucallpa; Que, mediante ofi cio Nº 121-2011-UNU-R de vistos, el Rector de la Universidad Nacional de Ucayali, adjunta copias de las Resoluciones Nº 007-2010-UNU-AU-R y Nº 008-2010-UNU-AU-R, ambas de fecha 13 de noviembre de 2010, con las que se resuelve aprobar los siguientes Programas Curriculares de Especialidades en Enfermería e Interdisciplinarias de la Facultad de Ciencias de la Salud; Especialidad de Enfermería, con mención en: - Cuidado Materno Infantil - Cuidado de Enfermería en Salud del Adulto y del Adulto Mayor - Cuidado de Enfermería en Paciente Quirúrgico - Instrumentación Quirúrgica en Enfermería - Cuidado de Enfermería en Quemados - Cuidado de Enfermería en Medicina Interna - Cuidado de Enfermería en el Crecimiento y Desarrollo Infantil Especialidades Interdisciplinarias, con mención en: - Administración y Gerencia de los Servicios de Salud - Salud Mental y Psiquiátrica - Emergencias y Desastres - Soporte Nutricional - Cuidado Cardiológico y Cardiovasculares Que, mediante informe Nº 142-2011-DGDAC de vistos, la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación de la Asamblea Nacional de Rectores, comunica que los Programas Curriculares de Segunda Especialidad presentados por la Universidad Nacional de Ucayali, cumplen con lo establecido en el artículo 13º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, por lo que propone la aprobación de creación y funcionamiento mediante la respectiva resolución; Que, con memorando de vistos, el Secretario Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores, dispone elaborar una resolución, de acuerdo al informe presentado por la Dirección General de Desarrollo Académico y Capacitación, que apruebe los programas curriculares de Segunda Especialidad adscritas a la Facultad de Ciencias de la Salud en la Universidad Nacional de Ucayali; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar que la Universidad Nacional de Ucayali ha cumplido con lo previsto en el artículo 13º y el inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733, respecto a la creación y el funcionamiento de los programas de Segunda Especialidad en Enfermería e Interdisciplinarias, adscritas a la Facultad de Ciencias de la Salud de la mencionada casa superior de estudios, quedando en consecuencia aprobados para su funcionamiento: Especialidad de Enfermería, con mención en: - Cuidado Materno Infantil - Cuidado de Enfermería en Salud del Adulto y del Adulto Mayor - Cuidado de Enfermería en Paciente Quirúrgico - Instrumentación Quirúrgica en Enfermería - Cuidado de Enfermería en Quemados - Cuidado de Enfermería en Medicina Interna - Cuidado de Enfermería en el Crecimiento y Desarrollo Infantil Especialidades Interdisciplinarias, con mención en: - Administración y Gerencia de los Servicios de Salud - Salud Mental y Psiquiátrica - Emergencias y Desastres - Soporte Nutricional - Cuidado Cardiológico y Cardiovasculares Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página web de la institución. Regístrese y comuníquese. ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 714660-4 BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de funcionario para participar en el I Curso sobre Estabilidad Financiera que se llevará a cabo en España RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 064-2011-BCRP Lima, 4 de noviembre de 2011 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitación del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA), la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas y el Banco de España para participar en el I Curso sobre Estabilidad Financiera: Hacia una Visión Integral, que se realizará en la ciudad de Madrid, España, del 14 al 18 de noviembre; El Banco Central de Reserva del Perú tiene la fi nalidad de preservar la estabilidad monetaria; Es política del Banco Central de Reserva del Perú mantener actualizados a sus funcionarios en aspectos fundamentales relacionados con su fi nalidad y funciones; Para el cumplimiento de sus funciones, la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera tiene entre sus objetivos coadyuvar a la consecución de la estabilidad monetaria mediante la ejecución de los instrumentos de política monetaria y la vigilancia del funcionamiento del sistema de pagos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 27 de octubre de 2011; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del señor Marco Antonio Mendoza Sáenz, Especialista en Mercado de Capitales y Regulación Financiera de la Gerencia de Operaciones Monetarias y Estabilidad Financiera, a la