Fuente: Diario Oficial El Peruano.
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de noviembre de 2011 453743 OFICINA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA: SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD 13 Reimpresión de DJ, HR, HIA, y HL - Impuesto Predial y Arbitrios (Declaración Jurada, Hoja de Resumen, Hoja Informativa de Arbitrios 0.082 2.95 2.95 100.00% y Hoja de Liquidación) 14 Constancia de no adeudo tributario 0.397 14.29 14.29 100.00% 15 Constancia de inafecto al impuesto predial 0.523 18.83 18.83 100.00% 1/ UIT vigente en el 2011 = S/. 3,600.00 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 154-MDSMM Elaboración: Servicio de Administración Tributaria 719589-1 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban constitución y estatuto de la “Mancomunidad Municipal Lima Norte” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 231-2011-A/MDC Carabayllo, 5 de Julio del 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen N° 021-2011-CAJFCI de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización y Cooperación Internacional; el Informe Nº 444-2011-GMDH/MDC de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Humano; y, el Informe Nº 269-2011-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; en relación a los documentos que sustentan la creación de la Mancomunidad Lima Norte; y CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 194°, y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en el artículo 2 de su Título Preliminar, prescriben que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, se estableció el marco jurídico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el artículo 124° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 2° de la Ley de la Mancomunidad Municipal defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de municipalidades, para la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras, con los fi nes de promover desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; en el artículo 5°, se establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por ordenanza municipal de las municipalidades intervinientes, sustentadas en los informes técnicos que den viabilidad a su creación; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046 - 2010 - PCM, establece el procedimiento para la constitución de las mancomunidades municipales; se señala que la ordenanza municipal aprueba la constitución de la mancomunidad municipal, con la ratifi cación del contenido del Acta de Constitución, su Estatuto, y la designación del primer presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General; Que, a través del Acta Vinculante fi rmada el 16 de diciembre del 2010, los alcaldes de las nueve (9) municipalidades distritales de Lima Norte acordaron iniciar el proceso de constitución de la Mancomunidad Municipal Lima Norte. Esta Acta ha sido posteriormente respaldada por los Acuerdos de Concejo de estas nueve (9) municipalidades; Que, por otro lado con fecha 28 de enero del 2011 el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Carabayllo respaldó el Acuerdo Vinculante anteriormente señalado, respaldando la decisión de su alcalde de marchar al proceso de conformación de la Mancomunidad Lima Norte; Estando a lo expuesto, con el voto UNÁNIME del Pleno del Concejo y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27972, Orgánica de Municipalidades, la Ley de la Mancomunidad Municipal - Ley N° 29029, modifi cada por la Ley N° 29341, la Resolución Suprema Nº 046–2010– PCM y Resolución de la Secretaria de Descentralización, Nº 228–2010–PCM/SD; y con la dispensa de lectura y aprobación de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN Y EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DE LIMA NORTE Artículo Primero.- La presente Ordenanza Municipal tiene por fi nalidad aprobar la constitución de la “Mancomunidad Municipal Lima Norte”, según Acta de fecha 15 de abril de 2011, suscrita por los Señores Alcaldes de las Municipalidades de los siguientes distritos que en orden alfabético se indican: Ancón Carabayllo Comas Independencia Puente Piedra Rímac Santa Rosa La Mancomunidad Municipal Lima Norte tiene por objeto: a) Protección y conservación del ambiente, con enfoque del ecosistema de las cuencas de los ríos Rímac y Chillón, y la industrialización de residuos sólidos. b) Planifi cación del desarrollo urbano y fomento de la inversión privada, el empleo y la Competitividad productiva. c) Seguridad ciudadana y promoción de una cultura de paz que revierta la violencia familiar, contra la mujer, los niños y adolescentes.