Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 33
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de noviembre de 2011 453735 Que por Resolución Jefatural N° 353-2011/JNAC/ RENIEC (15JUL2011) se modifi ca el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 1097-2010-JNAC/RENIEC (30DIC2010), en el sentido de aprobar la campaña para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, en todo tipo de trámites, para las personas adultas mayores a partir de los setenta (70) años de edad en forma gratuita, a nivel nacional, hasta el 31 de diciembre de 2011, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados y su afectación será en la medida que se realicen los trámites correspondientes; Que las citadas Resoluciones Jefaturales N° 1097- 2010-JNAC/RENIEC (30DIC2010) y N° 353-2011/JNAC/ RENIEC (15JUL2011) fueron emitidas teniendo como fundamento entre otros, el Programa Piloto de Asistencia Solidaria con el Adulto Mayor “Gratitud” regulado en el Decreto de Urgencia N° 059-2010 (27AGO2010), el mismo que se ha dado por concluido de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 056-2011 (19OCT2011); Que mediante el Decreto Supremo N° 081-2011- PCM (19OCT2011), se ha creado el Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, a cargo de la Presidencia del Consejo de Ministros y que se adscribirá al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, conforme la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29792, cuyo objeto es otorgar subvenciones económicas a los adultos en condiciones de extrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, precisándose en la norma que los benefi ciarios deberán ser acreditados con su documento nacional de identidad (DNI); Que la Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, a través del informe del visto emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto, señala que el impacto presupuestario que representará al Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil otorgar el benefi cio de gratuidad a las personas adultas mayores entre 65 años de edad hasta cumplir los 70 años, para todo tipo de procedimientos en el Registro Único de Identifi cación de las Personas Naturales, conforme la proyección actualizada para los meses de noviembre y diciembre de 2011 será del orden de 0.25% de los Recursos Directamente Recaudados; por ello resulta factible de ser fi nanciado con cargo a los referidos recursos con que cuenta el Pliego 033: RENIEC en el Presupuesto institucional y su afectación será en la medida que se realicen los procedimientos correspondientes; Que en tal virtud corresponde modifi car la Resolución Jefatural N° 353-2011/JNAC/RENIEC (15JUL2011), a fi n de incluir como benefi ciarios a personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, por las razones anteriormente expuestas y las consideraciones legales señaladas; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS (15ENE2009); SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 1097-2010/JNAC/ RENIEC (30DIC2010), modifi cado por el artículo primero de la Resolución Jefatural N° 353-2011-JNAC/ RENIEC(15JUL2011); el cual quedará redactado en los siguientes términos: “Aprobar la campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, hasta el 31 de diciembre de 2011, con cargo a la fuente Recursos Directamente Recaudados y cuya afectación será en la medida que se realicen los mencionados trámites.” Artículo Segundo.- Los trámites mencionados en el artículo anterior se podrán efectuar en el domicilio del ciudadano en los distritos de Lima Metropolitana, Callao y en la Ofi cina Registral Piura, ésta última perteneciente a la Jefatura Regional Piura. La solicitud de dicho servicio se efectuará en forma telefónica por los interesados o sus familiares, quienes se comunicarán a la línea gratuita 0-800-11040 de la Gerencia de Imagen Institucional o al número telefónico 2237921 del Servicio de Atenciones Especiales (Lima). Artículo Tercero.- Declarar que el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil evaluará la aprobación de la continuidad de ésta política de gratuidad, en los términos de lo mencionado en el Artículo Primero de la presente resolución, para los siguientes ejercicios fi scales y de acuerdo a su disponibilidad presupuestal. Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente resolución a las Gerencias de Operaciones Registrales, Restitución de la Identidad y Apoyo Social, Informática, Administración y Planifi cación y Presupuesto. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 719694-1 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluidos nombramientos, aceptan renuncia, dan por concluida designación y nombran fiscales en los Distritos Judiciales de Cajamarca, Amazonas, Madre de Dios y del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2304-2011-MP-FN Lima, 22 de noviembre de 2011 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Celendín del Distrito Judicial de Cajamarca y debe cubrirse provisionalmente dicho cargo, previa verifi cación de los requisitos de Ley; Que, mediante Ofi cio Nº 6124-2011-MP-PJFS-DJ- CAJAMARCA, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, propone al doctor ABILIO ESCOBAR QUISPE, como Fiscal Provincial Provisional en el referido Distrito Judicial; Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor ABILIO ESCOBAR QUISPE, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tumbes, materia de la Resolución Nº 427-2009-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2009. Artículo Segundo.- NOMBRAR al doctor ABILIO ESCOBAR QUISPE, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Celendín, destacándolo al Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, a partir de la fecha, hasta el 31 de diciembre del 2011, fecha en la que retornará a su Despacho.