Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (23/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 36

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de noviembre de 2011 453738 Autorizan al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal de agencia ubicada en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 11470-2011 Lima, 11 de noviembre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú S.A. para que se le autorice, en vías de regularización, el cierre temporal de una (01) Agencia, de acuerdo con el detalle descrito en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente para el mencionado cierre temporal; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 32° y 139º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar, en vías de regularización, al Banco de Crédito del Perú S.A. el cierre temporal, entre el 02 de noviembre y el 11 de diciembre de 2011, de la Agencia Tristar, ubicada en la Av. Próceres de la Independencia N° 1487, Urb. Los Jardines, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 719443-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban Cuadro para Asignación de Personal y Cuadro Nominativo de Personal de la Dirección Regional de Salud Ayacucho - DIRESA 2011 ORDENANZA REGIONAL Nº 022-2011-GRA/CR Ayacucho, 30 de setiembre de 2011 EL CONSEJERO DELEGADO DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO: El Consejo Regional de Ayacucho en Sesión Ordinaria Descentralizada de fecha 19 de setiembre de 2011, trató el tema relacionado al Cuadro para Asignación de Personal – C.A.P. y Cuadro Nominativo de Personal C.N.P. de la Dirección Regional de Salud Ayacucho – DIRESA 2011; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 613-2011-GRA/PRES, el señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho remite al Consejo Regional los documentos de gestión de la Dirección Regional de Salud Ayacucho – DIRESA 2011: Cuadro para Asignación de Personal – CAP y Cuadro Nominativo del Personal - CNP, para conocimiento, evaluación y su aprobación por el Consejo Regional; en atención a lo solicitado por el Director Regional de Salud Ayacucho, iniciativa regional que acompaña el Informe Técnico y Legal emitido por la Dirección Regional de Salud Ayacucho - DIRESA y el Gobierno Regional de Ayacucho; con el Dictamen emitido por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Política de Gestión y Fortalecimiento Institucional se sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional; Que, el Cuadro para Asignación del Personal es un documento de gestión institucional que contiene los cargos califi cativos, defi nidos y aprobados de la entidad sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, asimismo ordena la necesidad de los cargos – puestos de trabajo que una entidad necesita para funcionar adecuadamente durante un determinado período. En el presente caso el CAP es la implementación del Reglamento de Organización y Funciones aprobados por Ordenanza Regional de cada una de las entidades benéfi cas. La fi nalidad del Cuadro para Asignación del Personal es que contenga una correcta defi nición de los cargos, acorde con la Estructura Orgánica de la entidad y con los criterios de diseño y estructura de la administración pública la Ley Nº 27658 – Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado con el objeto de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos; Que, resulta pertinente la implementación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Dirección Regional de Salud Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 016-2010-GRA/CR de fecha 26 de julio de 2010; es de precisar que para la elaboración el Proyecto del Cuadro para Asignación del Personal y Cuadro Nominativo del Personal, la Dirección Regional de Salud Ayacucho no ha tenido en consideración el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional Nº 016-2010-GRA/CR, que establece la creación de cinco REDES en la Dirección Regional de Salud, por no contar con presupuesto en cumplimiento a la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, que en su Artículo 4º señala.- De las acciones administrativas en la ejecución del gasto público - 4.2 ) Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativos que autoricen gastos no son efi caces sino cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del jefe de la Ofi cina de Presupuesto y del jefe de la Ofi cina de Administración o los que hagan sus veces, conforme lo establecido en el Artículo 7 de la Ley Nº 27411 - Ley General del Sistema de Presupuesto. En lo que respecta a recursos humanos en el Sub Capítulo 2º del Gasto de Ingresos del Personal, el Artículo 6 señala.- De los Ingresos del personal.- 6.1) Prohíbase en las entidades del nivel del gobierno nacional, Gobiernos Regionales y Locales el reajuste o incremento de remuneraciones, bonifi caciones, dietas, asignaciones, retribuciones, estímulos, incentivos y benefi cios de toda índole, cualquiera sea su forma, modalidad, periodicidad, mecanismo y fuente de fi nanciamiento; así mismo, queda prohibida la asignación de nuevas bonifi caciones, asignaciones, incentivos, estímulos, retribuciones, dietas y beneficios de toda índole, con las mismas características señaladas anteriormente (…); el numeral 6.2 establece que la prohibición incluye el incremento de remuneraciones que pudiera efectuarse dentro del rango tope fi jado para cada caso en las escalas remunerativas respectivas; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que es atribución del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 43- 2004-PCM, establece que los Cuadros para Asignación