Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2011 (23/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Funciones de Sanidad

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de noviembre de 2011

a) Promover y ejecutar las actividades de salud que la municipalidad lleva a cabo en el ambito distrital. b) Promover acciones de medidas preventivas, propiciando campanas de sanidad, primeros auxilios, control de epidemias, educacion sanitaria y profilaxis local. c) Normar y controlar en coordinacion con el Ministerio de Salud, el aseo, higiene, y salubridad de establecimientos comerciales, vivienda, escuelas entre otros. d) Promover la construccion y/o equipamiento de establecimientos de salud, boticas populares y puestos de primeros auxilios en el distrito. e) Llevar a cabo campanas de desinfeccion, desratizacion, fumigacion y vacunacion de animales domesticos. f) Controlar la salud e higiene de las personas que comercialicen alimentos, estableciendo los criterios adecuados para el otorgamiento de carnet de sanidad. g) Capacitar y supervisar respecto a la manipulacion y preparacion de alimentos a los comites del Programa Vaso de Leche, Comedores Populares, Wawawasi y otros. h) Otras que se le asignen de acuerdo al ambito de su competencia. Articulo 82º.- Funciones de la Subgerencia de Juventudes, Deporte y Recreacion Turismo Es el organo encargado de fomentar el desarrollo integral de la juventud promoviendo el deporte y recreacion. Esta a cargo de un subgerente y depende jerarquicamente de la Gerencia de Participacion Vecinal y Promocion Social, teniendo las siguientes funciones: a) Revalorar la imagen de los jovenes ante la sociedad a traves de la recuperacion de valores. b) Brindar orientacion y capacitacion sobre temas laborales, desarrollando proyecto, programas y/o campanas que acerquen las oportunidades de trabajo hacia los jovenes. c) Programar acciones que ofrezcan oportunidades a los jovenes para desarrollar sus aptitudes, actitudes y valores. d) Fomentar entre los jovenes una cultura empresarial que les permita ser gestores de su desarrollo economico. e) Propiciar la creacion de centros de capacitacion de promotores vecinales de deporte. f) Normar, coordinar y fomentar el deporte de la ninez, juventud y del vecindario en general, mediante eventos deportivos y recreacionales. g) Ejecutar proyectos y/o programas de prevencion en salud sexual y reproductiva y contra el consumo de sustancias psicoactivas. h) Promover el acceso de los jovenes a programas y servicios de salud de calidad para difundir estilos de MORDAZA saludables. i) Conformar y mantener en funcionamiento el Comite Distrital de la Juventud, que agrupara a las organizaciones juveniles del distrito y actuara como organo consultivo y de concertacion de la municipalidad. j) Normar el uso de la infraestructura deportiva municipal. k) Otras que se le asignen de acuerdo al ambito de su competencia. Tiene bajo su cargo los siguientes programas y funciones: Funciones de la Defensoria Municipal del MORDAZA y el Adolescente a) Atender, coordinar e informar sobre denuncias contra la violacion de los derechos del MORDAZA, el adolescente y la mujer conforme lo establece la ley. b) Formular y ejecutar propuestas que promuevan el fortalecimiento de los lazos familiares. c) Intervenir cuando se encuentre en conflicto los derechos del MORDAZA para hacer prevalecer su interes superior. d) Brindar orientacion multidisciplinaria y conciliacion

a las familias con casos sociales que la requieran, para prevenir situaciones criticas. e) Denunciar ante las autoridades competentes las faltas y delitos en agravio de los ninos, adolescentes y la mujer, e intervenir en su defensa. Funciones de la Oficina Municipal de Atencion a la Persona con Discapacidad a) Proponer proyectos de normas municipales, para mejorar las vias, explanadas e instalaciones urbanas de modo que contemplen vias de acceso para las personas con discapacidad. b) Planear, programar y ejecutar talleres y cursos que mejoren la oportunidad de desarrollo personal y de empleo a las personas con discapacidad c) Desarrollar y potenciar la capacitacion de los vecinos con discapacidad para promover y defender sus derechos e igualdad de oportunidades. d) Promover la participacion de representantes de las personas con discapacidad en la formulacion de planes, programas y proyectos, para canalizarlos hacia MORDAZA financieras publicas y privadas vinculadas a su problematica. e) Organizar el registro de las personas con discapacidad. f) Realizar campanas de sensibilizacion, prevencion y deteccion de la discapacidad, asi como facilitar su integracion social promoviendo actividades culturales y deportivas entre otros." Articulo 2º.- INTEGRAR en un texto unico ordenado la modificacion aprobada en el articulo precedente de modo que figure en la pagina institucional de Municipalidad Distrital de San MORDAZA www.munisanmiguel.gob.pe, Articulo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y a la Gerencia de Desarrollo Humano la elaboracion de los manuales de operaciones de los programas transferidos en el articulo precedente. Articulo 4º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano". Registrese, publiquese y cumplase MORDAZA HERESI CHICOMA MORDAZA 719299-1

Aprueban Constitucion y Estatuto de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro
ORDENANZA Nº 225-MDSM San MORDAZA EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA El Concejo Municipal, en sesion ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; mandato constitucional concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que establece que, efectivamente, los gobiernos locales gozan de la autonomia prescrita, y que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo IV del titulo preliminar de la Ley Nº 27972 senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de

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