Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (23/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 37

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 23 de noviembre de 2011 453739 de Personal – CAP, deben ser aprobados por Ordenanza Regional, en el caso de los Gobiernos Regionales; Por lo que en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modifi catoria Ley Nº 27902, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR, en forma excepcional, el Cuadro para Asignación del Personal – C.A.P. y Cuadro Nominativo de Personal C.N.P. de la Dirección Regional de Salud Ayacucho – DIRESA – 2011, Órgano Desconcentrado de Línea Sectorial del Gobierno Regional de Ayacucho, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional, conforme se detalla: 1. Sede Administrativa de la Dirección Regional de Salud Ayacucho 2. Hospital Regional de Ayacucho 3. Red de Salud Puquio 4. Red de Salud Centro Ayacucho 5. Red de Salud Cora Cora 6. Red de Salud Huanta – Red de Salud San Miguel – Red de Salud San Francisco 7. Red de Salud Huamanga Artículo Segundo.- DÉJESE sin efecto la Ordenanza Regional Nº 006-2007-GRA/CR y toda Disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- No es aplicable a la presente Ordenanza Regional, lo dispuesto por la Primera Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Regional Nº 024-2007-GRA/CR. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Salud Ayacucho la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 30 días del mes de setiembre del año dos mil once. OTTO J. CASTRO MENDOZA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 30 días del mes de setiembre del año dos mil once. WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Presidente 718996-1 GOBIERNO REGIONAL DE LIMA Publican concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en el mes de junio de 2010 y julio de 2011 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 256-2011-GRL-GRDE-DREM Huacho, 27 de octubre de 2011 VISTO: La relación de Títulos de Concesión Minera, otorgados por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima, durante el mes de Agosto a Octubre del 2011 y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27857 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas asumir las funciones en materia de minas, entre las cuales se establece la función de otorgar Concesiones para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo señala el inciso f) del artículo 59 de la ley referida; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES se aprobó el Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima, en la cual se establece que el Director Regional de Energía y Minas tiene dentro de sus funciones específi cas “otorgar petitorios y concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 046-2008- MEM/DM, de fecha 02 de febrero de 2008 se declara que el Gobierno Regional de Lima ha concluido con el proceso de transferencias de funciones sectoriales en materia de energía y minas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 139-2008- MEM/DM, de fecha 27 de marzo del 2008 se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero – INACC (hoy DREM-LIMA), publicará mensualmente en el diario ofi cial “El Peruano”; por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM, establece que dentro de los primeros quince (15) días de cada mes, se publicará en el Diario Ofi cial “El Peruano” la relación de las concesiones mineras cuyos títulos hubieren sido otorgados durante el mes inmediato anterior; De conformidad con la atribución establecida en el artículo 59º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Resolución Ministerial Nº 046-2008-MEM/DN y con la facultad conferida a la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLÍQUESE en el Diario Ofi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en el mes de Junio 2010 y Julio 2011, de acuerdo a la nomenclatura siguiente: A) NOMBRE DE LA CONCESION, B) CODIGO, C) NOMBRE DEL TITULAR, D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION DIRECTORAL, E) ZONA, F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS Y G) CORDENADAS UTM DE AREAS A RESPETAR; siendo estos los siguientes: 1.- A) ARCO DE ORO 1; B) 650021410; C) COMPAÑIA MINERA ARCO DE ORO S.A.C.; D) R.D. N° 224-2011-GRL- GRDE-DREM, 26/09/11; E) 18; F) V1:N8688 E328 V2:N8685 E328 V3:N8685 E325 V4:N8688 E325; 2.- A) CARAL II; B) 650002411; C) BERNAL VALDIVIA RUTH PATRICIA; D) R. D. N° 180-2011-GRL-GRDE-DREM 25/08/2011; E) 18; F) V1:N8801 E207 V2:N88 E207 V3:N88 E206 V4:N8801 E206; 3.- A) CARAMELO DOS; B) 650006111; C) SALAZAR GUILLEN IVAN EDUARDO; D) R.D. N° 225-2011-GRL- GRDE-DREM 26/09/2011; E) 18; F) V1:N8775 E27 V2: N8774 E27 V3:N8774 E267 V4:N8775 E267; 4.- A) CARAMELO TRES; B) 650006211; C) SALAZAR GUILLEN IVAN EDUARDO; D) R.D. N° 226-2011-GRL-GRDE-DREM 26/09/2011; E) 18; F) V1:N8776 E265 V2:N8774 E265 V3: N8774 E264 V4:N8775 E264 V5:N8775 E263 V6:N8776 E263; 5.- A) CHABELA 2011; B) 650005811; C) AGRICOLA CALTOPIA SA; D) R.D. N° 230-2011-GRL-GRDE-DREM 27/09/2011; E) 18; F) V1:N8558 E363 V2:N8557 E363 V3: N8557 E361 V4:N8558 E361; 6.- A) COPACABANA AC; B) 650002311; C) SALDAÑA ZOLORZANO YVONE KARINA;