Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (02/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de setiembre de 2011 449349 de Chicago, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Autorizar, por excepción, los viajes en comisión de servicio de los señores Gustavo Alonso Zanabria Gainza y Carlos Alberto Herrera Perret, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, del 5 al 16 de setiembre de 2011, a la ciudad de Chicago, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Señor David Enrique Dall’Orto Cacho Pasajes Aéreos : US $ 2 660,46 Viáticos : US $ 1 100,00 Señor Gustavo Alonso Zanabria Gainza Pasajes Aéreos : US $ 2 572,84 Viáticos : US $ 2 420,00 Señor Carlos Alberto Herrera Perret Pasajes Aéreos : US $ 2 951,74 Viáticos : US $ 2 420,00 Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, los referidos representantes deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 5°.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los representantes cuyos viajes se autorizan. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 684633-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban transferencia de concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables para la actividad de generación de energía eléctrica, a favor de Amazonas Generación S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 390-2011-MEM/DM Lima, 24 de agosto de 2011 VISTO: El Expediente Nº 18222810, organizado por Compañía Minera Raura S.A., sobre la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Viroc, y la solicitud de transferencia de concesión a favor de Amazonas Generación S.A., presentada el 08 de abril de 2011; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Ministerial Nº 016-96- EM/VME, publicada el 18 de enero de 1996, se otorgó a favor de Compañía Minera Raura S.A. la autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la Central Hidroeléctrica Viroc, con una potencia instalada de 8 MW, ubicada en el distrito y provincia de Oyón, departamento de Lima, en la zona comprendida dentro de las Coordenadas UTM (PSAD56) que obran en el Expediente Nº 31062196; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 542-2007- MEM/DM, publicada el 11 de diciembre de 2007, se aprobó la modifi cación de la autorización que se menciona en el primer considerando de la presente Resolución, con la fi nalidad de incrementar la potencia instalada de la Central Hidroeléctrica Viroc, de 8 MW a 12,15 MW; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 538- 2010-MEM/DM, publicada el 22 de diciembre de 2010, entre otros aspectos, se adecuó la autorización otorgada mediante la Resolución Ministerial Nº 016-96-EM/VME, a una concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables y se suscribió el Contrato de Concesión Nº 359-2010, documentos que obran a partir de esta modifi cación en el Expediente Nº 18222810; Que, mediante el documento presentado el 08 de abril de 2011, ingresado bajo el registro Nº 2082776, Amazonas Generación S.A. solicitó a la Dirección General de Electricidad se apruebe a su favor la transferencia de la concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables de la Central Hidroeléctrica Viroc; Que, mediante el Ofi cio Nº 527-2011/MEM-DGE, notifi cado el 06 de mayo de 2011, la Dirección General de Electricidad observó la solicitud de transferencia de Amazonas Generación S.A.; Que, el 18 de mayo de 2011, mediante el documento con registro Nº 2093160, Amazonas Generación S.A. subsanó una de las observaciones señaladas en el Ofi cio Nº 527- 2011-MEM-DGE, relacionada a la presentación de la Ficha Registral actualizada de la inscripción de los Poderes de los representantes legales de la Compañía Minera Raura S.A., que han suscrito el Contrato de Transferencia; Que, el 18 de mayo de 2011, mediante el documento con registro de ingreso Nº 2093167, Amazonas Generación S.A. interpuso Recurso de Reconsideración contra algunos aspectos del acto administrativo contenido en el Ofi cio Nº 527-2011/MEM-DGE; Que, mediante el documento con registro Nº 2103731, ingresado el 22 de junio de 2011, Amazonas Generación S.A. se desistió del Recurso de Reconsideración contra el acto administrativo contenido en el Ofi cio Nº 527- 2011/MEM-DGE, solicitando además, otorgarle un plazo adicional de 30 días calendario para subsanar lo observado a través del Ofi cio Nº 527-2011/MEM-DGE; Que, mediante el documento con registro Nº 2106672, ingresado el 28 de junio de 2011, Amazonas Generación S.A. subsanó una de las observaciones señaladas en el Ofi cio Nº 527-2011/MEM-DGE, relacionada a la presentación de la Resolución Directoral Nº 0096-2011- ANA-DARH de fecha 27 de junio de 2011, mediante la cual se dispone el cambio de la titularidad de la autorización de ejecución de obras de aprovechamiento hídrico otorgada mediante la Resolución de Intendencia Nº 500-2008- INRENA-IRH a favor de Amazonas Generación S.A.; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 054-2011- EM/DGE, notifi cado el 07 de julio de 2011, se resolvió tener por desistida a la empresa Amazonas Generación S.A. del Recurso de Reconsideración interpuesto contra el Ofi cio Nº 527-2011/MEM-DGE, y se otorgó a dicha empresa un plazo adicional de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de presentado el documento con registro Nº 2103731, a fi n de que la citada empresa subsane las observaciones planteadas en el Ofi cio Nº 527-2011/MEM-DGE; Que, mediante el documento con registro Nº 2113255, ingresado el 15 de julio de 2011, Amazonas Generación S.A. subsanó una de las observaciones señaladas en el Ofi cio Nº 527-2011/MEM-DGE, relacionada a la presentación de la Carta Fianza Nº D193-1069296, emitida por el Banco de Crédito por un monto de US$ 211 423,37, con vigencia hasta el 13 de julio de 2012, mediante la cual Amazonas Generación S.A. garantiza el fi el cumplimiento de la ejecución de obras y la puesta en operación comercial de la Central Hidroeléctrica Viroc; Que, como sustento de la solicitud de transferencia a que se refi ere el cuarto considerando de la presente Resolución, Amazonas Generación S.A. presentó el Contrato de Transferencia de fecha 08 de setiembre de 2010, que señala que Compañía Minera Raura S.A. transfi ere a favor de Amazonas Generación S.A. la titularidad sobre el proyecto Central Hidroeléctrica Viroc, incluyendo todos los derechos y obligaciones vinculados a la misma;