NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (02/09/2011)
CANTIDAD DE PAGINAS: 52
TEXTO PAGINA: 23
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 2 de setiembre de 2011 449361 Artículo Cuarto.- La Escuela de Conductores Integrales denominada ESCUELA DE CONDUCTORES SAN MARTIN DE PORRES E.I.R.L., deberá colocar en un lugar visible dentro de su local una copia de la presente Resolución Directoral, a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela autorizada, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipifi cación, Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, así como la ejecución de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administración; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Artículo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - Sutran, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Sétimo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de La Escuela de Conductores Integrales denominada ESCUELA DE CONDUCTORES SAN MARTIN DE PORRES E.I.R.L., los gastos que origine su publicación. Regístrese comuníquese y publíquese. GENARO HUMBERTO SOTO ARDILES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 680012-1 Aprueban norma técnico operativo para la junta de operaciones y procedimiento de ingreso, permanencia y salida de naves RESOLUCIÓN DE ACUERDO DEL DIRECTORIO Nº 018-2011-APN/DIR Callao, 25 de agosto de 2011 Visto, el Informe Ejecutivo ʋ 333-2010-APN/DOMA de la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente de la Autoridad Portuaria Nacional - APN de fecha 16 de junio de 2011, mediante el cual recomienda sobre la necesidad de la aprobación de la norma técnico operativa para la junta de operaciones y procedimientos de ingreso, permanencia y salida de naves. CONSIDERANDO: Que en el artículo 15.1 de la Ley del Sistema Portuario Nacional, se establece que el ingreso y salida de naves y el embarque y descarga de mercancías al puerto, así como su recepción, permanencia y tratamiento en el puerto y/o recinto portuario, es de competencia y responsabilidad exclusiva de la Autoridad Portuaria Nacional y de las Autoridades Portuarias Regionales; Que, el artículo 24 literal k) de la Ley del Sistema Portuario Nacional, establece que la Autoridad Portuaria Nacional tiene como atribuciones las de normar en lo técnico, operativo y administrativo, el acceso a la infraestructura portuaria así como el ingreso, permanencia y salida de las naves y de la carga en los puertos sujetos al ámbito de su competencia; los permisos para la navegación comercial de buques; y en lo pertinente la apertura y cierre de los puertos, remolcaje, recepción y despacho, seguridad del puerto y de las naves, así como cualquier otra actividad existente o por crearse; Que, el literal b) del artículo 106 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, establece que la APN tiene entre otras atribuciones regular la coordinación entre los distintos administradores portuarios y otros agentes vinculados al Sistema Portuario Nacional, lo cual incluye la supervisión de la Junta de Operaciones de los puertos Que, en el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2004-MTC, se establece que es función y atribución de la APN regular la coordinación entre los distintos administradores portuarios y otros agentes vinculados al Sistema Portuario Nacional, lo cual incluye la supervisión de la junta de operaciones de los puertos; Que, el artículo 19 del Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Autoridad Portuaria Nacional establece como funciones de la Dirección de Operaciones y Medio Ambiente, entre otras, las de normar el funcionamiento de las juntas de operaciones y elaborar las normas relativas al funcionamiento de las juntas de operaciones; Que, resulta necesario aprobar la norma técnica operativa para el funcionamiento de la junta de operaciones y el procedimiento de ingreso, permanencia y salida de naves en los puertos, con la fi nalidad de que esta norma sea de fácil acceso y uso al administrado para el cumplimiento de sus obligaciones; Que, asimismo, según el artículo 9º del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General” aprobado mediante Decreto Supremos Nº 001-2009-JUS, en caso de publicación de normas legales que tengan anexos, se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano solamente la correspondiente norma aprobatoria y el anexo se publicará en el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de publicación ofi cial bajo responsabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la norma técnico operativo para la junta de operaciones y procedimiento de ingreso, permanencia y salida de naves, la misma que se anexa a la presente resolución y los apéndices (a) y (b). Artículo 2º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANK BOYLE ALVARADO Presidente del Directorio 685057-1 VIVIENDA Designan Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 182-2011-VIVIENDA Lima, 1 de setiembre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 036-2011- VIVIENDA, se designó al señor abogado Efraín Neil Castillo Castillo, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta conveniente aceptarla y designar a la funcionaria que asumirá el mismo; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;