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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (12/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 12 de setiembre de 2011 449810 De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011- 2006-ED, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MC; y la Directiva Nº 001-2011/MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC, modifi cada por Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- DECLARAR PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN la Fiesta de la Virgen del Carmen del distrito de Huarocondo, provincia de Anta, departamento de Cusco, por constituir una tradición cultural que involucra a diversos sectores de la población local, con variadas comparsas de danzas y elementos del culto que testifi can la creciente importancia que está alcanzando en el departamento de Cusco, cumpliendo así el papel de reforzar la identidad local y regional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CLEMENTE VICENTE OTTA RIVERA Viceministro (e) de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 688389-1 Declaran como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación al templo Apóstol Santiago, ubicado en el poblado y distrito de Anchucaya, provincia de Huarochirí, departamento de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 696-2011-VMPCIC-MC Lima, 6 de setiembre de 2011 Vistos los Expedientes Nº 029291/2008 y Nº 007991/2011; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Expediente Nº 029291, de fecha 24 de noviembre de 2008 (carta de fecha 17 de noviembre de 2008), el Síndico del templo señor Basilio Inocente Contreras Pampavilca y el señor Juan Saavedra Alan, solicitan una inspección y coordinación para la restauración del templo Apóstol Santiago ubicado en el pueblo y distrito de Santiago de Anchucaya, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; Que, a través del Informe Nº 001-2009-TLCS-SDCR- DPHCR/INC de fecha 05 de enero de 2009, la Sub Dirección de Conservación y Restauración de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano informó de la inspección ocular realizada el día 17 de diciembre de 2008, al templo Apóstol Santiago y concluyó que por el alto valor arquitectónico, histórico, tecnológico y simbólico que posee el mismo que fue edifi cado en el siglo XVII, éste merece estar incluido dentro de la lista de los bienes integrantes del patrimonio cultural de la Nación; asimismo, recomendó la realización de un proyecto integral que involucre la restauración del templo, su estructura y el material mueble, proyecto que debe proponer la intervención con las técnicas constructivas y materiales compatibles con la edifi cación, tomando en consideración un estudio de suelos con el propósito de prevenir fallas estructurales y considerar el registro de bienes muebles con fi nes de restauración y conservación; Que, mediante Expediente Nº 000719, de fecha 12 de enero de 2009 (Ofi cio Nº 001-2009-SIDSA de fecha 09 de enero de 2009), se comunica al Instituto Nacional de Cultura que el señor Francisco Ramirez Contreras es el nuevo Síndico del templo y que el señor Isaac Hugo Pomajulca Chinchihualpa es la persona autorizada para los trámites de la iglesia con la institución; Que, a través del Ofi cio Nº 169-2009-DPHCR- DREPH/INC de fecha 10 de febrero de 2009, la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, remite al administrado copia del Informe Nº 001-2009-TLCS- SDCR-DPHCR/INC elaborado por personal técnico de la Dirección de acuerdo a lo solicitado y le comunica que el inmueble se encuentra dentro de la presunción legal establecida en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación Nº 28296, de conformidad con lo señalado en el Título preliminar, Artículo III, en tal sentido cualquier obra que se desee realizar en el templo deberá contar con la autorización previa del Instituto Nacional de Cultura (hoy Ministerio de Cultura), previa presentación del proyecto respectivo para su evaluación y califi cación; Que, mediante el Expediente Nº 007991, de fecha 08 de marzo de 2011 (Ofi cio Nº 10/SI-DSA-2011), el señor Guadalupe Huamanyauri Suazo solicita se disponga las acciones para la conclusión de los trámites, a fi n que el Ministerio de Cultura emita la Resolución de declaración de patrimonio cultural de la Nación del templo Apóstol Santiago, remitiendo para tales efectos documentación histórica y fotográfi ca complementaria, así como documentos diversos relativos a la condición del templo; Que, con Informe Nº 021-2011-DMVE-SDIH-DPHCR/ MC de fecha 05 de mayo de 2011, la Sub Dirección de Investigación Histórica de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano señala que de acuerdo a los datos históricos en los años 1774 y 1863, se efectuaron inventarios que ratifi can que el templo Apóstol Santiago mantuvo sus características a través de los años, conociéndose sólo las intervenciones que consisten en la construcción de la torre exenta en ladrillo y concreto y la construcción del muro de ingreso en el sector de la portada principal el cual se había demolido, volviéndose a construir sin considerar las evidencias de la portada original; Que, a través del Informe Técnico Nº 128-2011-DPHCR- DGPC/MC, de fecha 26 de mayo de 2011, personal técnico de la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del Ministerio de Cultura, evalúa el expediente de solicitud de declaración de bien integrante del patrimonio cultural de la Nación del templo Apóstol Santiago y concluye que el mismo posee valores históricos, arquitectónicos, artísticos, urbanísticos, tecnológicos, sociales y de identidad, considerando que el templo amerita su declaración como bien integrante del patrimonio cultural de la Nación; Que, el templo Apóstol Santiago, se emplaza en la Plaza principal del pueblo Santiago de Anchucaya, sobre una plataforma paralela a la plaza citada; antecedido por un atrio, está conformado por nave de planta gótico isabelina, sotacoro, coro alto, presbiterio sobre elevado, sacristía y torre exenta ubicada hacia el muro de pies. El templo cuenta con dos ingresos: el principal ubicado en el muro del Evangelio con frente a la plaza y el secundario ubicado en el muro de pies; que, la nave única se halla delimitada por gruesos muros de adobe sobre los que descansan los tijerales de madera que forman la estructura a dos vertientes del techo, la misma que recibe una cubierta de calamina metálica. El sotacoro ubicado hacia el muro de pies, presenta cielo raso artesonado; el coro alto se apoya parcialmente en tres arcos sustentados por dos columnas de madera policromada, de fuste liso y capiteles dóricos, que descansan directamente sobre el suelo, existiendo asimismo dos columnas de madera de fuste liso con capiteles azapatados de estilo barroco sobre basas de piedra, dispuesta paralelamente a las primeras a mitad del coro, el mismo que presenta una balaustrada torneada de madera. El presbiterio de encuentra en un nivel superior al del área de fi eles, desde el que se accede trasponiendo el amplio arco triunfal de estructura de madera con evidencias de pintura mural policroma con imágenes de Adán y Eva y por 5 gradas de piedra; que, al interior del templo, se conservan además del retablo mayor rearmado con partes de estilo manierista y barrocos (columnas salomónicas), otros seis retablos principalmente de estilo renacentista y más completos, un púlpito de madera con acabado en pan de oro, de cátedra cilíndrica y casoleta cónica apoyado sobre un pie o pedestal, andas de madera de tallas barrocas y neoclásicas, así como parte del sagrario original imaginería, lienzos y un órgano entre otros bienes muebles. Cabe señalar que se observan evidencias de pintura mural polícroma tras los retablos y en el sotacoro; Que, la portada del muro de pies presenta un esquema renacentista de dos cuerpos y una calle, con vano de ingreso en arco de medio punto, fl anqueado por pilastras de fuste liso y molduras sencillas que rematan en pináculos; sobre el ingreso se levanta el segundo cuerpo con ventana de forma rectangular en la parte central correspondiente al