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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (14/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de setiembre de 2011 449893 Artículo Segundo.- Disponer que en el proceso Licencia de Obra correspondiente, la propietaria del predio antes mencionado, deberá cumplir con los compromisos asumidos en la parte considerativa del Acuerdo de Concejo N° 068- 2010-MDSM del Concejo Distrital de San Miguel: 2.1 Que el proyecto integral promueva el mejoramiento económico y comercial del distrito de San Miguel, debiendo construir además del taller de conversión a Gas Natural Vehicular (GNV), áreas de engrase y cambio de aceite, minimarket, cafetería, heladería, banco, botica, cambio de moneda, ofi cina, etc., a fi n de brindar un mejor servicio a la comunidad y mejora del ornato de la zona. 2.2 Solicitar ante OSINERGMIN, la aprobación de las instalaciones que faltan, de ser su competencia. 2.3 Obtener el Certifi cado de Compatibilidad de Uso emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima. 2.4 Efectuar el retiro de la antena de radio existente en el interior del predio. Artículo Tercero.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de San Miguel, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 08 SEP. 2011. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 689173-1 Modifican el Plano de Zonificación del distrito de Santiago de Surco aprobado por Ordenanza Nº 1076-MML ORDENANZA N° 1556 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTOEL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de setiembre del 2011 el Dictamen Nº 118-2011-MML- CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO APROBADO POR ORDENANZA N° 1076-MML Artículo Primero.- Modifi car el Plano de Zonifi cación del Distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento de Lima, aprobado mediante Ordenanza Nº 1076-MML, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 08 de octubre del 2007, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV) para los lotes de la Manzana M, que se encuentran ubicados con frente al Jr. Vista Alegre, de la Urbanización Los Parrales de Surco. Artículo Segundo.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planifi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el Plano de Zonifi cación del Distrito de Santiago de Surco, la modifi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. POR TANTO Mando se registre, publique y cumpla. Lima, a los 08 SEP. 2011. SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE Alcaldesa 689173-2 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Establecen Depósito Municipal para el internamiento de vehículos menores de transporte de pasajeros y carga DECRETO DE ALCALDIA N° 011-2011-A-MDC Cieneguilla, 8 de setiembre de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: VISTO: La Ordenanza Municipal N° 135-2011-MDC de fecha 14 de Julio de 2011; el Informe N° 066-2011-CEP-GDUR- MDC de fecha 02 de Septiembre de 2011 del Área de Transporte de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural y el Informe N° 470-2011-GAJ-MDC de fecha 06 de Setiembre de 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo N° 194º de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades cuentan con autonomía económica, administrativa y política en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27472 - Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza N° 135-2011-MDC, de fecha 14 de julio de 2011, se aprobó el “Reglamento de Servicios de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores“, con el objeto de regular los aspectos administrativos y técnicos que norman la prestación del servicio público especial y carga en vehículos menores, dentro del distrito de Cieneguilla, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades, lo dispuesto por el inciso a) numeral 18.1 del artículo 18º de la Ley N° 27181 y el Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, que aprueba el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados y en todo lo previsto en la Ley N° 27444 “ Ley del Procedimiento Administrativo General. Que, es responsabilidad del gobierno municipal de la jurisdicción donde se presta el servicio público de transporte de pasajeros y cargas de vehículos menores, velar por el interés social, la seguridad e integridad física de los ciudadanos, así como controlar y fomentar el orden para la prestación del servicio de transporte público de pasajeros en vehículos menores conforme lo establece el Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados y no Motorizados aprobados mediante D.S. N° 055-2010-MTC, en concordancia con la Ordenanza N° 135-2011- MDC, y más aún ante la circulación de transportistas con vehículos menores para pasajeros y cargas, que no cuentan con permiso de operación otorgada por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, así como que incumplen con el Reglamento aprobado con la Ordenanza N° 135-2011-MDC para su efectiva aplicación y cumplimiento. Que, de conformidad al artículo 42° de la Ley No. 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven y regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en el numeral 6 del artículo 20° y artículo 42° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Establecer como Depósito Municipal para el internamiento de vehículos menores de transporte de pasajeros y carga, el inmueble de propiedad municipal ubicado en el Jr. Huiracocha s/n (Ex - Mercado Túpac Amaru), cruce con la Av. Pachacutec - Zona B -