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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2011 (23/09/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 41

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 23 de setiembre de 2011 450431 de 2011, donde se les comunica que en vista de haber presentado los documentos exigidos por El Reglamento, se procederá a realizar una inspección ocular; Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedición de la resolución de autorización respectiva, la Dirección General de Transporte Terrestre realizará la inspección con el objeto de verifi car el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Memorándum Nº 2296-2011- MTC/15, de fecha 09 de agosto de 2011, remitido por la Dirección General de Transporte Terrestre a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se adjunta el Informe Nº 22-2011-MTC/15.03.jsm de fecha 08 de agosto de 2011, sobre la inspección ocular realizada a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES LUZ AMBAR E.I.R.L., el cual concluye que con respecto a las condiciones en la infraestructura y las condiciones de acceso al equipamiento se ha observado que cumple con las condiciones mínimas que establecen los numerales 43.3 y 43.5 del artículo 43 de El Reglamento; Que, es preciso indicar que el artículo 117° de El Reglamento dispone que las Escuelas de Conductores son responsables administrativamente ante la autoridad competente por el incumplimiento de las obligaciones administrativas a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. En tal sentido, en caso de incumplimiento de dichas obligaciones administrativas, se aplicarán las sanciones administrativas correspondientes, señaladas en el Cuadro de Tipifi cación y Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones, lo cual conllevará a la ejecución de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del artículo 43° del Reglamento antes citado; Que, con el Informe Nº 474-2011-MTC/15.03.EC.pvc, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, concluye que La Empresa cumple con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES LUZ AMBAR E.I.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para conducir vehículos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formación orientada hacia la conducción responsable y segura, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoría II y III y Clase B II-c; en consecuencia, procédase a su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes términos: Denominación de la Escuela : ESCUELA DE CONDUCTORES LUZ AMBAR EMPRESA INDIVIDUAL DE R E S P O N S A B I L I D A D LIMITADA – ESCUELA DE CONDUCTORES LUZ AMBAR E.I.R.L. Clase de Escuela : Escuela de Conductores Integrales Ubicación del Establecimiento : O F I C I N A S ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA Y TALLER DE INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA - ÁREA DE Avenida Tomas Tuyrutupac N° 2020, Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento de Cusco. CIRCUITO DE MANEJO Predio Rustico Pucro S/N sector Pucropampa, Distrito, Provincia y Departamento de Cusco. Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. FLOTA VEHICULAR.- Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 1 TOYOTA SUCCEED STATION WAGON (M1) NCP510164057 1NZC621110 2007 X1Z-673 2 HYUNDAI H-1M/BUS CMTA RURAL (M2) KMJWA37HABU274018 D4BHA033533 2010 A6N-964 3 VOLKSWAGEN 9.150 OD OMNIBUS (M3) 9BWTD52R94R421622 4110934 2004 UZ-2433 4 MITSUBISHI FUSO FIGHTER CAMION (N2) FK515J540089 6D14577681 1990 X1S-938 5 VOLVO F12-6X2 CAMION (N3) YV2H2B307MB435156 TD121F328113719 1991 X1O-870 6 MOTOKAR CCG125 VEH. AUT. MEN. (L5) 8V2KRF020A0032538 WH156FMI210K74563 2010 X1-8134 HORARIO DE ATENCION: Lunes a Viernes de 08:00 a.m. a 01:00 p.m. y de 02:00 p.m. a 05:30 p.m. y los Sábados de 08:00 a.m. a 01:00 p.m PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental