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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de abril de 2012 463686 Artículo Tercero.- DISPONER el cumplimiento y aplicación de la presente norma a los órganos competentes de la Municipalidad Provincial de Huamanga, bajo responsabilidad de adoptar las medidas disciplinarias y sancionatorias correspondientes. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Ofi cina de Secretaría General publique la presente Ordenanza Municipal en el Diario Ofi cial El Peruano, en el diario judicial de la ciudad, así como en el Portal de la Municipalidad Provincial de Huamanga (www.munihuamanga.gob.pe) para su difusión. Artículo Quinto.- DISPONER que la presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Municipal a los Órganos Estructurados de la Municipalidad GERENCIA: MUNICIPAL SUB GERENCIA: DE DEFENSA CIVIL Y GESTIÓN DE RIESGOS. CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIONES SUSTENTO LEGAL PECUNIARIAS NO PECUNIARIAS % UIT D.C.H % UIT F.C.H Medida Complementaria Inmediata Medida Complementaria Mediata Desde el código 06-001 hasta 06-026 GERENCIA: TRASPORTES SUB GERENCIA: DE CONTROL TÉCNICO DEL TRANSPORTE PÚBLICO. CÓDIGO INFRACCIÓN SANCIONES SUSTENTO LEGAL PECUNIARIAS NO PECUNIARIAS % UIT D.C.H % UIT F.C.H Medida Complementaria Inmediata Medida Complementaria Mediata Desde el código 07-001 hasta 07-164 Provincial de Huamanga con las formalidades establecidas por Ley para sus fi nes consiguientes. POR TANTO: De conformidad con lo dispuesto por el numeral 5 del Artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades ordeno; Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. AMILCAR HUANCAHUARI TUEROS Alcalde 772347-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL