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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de abril de 2012 463672 Aprueban Plan Anual 2012 del Gobierno Regional Cajamarca ACUERDO REGIONAL Nº 030 -2012-GR.CAJ-CR Cajamarca, 14 de marzo de 2012. El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 13 de marzo del año 2012; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 005-2012- GR.CAJ-CR/COAJ-COP, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento mediante el que solicitan al Pleno del Consejo Regional aprobar el Plan Anual 2012 del Gobierno Regional Cajamarca; con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; y, en el artículo 192º prescribe que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo; Que, la Ley N° 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8° precisa; la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (…). Así mismo, en el artículo 9º inciso 3 establece que la ‘’Autonomía económica: es la facultad de crear, recaudar y administrar sus rentas e ingresos propios y aprobar sus presupuestos institucionales conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto. Su ejercicio supone reconocer el derecho a pedir los recursos que les asigne el Estado para el cumplimiento de sus funciones y competencias”; Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en los artículos 11º y 13º, prescribe que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas (…);en el artículo 15º, literales a) y c), respectivamente, se establecen como atribuciones del Consejo Regional aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y, aprobar el Plan Anual (…), en el marco del Plan de Desarrollo Regional Concertado y de conformidad con la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y a las leyes anuales del Presupuesto General de la República y la ley de Prudencia y Transparencia Fiscal. Así mismo, en el artículo 39º de este dispositivo legal, se señala que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. De otra parte, en el artículo 21°, literal p) numeral 2) se prescribe que es atribución del Presidente Regional presentar al Consejo Regional el Plan Anual (…) y en el artículo 11º-B literal a) se señala que “Es función de los miembros del Consejo de Coordinación Regional emitir opinión consultiva, concertando entre sí, sobre el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Anual”. Finalmente, el artículo 32° establece que “La Gestión del Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente (…)”; Que, la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el artículo 71º regula los Planes y Presupuestos Institucionales, Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo y establece en el numeral 1) las Entidades para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI) que debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN), los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM), los Planes de Desarrollo Regional Concertados (PDRC), y los Planes de Desarrollo Local Concertados (PDLC), según sea el caso”; y, en el numeral 2) señala “El Presupuesto Institucional se articula con el Plan Estratégico de la Entidad, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, a través de los Planes Operativos Institucionales, en aquellos aspectos orientados a la asignación de los fondos públicos conducentes al cumplimiento de las metas y objetivos de la Entidad, conforme a su escala de prioridades”; Que, la Ordenanza Regional Nº 020-2005-GR.CAJ- CR, aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Cajamarca, en el artículo 83º, literal a) establece que es función de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial: Difundir, orientar y dirigir la metodología establecida para la formulación del Plan de Desarrollo Regional Concertado y Plan Anual del Gobierno Regional”. En el artículo 85º se señala que son funciones de la Sub Gerencia de Planeamiento y Cooperación Técnica Internacional las siguientes, literal a) Proponer las metodologías para la formulación, ejecución y evaluación del Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Plan Anual del Gobierno Regional; y, literal b) Consolidar y elaborar los proyectos del Plan de Desarrollo Regional Concertado y del Plan Anual del Gobierno Regional”; Que, a través del Acuerdo Regional Nº 092-2011- GR.CAJ-CR, el Pleno del Consejo Regional de Cajamarca acuerda aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del año fi scal 2012 del Gobierno Regional de Cajamarca; y, según Resolución Ejecutiva Regional Nº 648-2011-GR.CAJ-P, el Presidente Regional Prof. Gregorio Santos Guerrero, resuelve Promulgar el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2012 del Pliego: 445 Gobierno Regional Cajamarca; Que, mediante Ofi cio Nº 138-2012-GR.CAJ-GRPPAT, de fecha 10 de Febrero de 2012, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite al Gerente General Regional, el Informe Nº 03- 2012-GR.CAJ/GRPPAT/SGPLCTI-LASV, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Cooperación Técnica Internacional, sobre la Formulación del Plan Anual 2012 del Gobierno Regional, con el cual se proporciona el sustento técnico para la aprobación del mencionado plan; Que, según el Informe Legal Nº 001-2012-GR.CAJ/ DRAJ-WLMJ, de fecha 17 de febrero de 2012, la Directora Regional de Asesoría Jurídica, concluye con opinión favorable para la aprobación del Plan Anual 2012 del Gobierno Regional Cajamarca; Que, mediante Ofi cio Nº 094-2012-GR.CAJ/P, de fecha 23 de febrero de 2012, el Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, Prof. Gregorio Santos Guerrero, remite a la Consejera Delegada del Gobierno Regional Cajamarca, Dra. Sara Elizabeth Palacios Sánchez, el Plan Anual 2012 del Gobierno Regional de Cajamarca, solicitándole que por intermedio de su persona ponga a consideración del Pleno del Consejo Regional para su aprobación; Estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases Descentralizadas Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, modifi cada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional de Cajamarca, aprobado por Ordenanza Regional Nº 010-2011-GR.CAJ-CR; el Pleno del Consejo Regional acordó: Primero.- APROBAR el Plan Anual 2012 del Gobierno Regional Cajamarca, el mismo que en folios doscientos veintidós (222) se adjunta y forma parte integrante del presente Acuerdo Regional. Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y su difusión en el portal electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Tercero.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo Regional Cajamarca, disponga las acciones necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. SARA ELIZABETH PALACIOS SANCHEZ Consejera Delegada Pdte. Consejo Regional 771803-1