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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de abril de 2012 463963 ANEXO 2 CONVOCATORIA AL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR RESULTADOS 2013 El Gobierno Local de Puente Piedra, conjuntamente con el Concejo de Coordinación Local, en cumplimiento de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y el Instructivo Nº 004-2010-EF/76.01, Instructivo del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2010 CONVOCA a la población debidamente organizada, a las organizaciones públicas y privadas que ejecuten acciones en el distrito, a la cooperación técnica al PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR RESULTADOS 2013; el cual se da inicio luego de las actividades de Preparación del Proceso. El proceso participativo se llevará a cabo a partir de la identifi cación de los principales problemas del distrito, los cuales servirán de base para la propuesta y priorización de proyectos de inversión orientadas a dar soluciones integrales a dichos problemas. CRONOGRAMA 1. Sesiones Informativas sectorizadas Del 16 al 28 de Abril 2. Inscripción de Agentes Participantes Del 02 al 11 de Mayo 3. Desarrollo de talleres de trabajo Del 16 al 19 de Mayo 4. Recepción de Iniciativas de Proyectos Del 05 al 06 de Junio 5. Evaluación Técnica de Iniciativas Del 23 al 24 de Junio 6. Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos 08 de Julio 775145-2 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban exoneración de proceso de selección para la contratación del servicio de BANCARED ACUERDO DE CONCEJO Nº 26-2012-ACSS Santiago de Surco, 11 de abril de 2012 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 016-2012-CGM- CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1249-2012-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 412-2012- GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Memorando Nº 61-2012-GTI-MSS de la Gerencia de Tecnologías de la Información, el Memorándum Nº 107-2012-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 460-2012-SGORT-GAT-MSS de la Subgerencia de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria, los Memorandos Nros. 502, 557 y 784-2012-GAF- MSS de la Gerencia de Administración y Finanzas, las Cartas Nros. 0075 y 0076-2012-SGTI-ASBANC de la ASBANC, el Memorando Nº 286-2012-SGAB- GAF-MSS y el Informe Nº 255-2012-SGAB-GAF-MSS de la Subgerencia de Abastecimientos, el Informe Nº 061-2012-SGPRE-GPP-MSS de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe Nº 257-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, entre otros documentos, sobre propuesta de exoneración del Proceso de Selección por causal de Proveedor Único para la contratación del servicio de BANCARED por un período de 36 meses; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Gobierno Local de Santiago de Surco, a través del Acuerdo de Concejo Nº 21-2011-ACSS de 03.03.2011, aprobó la exoneración por causal de Proveedor Único, del Proceso de Selección para la contratación del Servicio de BANCARED, por el periodo de doce (12) meses, por el valor referencial de S/. 50,552.00 Nuevos Soles; Que, mediante Memorando Nº 61-2012-GTI-MSS del 06.02.2012, la Gerencia de Tecnologías de la Información se pronuncia favorablemente con relación a la renovación del servicio de BANCARED, dado que es política de la Municipalidad brindar las mayores facilidades a los contribuyentes para el pago de sus obligaciones tributarias, confi rmando la condición de la ASBANC de Proveedor Único en el mercado nacional, del servicio de interconexión al nodo de intercambio de datos de las instituciones fi nancieras del país, toda vez que la integración a BANCARED proporcionada por ASBANC ofrece el enlace que conecta directamente a todos los bancos asociados con cualquier otra organización interesada en esta integración; Que, con Memorándum Nº 107-2012-GAT-MSS del 20.02.2012, la Gerencia de Administración Tributaria remite el Informe Nº 460-2012-SGORT-GAT-MSS del 17.02.2012 de la Subgerencia de Orientación, Registro y Recaudación Tributaria, el cual señala, la necesidad de seguir contando con el servicio de BANCARED, el cual permite a la Municipalidad comunicarse con las entidades afi liadas a la ASBANC, logrando con ello calidad y sobre todo seguridad en la entrega de la información; Que, mediante los Memorandos Nros. 502 y 557- 2012-GAF-MSS de fechas 28.02.2012 y 06.03.2012 respectivamente, la Gerencia de Administración y Finanzas considera pertinente se contrate el servicio de BANCARED por un plazo de 36 meses, toda vez que desde el año 2008, se viene contando en forma continua con dicho servicio, en virtud a contratos exonerados de procesos de selección, dada la condición de proveedor único de ASBANC, siendo además que dicho plazo contractual se encuentra previsto en el numeral 1 del Artículo 150º del Reglamento de la Ley de contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2008- EF; Que, con Carta Nº 0075-2012-SGTI-ASBANC del 20.03.2012, la Asociación de Bancos del Perú – ASBANC, señala que BANCARED, es una red privada de comunicaciones que tiene como fi nalidad la interconexión de entidades fi nancieras con entidades proveedoras de servicios para el intercambio de información, consultas y transacciones, la cual es administrada y contratada por ASBANC a través de un Contrato de Outsourcing con TELMEX (Claro), agregando que el servicio de BANCARED se considera como un servicio único y sin competencia en el mercado nacional. Asimismo, mediante Carta Nº 0076-2012- SGTI-ASBANC del 20.03.2012, la ASBANC remite su oferta comercial del servicio BANCARED, señalando que el mismo comprende la implantación, administración, confi guración, operación, mantenimiento, soporte, renovación tecnológica, disponibilidad y seguridad del nodo remoto BANCARED en el cliente; Que, mediante Memorando Nº 286-2012-SGAB-GAF- MSS del 26.03.2012, la Subgerencia de Abastecimientos señala a efectos de la contratación del servicio de BANCARED, que acorde al estudio de mercado, determinan que el valor referencial del precitado servicio, por un plazo de 36 meses, asciende a S/. 140,184.00 (Ciento Cuarenta Mil Ciento Ochenta y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), considerando un pago mensual de S/. 3,894.00 (Tres Mil Ochocientos Noventa y Cuatro y 00/100 Nuevos Soles), incluido IGV; Que, con Informe Nº 061-2012-SGPRE-GPP-MSS del 02.04.2012, la Subgerencia de Presupuesto, señala que la contratación del Servicio de BANCARED por el periodo de 36 meses, se encuentra previsto en la específi ca de