Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2012 (12/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2012

f) Facilitar el tratamiento apropiado, para la resolucion de conflictos ambientales. II. Funciones Especificas Estas funciones deben ser precisadas en cada caso especifico: a) Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participacion, coordinados con los distritos integrantes de la CAM de MORDAZA Metropolitana a favor de la gestion ambiental, de conformidad con el Plan de Accion Ambiental y la Agenda Ambiental Local. b) Elaborar y proponer lineamientos de politica, objetivos y metas de gestion ambiental asi como proyectos de ordenanzas y otras normas municipales para aportar al desarrollo sostenible del distrito de MORDAZA MORDAZA, acordes con las politicas nacionales. c) Velar por el cumplimiento de las; politicas, normas y demas obligaciones ambientales en el ambito de la jurisdiccion distrital, principalmente las referidas al acceso a la Informacion y; la participacion ciudadana en la gestion ambiental. d) Proponer criterios y lineamientos de politica que permita una asignacion en el Presupuesto Municipal para las iniciativas de inversion en materia ambiental, de acuerdo al Plan de Accion Ambiental Distrital, aprobadas. Articulo Tercero.- La Comision Ambiental MunicipalCAM, estara conformada por los siguientes miembros: a) Un (1) Representante de la Municipalidad distrital de MORDAZA MORDAZA, quien la presidira. b) Un (1) Representante de las ONG c) Un (2) Representante de las Juntas Vecinales d) Un (1) Representante del sector empresarial e) Un (1) Representante de la UGEL ­ MORDAZA MORDAZA f) Un (1) Representante de la Salud g) Un (1) Representante de la Iglesia h) Un (1) Representante de la comisaria Articulo Cuarto.- La Comision Ambiental MunicipalCAM, representa a las personas, instituciones publicas y privadas con responsabilidad competencia e interes en la problematica del distrito de MORDAZA Piedra. Articulo Quinto.- Las instituciones conformantes del CAM, deberan designar un representante titular y un alterno, mediante comunicacion escrita, la misma que debera ser suscrita por el directivo de mas alto nivel. Articulo Sexto.- La aprobacion de los instrumentos de gestion ambiental distrital debe contar con la opinion favorable de la Comision Ambiental Municipal, sin perjuicio de la intervencion de las instituciones publicas y privadas, y organos de base representativos de la sociedad civil. Los instrumentos de gestion ambiental Distrital deben guardar estricta concordancia con los aprobados para el ambito nacional, regional y provincial, de conformidad con el Art. 26 de la Ley MORDAZA del Sistema Nacional de Gestion Ambiental- Ley 28245 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM. Articulo Setimo.- Facultar a la CAM la elaboracion de su Reglamento Interno, en un plazo de 60 dias, computados a partir de la publicacion de la ordenanza, y su plan de actividades, en un plazo de 30 dias, de instalarse la CAM. Articulo Octavo.- Desarrollar las acciones necesarias para la incorporacion de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA al Programa "Municipios Eco eficientes" que el Ministerio del Ambiente, en cumplimiento de sus objetivos ha creado y cuya implementacion y ejercicio son coherentes, con las competencias y funciones municipales precisadas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, encargandose a la Gerencia de Desarrollo Economico, Social y Turismo y Gerencia del Ambiente el cumplimiento de lo dispuesto. Articulo Noveno.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la, Gerencia del Ambiente, su adecuada difusion a la Gerencia de Participacion Vecinal y Comunicaciones; su publicacion en el Diario Oficial El Peruano a la Gerencia de Secretaria General. DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- Los representantes de los Organismos No Gubernamentales, Juntas Vecinales, sector empresarial

e Iglesia, seran elegidos por acuerdo, mediante el siguiente procedimiento: La Municipalidad distrital de MORDAZA MORDAZA convocara dentro de los diez (10) dias siguientes a la publicacion de la presente ordenanza, a las organizaciones MORDAZA precisadas para que elijan a su representante ante la Comision Ambiental Municipal CAM, los mismos que en forma expresa designaran a sus Representantes Titular y Alterno. Segunda.- Posteriormente, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, mediante Resolucion de Alcaldia, formalizara la constitucion de la Comision Ambiental Municipal-CAM en forma nominativa y personalizada. DISPOSICION FINAL Unica.- Disponer que durante la ejecucion del Plan y/o Agenda Ambiental Local se proporcionen de los recursos necesarios para su atencion de acuerdo a la capacidad presupuestal y financiera de la entidad edilicia, siendo el caso que de considerarse necesario se podran determinar via modificacion presupuestal la asignacion de los recursos necesarios para tales fines. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 775145-1

Aprueban Reglamento del Presupuesto Participativo por Resultados 2013
ORDENANZA Nº 0193-MDPP MORDAZA MORDAZA, 30 de marzo de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA PIEDRA; VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo por Resultados 2013 de la Municipalidad del Distrital de MORDAZA MORDAZA, los Informes Nros. 035-2012MDPP/GPAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas y 068-2012-MDPP/GAJ de la Gerencia de Asuntos Juridicos; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 197 y 199 de la Constitucion Politica del Peru, modificada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la reforma constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV; sobre descentralizacion, establece que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuentas anual bajo responsabilidad conforme a ley; Que, la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion en su Titulo III Capitulo IV Articulo 17º establece que los gobiernos regionales y locales estan obligadas a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo, presupuestos y en la gestion publica; Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades en su Titulo Preliminar, Articulo I establece que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del estado y MORDAZA inmediato de participacion vecinal en los asuntos publicos que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades, siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion; Que, el articulo 53º de la misma ley manifiesta que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan de acuerdo a ley de la materia, y en coordinacion con los planes de desarrollo concertado de la jurisdiccion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprobo el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 ­ Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo

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