Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2012 (12/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2012

Que mediante Resolucion Jefatural N° 093-2007JEF/RENIEC(19FEB2007) la Jefatura Nacional del RENIEC delego en la persona del titular de la Sub Jefatura Nacional, la facultad para celebrar y suscribir en representacion del RENIEC todo MORDAZA de acuerdos y convenios de cooperacion con organismos publicos y privados, nacionales o extranjeros, para el suministro de informacion a traves de certificaciones, cotejo masivo de datos, consultas en linea via Internet, linea dedicada, con excepcion de aquellos cuya suscripcion se reserva la Jefatura Nacional; Que por Resolucion Jefatural N° 259-2011JNAC/RENIEC (18MAY2011) y sus modificatorias las Resoluciones Jefaturales N° 272-2011-JNAC/RENIEC (26MAY2011) y N° 454-2011-JNAC/RENIEC (14SET2011) se designo como funcionario responsable de proporcionar la informacion de acceso publico a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica al Sub Jefe Nacional, como representante del RENIEC en el departamento de Lima; Que en atencion a los considerandos precedentes, resulta necesario delegar la facultad para celebrar y suscribir acuerdos y convenios en representacion del RENIEC, con la excepcion del caso; asi como la representatividad de la institucion para atender peticiones de acceso a la informacion publica que pudieran presentar en el departamento de Lima; al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor I de la Jefatura Nacional, encargado de la Sub Jefatura Nacional, en tanto dure la ausencia del titular de dicho despacho; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; el inciso h) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 855-2010-JNAC/ RENIEC (29SET2010); el numeral 17.1 del articulo 17° de la Ley N° 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 0012009-JUS. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Delegar, con eficacia anticipada, en tanto dure la ausencia del titular, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor I de la Jefatura Nacional, encargado de la Sub Jefatura Nacional, la facultad de celebrar y suscribir en representacion del RENIEC todo MORDAZA de acuerdos y convenios de cooperacion con organismos publicos y privados, nacionales o extranjeros, para el suministro de informacion a traves de certificaciones, cotejo masivo de datos, consultas en linea via Internet, linea dedicada, servicios de verificacion biometrica y sistema integrado de tramite documentario, con excepcion de aquellos cuya suscripcion se reserva la Jefatura Nacional; asi como la representatividad de la institucion para atender peticiones de acceso a la informacion publica que se pudieran presentar en el departamento de Lima. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA YRIVARREN MORDAZA Jefe Nacional 775283-1

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 13 de marzo de 2012, el Documento Simple Nº 1110822011, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San MORDAZA remite la propuesta de Nomenclatura del MORDAZA s/n ubicado con frente a las cuadras 2, 3 y 4 de la Av. Costanera, con Acuerdo de Concejo Distrital N° 0462011-MDSM de fecha 06 de MORDAZA de 2011, asignandole el nombre de MORDAZA MORDAZA de Belen; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Titulo XIII de la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, la capital de la Republica tiene regimen especial, que le otorga a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, competencias y funciones especificas irrestrictas de caracter local, metropolitano y regional; dentro de este contexto, el articulo 79º inciso 1.4.5 de la citada Ley, establece que son funciones especificas exclusivas de las Municipalidades en materia de organizacion y espacio fisico y uso del suelo, aprobar la regulacion Provincial respecto al otorgamiento de nomenclatura de calles, parques y vias; Que, asimismo, el articulo 81º inciso 2.2 de la misma Ley, establece como funcion especifica compartida de las municipalidades provinciales, organizar la senalizacion y la nomenclatura de vias en coordinacion con las municipalidades distritales y en su inciso 3.1 establece como funcion especifica compartida de las municipalidades distritales, la de establecer la nomenclatura y senalizacion de calles y vias de acuerdo con la regulacion provincial y en coordinacion con la municipalidad provincial; Que, el Reglamento de Nomenclatura Vial y Areas de Recreacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-MTC del 06 de MORDAZA de 1995, establece que es competencia de los Gobiernos Locales la nomenclatura de las vias publicas y de las areas de recreacion publica de las areas urbanas. Asimismo, el articulo 12º de dicho dispositivo legal senala que los nombres de las vias publicas se agrupan por su naturaleza, teniendo a identificar un sector MORDAZA mediante el desarrollo de un tema que identifique la nomenclatura de la MORDAZA, dichos nombres pueden ser de personajes ilustres, proceres, heroes, maestros, artistas, fechas significativas, referencias geograficas importantes, MORDAZA, MORDAZA, etc.; Que, la Ordenanza N° 1274-MML, Ordenanza que promueve la Racionalizacion en la Nomenclatura y Numeracion de Vias en la provincia de MORDAZA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 23 de MORDAZA de 2009, precisa en su articulo MORDAZA, que las vias locales, en consonancia con el Sistema Vial Metropolitano, se oficializa exclusivamente a traves de Ordenanza aprobada por el Concejo de la Municipalidad distrital que corresponda, previo dictamen favorable de la Sub Comision de Nomenclatura de la Municipalidad Metropolitana de Lima; su aplicacion a nivel local es concordante con la Ley Organica de Municipalidades, el cual establece en el articulo 79° numeral 3.4, "que es funcion exclusiva de las Municipalidades distritales, disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeracion predial"; sin embargo debido a la inexistencia de la Subcomision de Nomenclatura senalada, esta Comision se avoca al pronunciamiento correspondiente a efecto de que se continue el tramite administrativo senalado en la citada Ordenanza; Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA a traves del Oficio N° 305-2011-SG/MDSM, remite el expediente de la referencia conteniendo MORDAZA certificada del Acuerdo de Concejo N° 046-2011-MDSM, que aprueba la nomenclatura del MORDAZA s/n ubicado frente a las cuadras 2, 3 y 4 de la avenida Costanera, distrito de San MORDAZA, asignandole el nombre de MORDAZA MORDAZA de Belen; con el Informe N° 825-2011-GAJ/MDSM de la Oficina de Asuntos Juridicos e Informe N° 211-2011-SGOS-GPVPS/ MDSM de la Subgerencia de Organizaciones Sociales del Distrito; que cumple con recoger la voluntad de los vecinos implicados de la cuadra 2, 3 y 4 de la Av. Costanera, mediante la consulta vecinal respectiva; Que, mediante Informe N° 027-2012-MML-GDUSAU-DNN de fecha 01 de febrero de 2012, la Division de Nomenclatura y Numeracion - Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, del analisis efectuado senala que la presente propuesta cumple

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Opinan favorablemente para que se asigne a MORDAZA la nomenclatura vial de "Parque MORDAZA de Belen" del distrito de San MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 590 MORDAZA, 13 de marzo de 2012

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