Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2012 (12/04/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
ORDENANZA

463969

y Distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado y la Comunidad protegen a la familia, promueve el Matrimonio, reconociendoles como Institutos Naturales y Fundamentales de la sociedad; Que, el Codigo Civil en su articulo 233º establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 234º del Codigo Civil senala que el matrimonio es la union voluntaria concertada por un varon y una mujer legalmente aptos para MORDAZA y formalizada con sujecion a las disposiciones de la MORDAZA sustantiva a fin de hacer MORDAZA comun; Que, el articulo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el articulo 9º numeral 9) de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades establece como una de sus atribuciones del concejo municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley en concordancia con el articulo 40º de la acotada MORDAZA legal; Que, existen en el Distrito de La MORDAZA, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su estado civil, contrayendo matrimonio civil; Que, es deber de esta comuna proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica; Que, la Sub Gerencia de Registro Civil a traves del Informe Nº 010-2012-SGRC-MDLP, ha recomendado celebrar el I Matrimonio Civil Comunitario 2012; para el dia 12 de MORDAZA del presente ano vispera del dia de la MORDAZA y el II Matrimonio Civil Comunitario 2012; para el dia 20 de Octubre del presente ano, por el 48º Aniversario de Creacion Politica del Distrito de la Perla; Que, mediante Memorandum Nº 129-2012-GSGMDLP la Gerencia de Secretaria General solicita opinion legal a la Gerencia de Asesoria Juridica del Proyecto de Ordenanza del I y II Matrimonio Civil Comunitario 2012; Que, mediante Memorandum Nº 325-2012-GAJ/MDLP la Gerencia de Asesoria Juridica opina que es procedente la realizacion del I Matrimonio Civil Comunitario ­ 2012 para el dia 12 de MORDAZA del presente ano y el II Matrimonio Civil Comunitario 2012; para el dia 20 de Octubre del presente ano, exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial, asi como la exoneracion del acto de celebracion y examenes prenupciales en consecuencia se eleve al Pleno del Concejo Municipal para su respectiva aprobacion mediante la Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 069-2012-GSG-MDLP la Gerencia de Secretaria General, remite la documentacion al Despacho de Alcaldia para ser elevado al Pleno del Concejo; Que, mediante Oficio Nº 024-2012-ALC-MDLP el Despacho de Alcaldia remite la documentacion MORDAZA senalada al Presidente de la Comision Ordinaria de Servicios Sociales, para la elaboracion del dictamen correspondiente; Que, mediante Oficio Nº 001-2012-COM.S.S./SR/ MDLP la Comision Ordinaria de Servicios Sociales, remite al Despacho de Alcaldia el dictamen correspondiente; Que, mediante Dictamen la Comision Ordinaria de Servicios Sociales emite opinion por la procedencia de aprobar el Proyecto de Ordenanza; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal el Dictamen de la Comision Ordinaria de Servicios Sociales el mismo que ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo dispuesto en uso de sus facultades conferidas en el articulo 9º incisos 8 y 9 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en concordancia con el articulo 40º de la citada MORDAZA, y con el MORDAZA UNANIME de los (as) Senores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta se ha dado la siguiente;

Articulo Primero.- Autorizar la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2012 para el dia 12 de MORDAZA del presente ano, exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial, asi como la exoneracion del acto de celebracion y examenes pre nupcial. Articulo Segundo.- Autorizar la celebracion del II Matrimonio Civil Comunitario 2012 para el dia 20 de Octubre del presente ano, exonerando a los contrayentes de los derechos de pago de apertura de expediente matrimonial, asi como la exoneracion del acto de celebracion y examenes pre nupcial. Articulo Tercero.- Los contrayentes deben presentar los siguientes documentos: a) Partida de Nacimiento, actualizada con no mas de 30 dias de antiguedad (Art. 248 Codigo Civil). b) MORDAZA Fedatizada del DNI. c) Declaracion Jurada de Domicilio d) Certificado Pre Nupcial ( serologico, pulmones y consejeria VIH) e) En caso de tratarse de viudos (as), divorciados(as), menores de edad, militares o extranjeros, deberan adjuntar los documentos adicionales, segun sea el caso establecido en el MORDAZA vigente. f) Foto tamano carne o pasaporte (actualizada). g) Declaracion Jurada de Solteria legalizado ante Notario Publico. h) MORDAZA simple del DNI de dos Testigos. Articulo Cuarto.- Dispensar el plazo de la publicacion de Edictos Matrimoniales a los contrayentes, que participen del I y II Matrimonio Civil Comunitario 2012 en concordancia a lo dispuesto en el articulo 252º del Codigo Civil. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General a traves de la Sub Gerencia de Registro Civil, el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 774862-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY
Aprueban creacion del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM
(Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Chancay, mediante Oficio Nº 100-2012-MDCH/A, recibido el 10 de MORDAZA de 2012) ORDENANZA Nº 015-2009-MDCH Chancay, 23 de diciembre del 2009 EL HONORABLE CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY POR CUANTO: VISTO: En Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 27 de octubre del 2009, el Dictamen Nº 010-2009-CDGIMDCH presentado por la Comision en Gestion Municipal, mediante el cual ponen a consideracion el Proyecto de Ordenanza que genera la Creacion del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM - en el Distrito de Chancay; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado establece que las Municipalidades Distritales y Provinciales son los organos del gobierno local que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.