Norma Legal Oficial del día 16 de abril del año 2012 (16/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2012

Disponen independizacion a favor del Estado de area ubicada en el distrito de MORDAZA Union, provincia de Caraveli, departamento de MORDAZA
RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 058-2012-GRA/PR-GGR VISTO: Los Informes Nros. 232 y 233-2012-GRA/OOT y el Informe Tecnico Legal Nº 008-2012-GRA/OOT sobre el tramite de Independizacion de un terreno eriazo de 110 has 4, 471.67 m2, del predio matriz inscrito en la Partida Nº 00954606, ubicado en el area extraurbana del Distrito de MORDAZA Union, Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, senala en el inc.b), que es funcion de los Gobiernos Regionales: "b) Realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal." Que, en virtud de lo establecido en la Resolucion Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales, de fecha 26 de MORDAZA de 2006, se ha concretado la transferencia de funciones al Gobierno Regional de MORDAZA las que se encuentran establecidas en los incisos a), b) y c) del articulo 62 de la Ley 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales; Que, el presente procedimiento se encuentra normado por lo establecido en la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008VIVIENDA; Que, el numeral 3 de la Octava Disposicion Complementaria y Final del Reglamento MORDAZA mencionado respecto al saneamiento de los bienes estatales establece que: "3.- El saneamiento de bienes estatales a cargo de las entidades se regula por las Leyes Nros. 26512 y 27493, por el Decreto de Urgencia Nº 071-2001, por los Decretos Supremos Nros. 130 y 136-2001-EF, y demas normas complementarias y conexas." Que, el Decreto Supremo Nº 130-2001-EF establece que las entidades publicas deberan por su propia cuenta, efectuar el saneamiento tecnico legal y contable de los inmuebles de propiedad estatal. El Articulo 7 del dispositivo legal MORDAZA mencionado senala las inscripciones a ser realizadas, considerandose en el inciso g) el de "Independizaciones, acumulaciones, desmembraciones y fraccionamientos"; Que, segun se encuentra establecido por el Articulo 47 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios aprobado mediante Resolucion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 248-2008-SUNARP/ SN el cual senala que: "Tratandose de bienes del Estado o de la entidad con facultades de saneamiento y salvo disposicion distinta, la Independizacion podra realizarse en merito a documento otorgado por el funcionario autorizado acompanando el plano de independizacion suscrito por el profesional competente en el que se precise el area, linderos y medidas perimetricas de cada uno de los predios resultantes y del area remanente en su caso ..."; Que, en consecuencia es procedente que el Gobierno Regional de MORDAZA emita la Resolucion correspondiente a fin de que se inscriba la Independizacion de un area de 110 has 4, 471.67 m2 del predio matriz inscrito en la Partida Nº 00954606 ubicado en el area extraurbana del Distrito de MORDAZA Union, Provincia de Caraveli, Departamento de Arequipa;

Que, de conformidad con el Informe Nº 408-2012-GRA/ ORAJ, Informes Nros. 232 y 233-2012-GRA/OOT, Informe Tecnico Legal Nº 008-2012-GRA/OOT y con lo prescrito en la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27867, Ley N° 27444, Ordenanza Regional N° 010-AREQUIPA y con las facultades conferidas mediante Resolucion Ejecutiva Regional N° 772-2011-GRA/PR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DISPONER la Independizacion a favor del Estado del area de 110 has 4, 471.67 m2 ubicado en el area extraurbana del Distrito de MORDAZA Union, Provincia de Caraveli, Departamento de MORDAZA, la cual forma parte del area de mayor extension inscrita en la Partida Nº 00954606 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, segun documentacion tecnica sustentatoria de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la presente Resolucion sea publicada por unica vez en el Diario Oficial El Peruano, otro de circulacion Regional y en la pagina web institucional. Articulo 3º.- La Superintendencia Nacional de Registros Publicos MORDAZA Registral Nº XII Sede MORDAZA, por el merito de la presente Resolucion efectuara la Independizacion del terreno descrito en el Articulo primero, en el Registro de Propiedad Inmueble de Arequipa. Dada en la Sede del Gobierno Regional de MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de marzo del dos mil doce. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General Regional 776024-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Crean el Consejo Regional de Cultura del Gobierno Regional del MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 012-2011-CR/GRC.CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha diecinueve y continuada en fecha veinte de septiembre del ano dos mil once, ha debatido el Proyecto de Ordenanza Regional que Crea el Consejo Regional de Cultura del Gobierno Regional del Cusco; por tanto: CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680, "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, establece: "Los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia (...) La estructura organica basica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional como organo normativo y fiscalizador (...)". Que, el articulo 48º de la Constitucion Politica del Estado, establece que son idiomas oficiales el castellano, y, en las zonas donde predominen, tambien lo son el quechua, el MORDAZA y las demas lenguas aborigenes, segun la Ley. Que, la Trigesima Tercera Conferencia de la Organizacion de las Naciones Unidas para la Educacion, Ciencia y Cultura de la UNESCO, aprobo la Convencion sobre la Proteccion y la Promocion de la Diversidad de las Expresiones Culturales, que establece que la diversidad cultural es una caracteristica esencial de la humanidad. Establece ademas que la cultura adquiere formas diversas a traves del tiempo y el espacio y que esta diversidad se manifiesta en la originalidad y la pluralidad de las identidades y en las expresiones culturales de los pueblos y sociedades que forman la humanidad.

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