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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2012 (28/04/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 28 de abril de 2012 465155 Que, la Directiva antes citada establece que la Alerta Verde es la situación de expectativa ante la posible ocurrencia de un evento adverso o destructivo, lo cual determina que las dependencias de salud efectúen las acciones preparativas; Que, mediante Informe Técnico N° 07-2012-COE- OEMDC-OGDN/MINSA, la Ofi cina General de Defensa Nacional señala que la celebración por el Día del Trabajo, aunado a que el día 30 de abril del presente año ha sido declarado feriado no laborable, conforme a lo previsto en el Decreto Supremo N° 099-2011-PCM, trae consigo la alta probabilidad de ocurrencia de eventos adversos como consecuencia del desplazamiento de personas, principalmente de la costa a diversas ciudades de la sierra del país, en un escenario de lluvias intensas, del desplazamiento a gran escala de ciudadanos a diferentes destinos turísticos del país, la congregación masiva de personas en lugares comerciales en cada localidad, el incremento en la ingesta de alimentos expendidos en forma comercial, la aglomeración de productos altamente infl amables, así como la alteración del orden y tranquilidad pública a través de actos violentos. Que, en ese sentido, es necesario adecuar la capacidad de respuesta del Sector Salud, a fi n de poder atender de forma oportuna y adecuada a las personas que pudieran resultar afectadas por dichas situaciones; Estando a lo propuesto por el Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la “Alerta Verde” en los Establecimientos de Salud a nivel nacional, a partir de las 08:00 horas del día sábado 28 de abril hasta las 08:00 horas del día miércoles 02 de mayo de 2012. Artículo 2º.- Disponer que las Direcciones Regionales de Salud, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 036-2004-OGDN/MINSA-V.01, “Declaratoria de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres”, aprobada con Resolución Ministerial N° 517-2004/MINSA, puedan incrementar la alerta al nivel que corresponda, siempre que el área comprometida corresponda a su jurisdicción. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Defensa Nacional, a través de las Direcciones de Salud y Direcciones Regionales de Salud o las que hagan sus veces, se encarguen de difundir, supervisar y evaluar la aplicación de la presente Resolución. Artículo 4°.- Las acciones que se deriven de la aplicación de la presente Resolución se sujetarán a las normas legales vigentes. Artículo 5°.- Encargar a la Ofi cina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal de internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 783098-3 Designan Director Ejecutivo de la Dirección de Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 336-2012/MINSA Lima, 27 de abril del 2012 Vista, la renuncia presentada por la Médico Cirujano Raquel Cecilia Cancino Bazán al cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, Nivel F-4; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 811-2011/ MINSA de fecha 2 de noviembre del 2011, se designó a la Médico Cirujano Raquel Cecilia Cancino Bazán, en el cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, Nivel F-4; Que, por convenir al servicio resulta necesario aceptar la renuncia presentada por la funcionaria antes citada al cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud y designar al profesional que la reemplazará; Con la visación del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8° de la ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar a partir del 1 de mayo del 2012, la renuncia presentada por la Médico Cirujano Raquel Cecilia Cancino Bazán, al cargo de Directora Ejecutiva de la Dirección de Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, Nivel F- 4, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a partir del 1 de mayo del 2012, al Médico Cirujano Luis Humberto Legua García, en el cargo de Director Ejecutivo de la Dirección de Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, Nivel F-4; Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 783098-4 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Autorizan viaje de funcionarios a EE.UU. para participar en la XII Ronda de Negociaciones para el Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2012-TR Lima, 27 de abril de 2012 VISTOS: El facsímil Circular Nº 020-2012-MINCETUR/ VMCE del 13 de marzo de 2012, del Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y el Ofi cio Nº 196-2012-MTPE/4/10 de la Jefa de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante facsímil de vistos, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior