Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2012 (28/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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la Unica Disposicion Complementaria Transitoria de la presente resolucion. El PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N.° 0601 ­ Version 1.92 estara a disposicion de los interesados en SUNAT Virtual a partir del 25 de MORDAZA de 2012 y podra ser utilizado a partir del 1 de junio de 2012. La SUNAT a traves de sus dependencias, facilitara la obtencion del citado PDT. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- VIGENCIA La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- UTILIZACION DEL PDT PLANILLA ELECTRONICA - FORMULARIO VIRTUAL N.° 0601VERSION 1.91 El PDT Planilla Electronica, Formulario Virtual N.° 0601, Version 1.91 aprobado por el articulo 2° de la Resolucion de Superintendencia N.° 016-2012/SUNAT podra ser utilizado hasta el 30 de junio de 2012. DISPOSICION COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA Unica.- MODIFICACION DEL ANEXO N.° 1: INFORMACION DE LA PLANILLA ELECTRONICA, APROBADO POR RESOLUCION MINISTERIAL N.° 121-2011-TR Sustituyase el inciso 1.5 del numeral 1. "Datos del Empleador" del rubro I. "Del T-REGISTRO (Registro de Informacion Laboral)" del Anexo N.° 1: Informacion de la Planilla Electronica, aprobado por la Resolucion Ministerial N.° 121-2011-TR, de acuerdo al siguiente texto: "I. Del T- REGISTRO (Registro de Informacion Laboral) 1. Datos del Empleador (...) 1.5. Desarrolla actividades por la que aporta al SENATI. (...)" Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional (e) 783070-1

Libre Comercio entre la Republica del Peru y la Republica de Panama; Que mediante Decreto Supremo Nº 008-2012MINCETUR, publicado el 6 de MORDAZA de 2012, se pone en ejecucion el Tratado de Libre Comercio entre la Republica del Peru y la Republica de Panama; Que resulta conveniente instruir a las intendencias de aduana de la Republica y a los operadores de comercio exterior sobre la aplicacion de las preferencias arancelarias en virtud de lo dispuesto en el Tratado de Libre Comercio entre la Republica del Peru y la Republica de Panama; Que conforme al articulo 14º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, el 15 de junio del 2011 se publico en el MORDAZA web de la SUNAT, el proyecto de la presente norma; En merito a lo dispuesto en el inciso g) del articulo 23° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002PCM y modificatoria, y en uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia N.° 122-2003/ SUNAT, de acuerdo a lo establecido por la Resolucion de Superintendencia N.° 028-2012/SUNAT y el Memorandum N.° 94-2012-SUNAT/100000. SE RESUELVE: Articulo 1º.Apruebase el Procedimiento "APLICACION DE PREFERENCIAS AL MORDAZA DEL TLC PERU ­ PANAMA" INTA-PE 01.30 (version 1), de acuerdo al texto siguiente: I. OBJETIVO Establecer las pautas a seguir para la importacion para el consumo de mercancias con preferencias arancelarias que se realicen al MORDAZA del Tratado de Libre Comercio entre la Republica del Peru y la Republica de Panama. II. ALCANCE Esta dirigido al personal de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT y a los operadores de comercio exterior que intervienen en la importacion para el consumo de mercancias con preferencias arancelarias al MORDAZA del Tratado de Libre Comercio entre la Republica del Peru y la Republica de Panama. III. RESPONSABILIDAD La aplicacion, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es de responsabilidad de la Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera, de la Intendencia de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, de la Intendencia Nacional de Sistemas de la Informacion y de las intendencias de aduana de la Republica. IV. VIGENCIA A partir del 1.5.2012. V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo N.° 1053, publicado el 27.6.2008 y MORDAZA modificatoria. - Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo N.° 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y normas modificatorias. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo N.° 031-2009-EF, publicada el 11.2.2009 y normas modificatorias. - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada por Ley Nº 27444, publicada el 11.4.2001 y normas modificatorias. - Ley de los Delitos Aduaneros, aprobada por Ley Nº 28008, publicada el 19.6.2003 y MORDAZA modificatoria.

Aprueban Procedimiento "Aplicacion de Preferencias al MORDAZA del TLC Peru ­ Panama" INTA-PE 01.30 (Version 1)
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 202-2012/SUNAT/A Callao, 27 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, establece que la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria -SUNAT aprobara los procedimientos, instructivos, circulares y otros documentos necesarios para la aplicacion de lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1053 y su Reglamento; Que mediante Decreto Supremo N.° 009-2012-RE, publicado el 9 de marzo de 2012, se ratifica el Tratado de

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