Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2012 (28/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2012

de acuerdo a los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo anterior, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 781995-2 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 040-2012/SBN-DGPE-SDAPE

Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 0012002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo competencia de la SBN, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 569-2011/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 07 de diciembre de 2011; SE RESUELVE:

San MORDAZA, 23 de marzo de 2012 Visto, el Expediente Nº 292-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 81 545,54 m², ubicado entre la urbanizacion San MORDAZA I y II Etapa; Asentamiento Humano MORDAZA Amanecer, ex fundo La MORDAZA, Asentamiento Humano Virgen del MORDAZA y propiedad de terceros, en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identifico el terreno 81 545,54 m², ubicado entre la urbanizacion San MORDAZA I y II Etapa; Asentamiento Humano MORDAZA Amanecer, ex fundo La MORDAZA, Asentamiento Humano Virgen del MORDAZA y propiedad de terceros, en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, que se encontraria sin inscripcion registral; Que, efectuada la consulta pertinente, la MORDAZA Registral Nº IX ­ Sede MORDAZA, informo sobre la base del Informe Tecnico Nº 3117-2011-SUNARP-Z.R.NºIX-OC del 21 de marzo de 2011, que el terreno materia de consulta, se ubica en MORDAZA donde no se tienen anotaciones de inscripciones registrales; Que, el tercer parrafo del articulo 16º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios senala que no impide la inmatriculacion, el Informe Tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspeccion tecnica el 12 de MORDAZA de 2011 a cargo de profesionales de esta Superintendencia, se verifico que el terreno submateria es de naturaleza eriaza y se encuentra desocupado; Que, el articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; por lo que, corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 81 545,54 m², materia de la presente Resolucion, de conformidad con el articulo 38º del Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de naturaleza eriaza de 81 545,54 m², ubicado entre la urbanizacion San MORDAZA I y II Etapa; Asentamiento Humano MORDAZA Amanecer, ex fundo La MORDAZA, Asentamiento Humano Virgen del MORDAZA y propiedad de terceros, en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, de acuerdo a los documentos tecnicos que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo anterior, en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ANTUANET MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Administracion del Patrimonio Estatal 781995-3 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 041-2012/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 23 de marzo de 2012 Visto, el Expediente Nº 289-2011/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 42 471,26 m², ubicado en la parte posterior de los lotes 12, 13, 14 y 15 de la manzana B con MORDAZA de regadio (acequia madre) de la Irrigacion Jatosisa ­ MORDAZA 1, con ingreso desde la avenida Jatosisa, en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA;

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