Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2012 (28/04/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 28 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Andonaire, en el cargo de confianza de Director de la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre de la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 2.- Encargar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA las funciones de Director de la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre de la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en tanto se designa a su Titular. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 783061-1

y Comunicaciones, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC y sus modificatorias; y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, sobre el "Regimen de Autorizacion y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV", aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme el Articulo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008-MTC. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la empresa LUBRICENTRO SAN MORDAZA S.R.L., como Taller de Conversiones de Gas Natural Vehicular ­ GNV, para la instalacion del kit de conversion correspondiente, en el local ubicado en la Av. De los Heroes Nº 692, MORDAZA "D", Distrito de San MORDAZA de Miraflores, Provincia y Departamento de MORDAZA, por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La empresa LUBRICENTRO SAN MORDAZA S.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Tercera Inspeccion anual del taller Cuarta Inspeccion anual del taller MORDAZA Inspeccion anual del taller Fecha MORDAZA de MORDAZA 23 de Diciembre del 2012 23 de Diciembre del 2013 23 de Diciembre del 2014 23 de Diciembre del 2015 23 de Diciembre del 2016

Autorizan a Lubricentro San MORDAZA S.R.L. como Taller de Conversiones de Gas Natural Vehicular en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1255-2012-MTC/15 MORDAZA, 27 de marzo de 2012 VISTOS: El Parte Diario Nº 034765 de fecha 21.03.2012, la empresa LUBRICENTRO SAN MORDAZA S.R.L., presenta la solicitud para operar como Taller de Conversiones de Gas Natural Vehicular ­ GNV en el local ubicado en la Av. De los Heroes Nº 692, MORDAZA "D", Distrito de San MORDAZA de Miraflores, Provincia y Departamento de MORDAZA y; CONSIDERANDO: Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modificada por las Resoluciones Directorales Nº 7150-2006-MTC/15 y Nº 4284-2008-MTC/15 y elevado al rango de Decreto Supremo conforme el Articulo 2 del Decreto Supremo Nº 016-2008MTC, sobre "Regimen de autorizacion y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversion a GNV" en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas juridicas para ser autorizadas como Talleres de Conversion a Gas Natural Vehicular; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular es el establecimiento autorizado por la Direccion General de Transporte Terrestre para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina, al sistema de combustion de GNV mediante la incorporacion de un kit de conversion o el cambio de motor, para cuyo efecto dispone de personal tecnico capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la instalacion, mantenimiento y reparacion de los equipos de conversion, del motor dedicado instalado y del vehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 196-2012-MTC/15.03. A.Legal.cer, elaborado por el abogado informante de la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, se advierte que la documentacion presentada con los documentos senalados en vistos, cumple con lo establecido en el numeral 6.2. de La Directiva Nº 001-2005-MTC/15, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente autorizando a la empresa LUBRICENTRO SAN MORDAZA S.R.L., como Taller de Conversion a Gas Natural Vehicular ­ GNV para realizar la conversion del sistema de combustion de los vehiculos originalmente disenados para la combustion de gasolina diesel o GLP al sistema de combustion de GNV, mediante la incorporacion de un kit de conversion; De conformidad con la Ley 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes

En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspeccion del Taller" vigente al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 3º.- La empresa LUBRICENTRO SAN MORDAZA S.R.L., bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada MORDAZA del vencimiento de los plazos que a continuacion se senalan:
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 17 de Enero del 2013 17 de Enero del 2014 17 de Enero del 2015 17 de Enero del 2016 17 de Enero del 2017

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo 4º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias (SUTRAN), MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. El costo de la publicacion de la presente Resolucion Directoral sera asumido por la empresa recurrente. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 781440-1

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