Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2012 (08/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de agosto de 2012

en la distincion de Personalidad Meritoria de la Cultura, a quienes se encuentran inmersos en el MORDAZA de la creacion e interpretacion artistica diversa; Que, asimismo, en la referida Directiva se precisa el caracter de trascendencia nacional y/o internacional para la obtencion de la Medalla de Honor de la Cultura Peruana, a fin de destacar con mayor relevancia la obra, labor y/o aporte en el MORDAZA de la creacion e interpretacion artistica; Que, en merito al Memorando Nº 172-2012-DGIAVMPCIC/MC, de fecha 07 de agosto de 2012, la Direccion General de Industrias Culturales y Artes solicita que se considere modificar el articulo 11º de la Directiva Nº 0012011/MC "Sobre la Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el Otorgamiento de Reconocimientos" a fin de que se incluya un reconocimiento a aquellos directores de orquesta, de coros y de companias de danza peruanos o extranjeros, que cuenten con una trayectoria debidamente acreditada a nivel nacional e internacional y que hayan realizado aportes destacados al desarrollo de las artes, habiendo o no desempenado actividades en los Elencos Nacionales del Ministerio de Cultura; Que, de acuerdo a lo manifestado, se ha visto por conveniente modificar el articulo 11° de la referida Directiva; Estando a lo visado por el Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Viceministro de Interculturalidad; el Secretario General; el Director General de Industrias Culturales y Artes; el Director de los Elencos Nacionales, asi como el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Reglamento de la ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; el Decreto Supremo Nº 001-2011-MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 11° de la Directiva N° 001-2011/MC "Sobre la Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nacion y el Otorgamiento de Reconocimientos", aprobada por la Resolucion Ministerial N° 080-2011-MC y modificado por Resolucion Ministerial Nº 103-2011-MC, el cual quedara redactado en los terminos siguientes: "Articulo 11°.- El Ministerio de Cultura, mediante Resolucion Ministerial, reconoce a personas naturales y/o juridicas, previo estudio en cada caso particular, con alguna de las distinciones siguientes: - Personalidad Meritoria de la Cultura, otorgada en el MORDAZA de la investigacion, transmision, conservacion, rescate y salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial, asi como la creacion academica, intelectual y en el MORDAZA de la creacion e interpretacion artistica diversa. - Repositorio Vivo de la Memoria Colectiva, otorgada a personas naturales o colectividades que son testimonio singular de una expresion linguistica, historica, artistica, tecnologica, segun los casos. - Medalla de Honor de la Cultura Peruana, otorgada en el MORDAZA de la creacion e interpretacion artistica diversa, cuya destacada obra, labor y/o aporte MORDAZA sido de trascendencia nacional y/o internacional. - Director Honorario, otorgada a los directores de orquestas, coros y de companias de danza peruanos o extranjeros que cuenten con una trayectoria debidamente acreditada a nivel nacional o internacional y que hayan realizado aportes destacados al desarrollo de las artes, habiendo o no desempenado actividades en los Elencos Nacionales del Ministerio de Cultura. Articulo 2º.- Mantener la vigencia de los demas articulos que conforman la Directiva N° 001-2011/MC, aprobada por la Resolucion Ministerial N° 080-2011-MC. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 824961-1

DEFENSA
Aprueban los MORDAZA de Efectivos del Personal Militar para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 003-2012 DE/SG EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, en su Articulo 172º establece que el numero de efectivos de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional, se fija anualmente por el Poder Ejecutivo; Que, el articulo 2º del Reglamento de la Ley Nº 29605 ­ "Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa", aprobado con el Decreto Supremo Nº 0012011-DE/ establece que, la competencia del Ministerio de Defensa se extiende a todo el territorio nacional, niveles de gobierno y personas naturales y juridicas, vinculadas al Sistema de Seguridad y Defensa Nacional; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 671-2011DE/ SG del 06 de MORDAZA de 2011, se aprobaron los Planes Estrategicos Institucionales en el area de personal del Ejercito, MORDAZA de MORDAZA y Fuerza Aerea del Peru, para ser aplicados hasta el ano 2016; determinandose tecnicamente las nuevas plantas organicas por MORDAZA y especialidades, asi como las medidas necesarias de acuerdo a los escenarios por creacion de unidades, para alcanzar los efectivos totales requeridos, lo que permitira establecer las proyecciones para los procesos de ascenso y pases a la situacion de retiro que se requeriran entre el presente ano y el 2016; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 879 2012 DE/SG del 01 de agosto del 2012, se aprobo la modificacion del Plan Estrategico Institucional en el area de personal del Ejercito del Peru, para ser aplicado hasta el ano 2016; la cual se sustenta tecnicamente en el incremento progresivo y el empleo racional de su personal, respondiendo estrictamente a necesidades operativas y administrativas para el cumplimiento de la mision y tareas asignadas al Ejercito del Peru, como la intervencion en el denominado Plan VRAEM y los Planes de Operaciones del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, que consideran un requerimiento adicional en personal para el cumplimiento de las misiones asignadas a corto plazo; Que, con Oficio Nº 883 A-2/02.03 del 31 de MORDAZA de 2012 del Ejercito del Peru, el Oficio G.500 - 2369 del 11 de junio del 2012 de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, y el Oficio S-30-SGFA-COPE Nº 1004 del 23 de marzo del 2012 de la Fuerza Aerea del Peru, las Instituciones Armadas han cumplido con formular los respectivos MORDAZA de Efectivos de personal militar para el Ano Fiscal 2013, con las cantidades y especificaciones correspondientes, habiendo para tal efecto tomado como referencia los Planes Estrategicos Institucionales; por lo que, resulta necesario aprobar los mencionados Cuadros; De conformidad con el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29605 ­ "Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa", y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0012011-DE; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion de los MORDAZA de Efectivos de Personal Militar Ano Fiscal 2013. Aprobar los MORDAZA de Efectivos del Personal Militar para el Ano Fiscal 2013, cuyas cantidades y especificaciones se detallan en el Anexo "A" - Cuadro Resumen de Efectivos de las Fuerzas Armadas para el Ano Fiscal 2013, en el Anexo "B" ­ Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2013 del Ejercito del Peru, en el Anexo "C" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2013 de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y en el Anexo "D" - Cuadro de Efectivos de Personal Militar para el Ano Fiscal 2013 de la Fuerza Aerea del Peru, los mismos que forman parte del presente Decreto Supremo.

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