Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2012 (08/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

472095

el pago de las reparaciones economicas se atendera con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de 2011; Que, posteriormente, el articulo 4º del Decreto de Urgencia Nº 002-2012, establece que la incorporacion de los recursos en el ano 2012, a que se refiere el articulo 10º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011, se efectua a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios; por lo que, resulta necesario autorizar un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para continuar con el otorgamiento de las reparaciones economicas del Programa de Reparaciones Economicas, establecido en el articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 28592, Ley que Crea el Plan Integral de Reparaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, el Decreto de Urgencia Nº 059-2011 y el Decreto de Urgencia Nº 002-2012; DECRETA:

Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos del Credito Suplementario a que se refiere el articulo 1º del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son incorporados. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en Lima; a los siete dias del mes de agosto del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 824963-1 FE DE ERRATAS

Articulo 1º.- Objeto Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 60 467 793,00 (SESENTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES), destinados al pago de reparaciones economicas establecidas en el articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 28592, conforme a lo establecido en la parte considerativa de la presente MORDAZA, y de acuerdo a lo siguiente:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO (En Nuevos Soles)

DECRETO SUPREMO Nº 133-2012-EF Mediante Oficio Nº 714-2012-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Reglamento de la Ley Nº 29230, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2012-EF, publicado en nuestra edicion del dia 27 de MORDAZA de 2012. - En la pagina 471522, en el MORDAZA parrafo del numeral 28.2 del Articulo 28º del Reglamento; DICE:

1 : Recursos Ordinarios 60 467 793,00 -------------------TOTAL INGRESOS 60 467 793,00 ============

EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO : Gobierno Central 006 : Ministerio de Justicia y Derechos Humanos UNIDAD EJECUTORA 001 : Oficina General de Administracion ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5.001154 : Reparaciones para las Victimas de la Violencia Terrorista y Violacion de los Derechos Humanos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.5 Otros Gastos TOTAL INGRESOS

"Articulo 28º.- Caracteristicas y Procedimiento para la Contratacion de la Entidad Privada Supervisora (...) 28.2 (...). Entre los aspectos objeto de la supervision, debera incluirse la supervision de las partidas y costos correspondientes al proyecto, conforme a lo previsto en los estudios de preinversion y expedientes tecnicos." DEBE DECIR: "Articulo 28º.- Caracteristicas y Procedimiento para la Contratacion de la Entidad Privada Supervisora (...) 28.2 (...). Entre los aspectos objeto de la supervision, debera incluirse la supervision del avance y la calidad de las obras correspondientes al proyecto, conforme a lo previsto en los estudios de preinversion y expedientes tecnicos." - En la pagina 471523, en el Setima Disposicion Complementaria Final del Reglamento; DICE: "Setima.- De la Sociedad Auditora De conformidad con lo dispuesto en el articulo 10º de la Ley Nº 29230, la sociedad auditora designada por la Contraloria General de la Republica para la verificacion del monto total invertido para el desarrollo del proyecto, realizara la mencionada verificacion a la culminacion del mismo y MORDAZA de la emision del CIPRL respectivo o del ultimo CIPRL en el caso que se hubiera previsto la emision de CIPRL por avances de obra. En consecuencia, el GR, GL, Mancomunidad Municipal o Junta de Coordinacion Interregional debera prever con antelacion, la contratacion de la referida sociedad auditora con el fin de no afectar la emision oportuna de los CIPRL que correspondan." DEBE DECIR: "Setima.- De la Sociedad Auditora De conformidad con lo dispuesto en el articulo 10º

60 467 793,00 -------------------60 467 793,00 ============

Articulo 2º.- Procedimiento para la aprobacion Institucional 2.1. El titular del Pliego habilitado en el presente credito suplementario, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el articulo 1º de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (05) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. 2.2. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruira a la Unidad

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