Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2012 (08/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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1. 2. 3. 4. 5. 6. Comandante Mayor Mayor Capitan Capitan Capitan MORDAZA MEDEROS. MORDAZA WARMS. MORDAZA GONZALES. MORDAZA ARGILAGOS. MORDAZA MORDAZA Leoni. MORDAZA SOTOLONGO.

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de agosto de 2012

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el Articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 824533-2

Aceptan renuncia de Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 891-2012-DE/SG MORDAZA, 7 de agosto de 2012 VISTA: La carta de fecha 24 de MORDAZA de 2012 presentada por el Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 576-2012DE-SG de 17 de MORDAZA de 2012, se designo al senor Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Defensa; Que, mediante el documento del Visto, el referido funcionario ha presentado su renuncia al cargo; por lo que resulta necesario emitir la resolucion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 0012011-DE, mediante el cual se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el senor Economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion del Ministerio de Defensa, agradeciendole por los importantes servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 824960-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 a favor del pliego Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
DECRETO SUPREMO Nº 139-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Que, por Ley Nº 28592 se crea el Plan Integral de Reparaciones - PIR, para las victimas de la violencia ocurrida durante el periodo MORDAZA de 1980 a noviembre de 2000 conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comision de la Verdad y Reconciliacion; Que, por el Decreto Supremo Nº 015-2006-JUS y sus modificatorias, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28592, que contiene, entre otros aspectos, los criterios necesarios para la ejecucion de los Programas de Reparaciones establecidos por la citada Ley, entre los cuales se encuentra el Programa de Reparacion Economica, cuyo objetivo es otorgar una reparacion economica a las victimas de la violencia, siendo estas: los familiares de las victimas fallecidas y/o desaparecidas, las victimas de desaparicion forzada, las personas que como resultado de atentados, agresiones o torturas, tienen una discapacidad fisica o mental permanente, parcial o total, reconocida por el Consejo Nacional para la Integracion de la Persona con Discapacidad (CONADIS), y las victimas de violacion sexual, de acuerdo a los articulos 37º y 38º de dicho Reglamento; Que, por el Decreto Supremo Nº 051-2011-PCM se establece que el monto de la reparacion economica ascendera a S/. 10 000,00 por victima desaparecida, o por victima fallecida, o por victima de violacion sexual o por victima con discapacidad, dictando los lineamientos para el caso de concurrencia del conyuge o concubino sobreviviente con otros familiares de las victimas desaparecidas o fallecidas; ademas, la Unica Disposicion Complementaria Final del citado Decreto Supremo senala que la primera etapa de ejecucion del Programa de Reparaciones Economicas se inicia en el ano 2011 con la entrega de reparaciones a los beneficiarios inscritos en el Registro Unico de Victimas ­ RUV, conforme a lo dispuesto en el articulo 40º del Reglamento de la Ley Nº 28592 y que cumplan las condiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 051-2011-PCM; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 102-2011PCM se adscriben al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y politicas del Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional - CMAN, asi como el Consejo de Reparaciones; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 184-2011PCM, modificada por la Resolucion Ministerial 149-2012JUS, se aprobaron los procedimientos y modalidades de pago para la implementacion del Programa de Reparaciones Economicas, disponiendose, entre otros aspectos, que el organismo ejecutor del citado Programa es el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a traves de su Oficina General de Administracion como unidad ejecutora, asimismo, se establece que el referido Ministerio aprueba, mediante Resolucion Ministerial, los desembolsos correspondientes; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs 0149 y 0157-2012-JUS se aprobaron los Listados MORDAZA y Setimo de Beneficiarios de la Primera Etapa del Programa de Reparaciones Economicas, respectivamente, identificandose en total a 10 974 beneficiarios de las reparaciones economicas, con un monto total a ser entregado ascendente a S/. 60 467 792,81 (SESENTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 81/100 NUEVOS SOLES, correspondiendo S/. 30 372 792,79 (TREINTA MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS Y 79/100 NUEVOS SOLES) al MORDAZA Listado, para 5 870 beneficiarios, y S/. 30 095 000,02 (TREINTA MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL Y 02/100 NUEVOS SOLES) al Setimo Listado, para 5 104 beneficiarios; Que, la Centesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, autoriza la continuacion de los pagos de las reparaciones economicas dispuestas por el articulo 37º del Reglamento de la Ley Nº 28592, indicandose, entre otros, que estos se realizan hasta por el monto de S/. 100 000 000,00 (CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) teniendo en cuenta el monto y la edad de los beneficiarios o victimas establecidos en el Decreto Supremo Nº 051-2011-PCM, para dichos efectos, mediante el numeral 10.1 del articulo 10º el Decreto de Urgencia Nº 059-2011, dispone que el financiamiento para

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