Norma Legal Oficial del día 22 de agosto del año 2012 (22/08/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

473116

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 22 de agosto de 2012

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 7 de agosto de 2012, el Oficio Nº 001-090-00006725 de la Jefatura del Servicio de Administracion TributariaSAT, adjuntando el expediente de ratificacion de la Ordenanza N° 368-CDLO, de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del citado Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicacion de lo normado por las Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicadas el 26 de diciembre de 2004 y el 27 de junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA, aprobo la Ordenanza materia de la ratificacion, remitiendola al Servicio de Administracion Tributaria, incluyendo sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con caracter de Declaracion Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revision y estudio, emitio el Informe Tecnico Legal Nº 004-181-00000494 opinando que procede la ratificacion solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 y las Directivas 001-006-00000005 publicada el 16 de marzo de 2005 y Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011; Que, la prestacion del servicio se efectuara en 761 espacios de lunes a sabado en el horario de 08:00 a 22:00 horas, en las zonas establecidas, con la tasa de S/. 0.45 por 30 minutos; y los ingresos que la citada Municipalidad Distrital ha proyectado percibir por la aplicacion de la tasa de estacionamiento vehicular, financiaran el 96.47% de los costos del servicio y la diferencia debera ser cubierta con otros ingresos que perciba la misma; De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administracion Tributaria-SAT y por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion en el Dictamen Nº 192-2012-MML/CMAEO. ACORDO: Articulo Primero.- Ratificar la Ordenanza N° 368CDLO de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho Distrito. Articulo Segundo.- La ratificacion se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicacion del presente Acuerdo ratificatorio, asi como del texto integro de la Ordenanza N° 368-CDLO que contienen los MORDAZA de estructura de costos, de estimacion de ingresos y la cantidad de espacios habilitados, dias y horario. La aplicacion sin el cumplimiento de dichas condiciones, es responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Los Olivos. Articulo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicacion, el Servicio de Administracion TributariaSAT, a traves de su pagina web www sat.gob.pe MORDAZA de conocimiento publico el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y Organizacion y el Informe del Servicio de Administracion Tributaria-SAT. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Alcaldesa 830105-1

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Autorizan la realizacion de la Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario
ORDENANZA Nº 372-MDB Barranco, 16 de agosto del 2012 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO Por Cuanto: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesion Ordinaria Nº 15, de la fecha VISTO: El Dictamen Nº 06-2012-CAJ-CDB-MDB, que propone al pleno del Concejo la aprobacion del Matrimonio Civil Comunitario, con ocasion del aniversario del distrito de Barranco, Informe Nº 5352012-GAJ-MDB de la Gerencia de Asuntos Juridicos, Memorandum Nº 654-2012-GM-MDB del 31 de MORDAZA del 2012. CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru, el Estado protege a la familia y promueve el matrimonio; Que, es politica de la actual gestion municipal promover la union familiar y siendo la familia el nucleo basico y prioritario de la sociedad, es procedente autorizar e impulsar la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario propuesto; Estando a las atribuciones conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta, y con el MORDAZA UNANIME de sus miembros, ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE AUTORIZA LA REALIZACION DE CEREMONIA DE MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Articulo Primero.- Autorizar la realizacion de la Ceremonia de Matrimonio Civil Comunitario, el dia sabado 20 de octubre del 2012, a las 11:00 horas en el MORDAZA Municipal del distrito de Barranco. Articulo Segundo.- Dispensar a los contrayentes, del tramite de publicacion de los avisos matrimoniales, conforme a lo dispuesto por el articulo 252º del Codigo Civil vigente, estableciendose la obligacion de cumplir con los requisitos que dispone el articulo 248º de la MORDAZA citada. Articulo Tercero.- Aprobar la exoneracion del pago de los derechos correspondientes, estableciendose como pago unico la suma de S/. 100.00 (Cien y 00/100 Nuevos Soles), que seran destinados a cubrir los gastos que genere dicha ceremonia. Articulo Cuarto.- Aprobar la exoneracion de la totalidad del pago de los derechos correspondientes a los trabajadores vinculados laboralmente o bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios, asi como a sus padres, hermanos e hijos, que deseen contraer matrimonio civil. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General, Gerencia Comunicaciones e Imagen Institucional y Gerencia de Desarrollo Humano y Social, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 830341-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.