Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2012 (29/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los numerales 2, 4, 6, 7, 8, 9 y anexos 1 y 2 del "Procedimiento para la Supervision de la Operacion de los Sistemas Electricos", aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 074-2004-OS/CD. Articulo 2º.- Incorporar el anexo 3 al "Procedimiento para la Supervision de la Operacion de los Sistemas Electricos", aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 074-2004-OS/CD. Articulo 3º.- Precisar que toda referencia a OSINERG en el "Procedimiento para la Supervision de la Operacion de los Sistemas Electricos", aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 074-2004-OS/CD, debe entenderse que esta referido a OSINERGMIN. Articulo 4º.- Disponer que la presente Resolucion se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Estado Peruano, y que en la pagina web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe, se publique el texto integro de la modificacion del "Procedimiento para la Supervision de la Operacion de los Sistemas Electricos". Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 833436-3

1.3. que los indicadores de perfomance serian fijados por Resolucion Ministerial; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el citado numeral 1.3, se aprobo la Resolucion Ministerial Nº 163-2011-MEM/ DM que en su numeral 4 dispuso que sea OSINERGMIN quien establezca los indicadores de performance, para lo cual era necesario adecuar sus procedimientos y normas a lo establecido por dicha Resolucion; Que, en concordancia con las citadas normas, se ha procedido a adecuar el Anexo 13 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento para la Supervision de la Operacion de los Sistemas Electricos"; Que, en ese sentido, de acuerdo con el articulo 25º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, se exceptua la presente modificacion del requisito de prepublicacion en el Diario Oficial El Peruano por ser considerada de urgencia la adecuacion de la Escala de Multas y Sanciones, a fin de no interrumpir la supervision y fiscalizacion sobre la buena operacion de los sistemas electricos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, Ley Nº 27699 y el articulo 22º del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Tabla Nº 5 del numeral 1.2. y los numerales 2 y 3 del Anexo 13 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento para la Supervision de la Operacion de los Sistemas Electricos", aprobada por Resolucion de Consejo Directo Nº 590- 2007-OS/CD. Articulo 2º.- Disponer que la presente Resolucion se publique en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA del Estado Peruano, y que en la pagina web de OSINERGMIN: www.osinerg.gob.pe, se publique el texto integro de la modificacion del Anexo 13 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. Articulo 3º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN 833436-4

Modifican Anexo 13 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento para la Supervision de la Operacion de los Sistemas Electricos"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 178-2012-OS/CD MORDAZA, 16 de agosto de 2012 VISTO: El Memorando Nº GFE-2012-786 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion de la modificacion del Anexo 13 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento para la Supervision de la Operacion de los Sistemas Electricos", aprobada por Resolucion de Consejo Directo Nº 590-2007-OS/CD; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27699, establece que el Consejo Directivo se encuentra facultado a tipificar los hechos y omisiones que configuran infracciones administrativas, asi como a graduar las sanciones; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 028-2003-OS/CD de fecha 14 de febrero de 2003, se aprobo la Tipificacion de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN; Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 590-2007-OS-CD se aprobo la incorporacion del Anexo 13 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, correspondiente a la tipificacion de sanciones por incumplimiento del "Procedimiento para la Supervision de la Operacion de los Sistemas Electricos"; Que, posteriormente se publico el Decreto Supremo Nº 057-2010-EM, que modifico los numerales 1.3, 3.1, 3.5 y la Tercera Disposicion Final de la MORDAZA Tecnica de los Servicios Electricos, estableciendose en el numeral

Autorizan prepublicacion del proyecto del "Procedimiento para la supervision de la calidad de atencion telefonica de las empresas de distribucion electrica"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 182-2012-OS/CD MORDAZA, 16 de agosto de 2012 VISTO: El Memorando Nº GFE-2012-827 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion de la prepublicacion del "Procedimiento para la Supervision de la Calidad de Atencion Telefonica de las Empresas de Distribucion Electrica"; y CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos

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