Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2012 (29/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2012

evaluacion y ratificacion de diversos magistrados, entre los cuales se encuentra comprendido don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Fiscal Superior Penal de Canete del Distrito Judicial de Canete, siendo el periodo de evaluacion del magistrado del 03 de octubre de 1996 hasta el 07 de febrero de 2004 y desde el 10 de MORDAZA hasta la conclusion del presente MORDAZA, cuyas etapas han culminado con la entrevista personal al evaluado en sesion publica de 25 de enero de 2012, habiendose garantizado el acceso previo al expediente e informe individual para su lectura respectiva, respetando en todo momento las garantias del derecho al debido MORDAZA, por lo que corresponde adoptar la decision; Tercero: Que, con relacion al rubro conducta se aprecia que: a) Antecedentes Disciplinarios: el magistrado evaluado registra una multa del 25% de su haber mensual por evidenciar irregularidades en el desempeno de su funcion, al haber emitido resolucion despues de diez meses de que se le formulara una consulta de exencion de pena por ley de arrepentimiento; en lo referente a quejas: i) Segun lo informado por la Fiscalia Suprema de Control Interno mediante Oficio N° 3200--2011-MP-FN.SUPR.CI del 30 de noviembre del 2011, el magistrado registra 23 quejas, de las cuales 01 fue declarada fundada, 01 investigacion preliminar, 01 en estado pendiente, 07 infundadas, 03 inadmisibles y 07 improcedentes; y, ii) Segun lo informado por el Organo Desconcentrado de Control Interno del Distrito Judicial de Ica por Oficio N° 1516-2011-ODCI del 21 de noviembre del 2011, registra 09 quejas, de las cuales 01 fue declarada fundado y se procedio con la amonestacion, 03 infundadas, 02 no ha lugar, 02 improcedentes y 01 en estado previo. En relacion a la amonestacion resuelta y no ejecutada contra el magistrado evaluado se sustenta en irregularidades en el ejercicio de su funcion, al evidenciar el provecho ilicito de un contrato de mutuo hipotecario celebrado entre el y su conyuge con MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, por la suma de /. 151.025.00 (Expediente N° 2002000521-2001-3019-0), por el cual se habria advertido signos exteriores de riqueza respecto a las acreencias que senala el magistrado evaluado en su Declaracion Jurada del 2001, sin embargo tal medida no le fue aplicada por haber dejado de ejercer su funcion fiscal; b) Participacion Ciudadana: el magistrado evaluado presenta 01 cuestionamiento a su desempeno funcional, el mismo que fuera formulado por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, imputandole el uso ilegal de letras en MORDAZA que suscribieron con motivo de la deuda contraida con el magistrado evaluado y su conyuge MORDAZA MORDAZA MORDAZA, lo que habria ocasionado un grave perjuicio de caracter patrimonial a las denunciantes, al habersele embargado el unico bien inmueble de su propiedad en ejecucion de la sentencia emitida por el Primer Juzgado de Paz Letrado de Canete en el MORDAZA de obligacion de dar suma de dinero; situacion que ha motivado la interposicion de una denuncia penal contra el magistrado evaluado y su conyuge, por el delito contra el Patrimonio en la modalidad de Defraudacion. Por otro lado, en cuanto a condecoraciones y reconocimientos, no registra; c) Asistencia y puntualidad: durante el periodo evaluado no registra tardanzas, ni ausencias injustificadas, sin embargo, registra 65 licencias, siendo el 2011 el ano con el mayor numero de licencias; d) Informacion de Colegios y/o Asociaciones de Abogados: no registra informacion; e) Antecedentes sobre su conducta: no registra antecedentes policiales, judiciales ni penales, sin embargo, registra 04 procesos judiciales como denunciado, tres por estafa, de los cuales se archivaron 02 y uno por enriquecimiento ilicito que tambien fue archivado; f) Informacion Patrimonial: no se aprecia variacion significativa o injustificada, conforme ha sido declarado periodicamente por el magistrado evaluado a su institucion; en lineas generales, de la valoracion conjunta de los aspectos que forman parte del rubro conducta, se evidencia que el magistrado evaluado no refleja suficientes elementos que conlleven a determinar una conducta adecuada; Cuarto: Que, en lo referente al rubro idoneidad, a) Calidad de Decisiones: de la evaluacion de sus 10 decisiones, 05 fueron calificadas como buenas, 04 como regulares y 01 como deficiente; b) Calidad en Gestion de Procesos: se evaluaron solo dos expedientes, 01 calificado con adecuada actuacion y otro con deficiente actuacion; c) Organizacion de Trabajo: se aprecia el cumplimiento de los procedimientos institucionales; d)

Publicaciones: el evaluado no registra publicaciones; e) Desarrollo Profesional: ha participado en eventos de capacitacion organizado por la Academia de la Magistratura y por Instituciones Academicas; de otro lado, el magistrado evaluado es egresado de la Maestria en Derecho Penal de la Universidad MORDAZA Garcilazo de la MORDAZA y del Doctorado de Derecho de la misma MORDAZA de Estudios, acredita tambien haber ejercido la docencia en la Universidad San MORDAZA de Porres en la Facultad de Ciencias de la Comunicacion sobre los cursos de Derecho Civil y Penal del ano 2004 al 2008. Sin embargo, durante su entrevista publica se le formularon preguntas sobre sus conocimientos juridicos, respondiendo de manera imprecisa, demostrando inseguridad en sus conocimientos juridicos, lo cual se condice con la documentacion presentada por el magistrado. De la evaluacion conjunta del factor idoneidad, permite concluir que el magistrado evaluado no cuenta con un nivel adecuado de calidad y eficiencia en el desempeno de su funcion; Quinto: Que, de lo actuado en el MORDAZA de evaluacion y ratificacion ha quedado establecido que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es un magistrado que no evidencia buena conducta apropiada al cargo que ostenta, lo que se evidencio con la medida disciplinaria de multa impuesta en su contra por la Fiscalia Suprema de Control Interno, la cual se encuentra relacionada a incumplimiento de sus deberes. De otro lado, durante el acto de su entrevista personal demostro un nivel inadecuado de conocimientos juridicos necesarios para el desempeno de su funcion, por lo que se puede concluir que durante el periodo sujeto a evaluacion no ha satisfecho en forma global las exigencias de conducta e idoneidad, acordes con el delicado ejercicio de la funcion que desempena. De otro lado, este Consejo tambien tiene presente el examen psicometrico (psiquiatrico y psicologico) practicado al evaluado; Sexto: Que, por lo expuesto, tomando en cuenta los elementos previamente glosados, se determina la conviccion por mayoria del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura en el sentido de no renovar la confianza al magistrado evaluado; En consecuencia, el Consejo Nacional de la Magistratura en cumplimiento de sus funciones constitucionales, de conformidad con el inciso 2 del articulo 154° de la Constitucion Politica del Peru, articulo 21° inciso b) y articulo 37° inciso b) de la Ley 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y articulo 36° del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion N° 635-2009CNM, y al acuerdo por mayoria adoptado por el Pleno en sesion de 25 de enero de 2012; RESUELVE: Primero.- No Renovar la confianza a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y, en consecuencia, no ratificarlo en el cargo de Fiscal Superior Penal de Canete del Distrito Judicial de Canete. Segundo.- Notifiquese personalmente al magistrado no ratificado y una vez que MORDAZA quedado firme remitase MORDAZA certificada al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, de conformidad con el articulo trigesimo noveno del Reglamento del MORDAZA de Evaluacion y Ratificacion de Jueces del Poder Judicial y Fiscales del Ministerio Publico; y remitase MORDAZA de la presente resolucion a la Oficina de Registro de Jueces y Fiscales del Consejo Nacional de la Magistratura para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ DE LA MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Los fundamentos del MORDAZA de los senores Consejeros MORDAZA Maezono Yamashita, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Talavera MORDAZA, en el MORDAZA

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