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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (29/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de agosto de 2012 473541 de los portales de internet, lo cual es concordante con lo señalado en el artículo 4° del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003- PCM, el cual dispone que la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectúa mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad, la cual será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; adicionalmente, dispone la norma que la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, el literal k) del artículo 22° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento Universal en Salud – SUNASA, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2011- SA, establece entre las funciones de la Ofi cina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, defi nir el diseño y administrar el Portal Web Institucional de la SUNASA, en coordinación con los demás órganos según su competencia; Que, los literales a), b), j) y m) del artículo 30° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento Universal en Salud – SUNASA, establecen entre las funciones de la Intendencia de Estudios y Gestión de la Información y el Conocimiento, analizar la información de los agentes vinculados al proceso de AUS (Aseguramiento Universal en Salud) para la generación de conocimiento a efectos de su difusión y presentación al MINSA y otras instancias competentes; conducir el análisis y mejoramiento de los procesos de intercambio de información interinstitucional del AUS; identifi car estándares de información para los entes supervisados, en lo que corresponda, para fi nes de reportar a la SUNASA; e implementar y mantener el proceso de gestión de información que da soporte al Registro de Afi liados del AUS; Que, el artículo 31° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento Universal en Salud – SUNASA, establece entre las funciones de la Intendencia Regulación, Autorización y Registro, proponer, dentro del ámbito de su competencia, las normas que regulan las actividades de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud, entidades prepagadas de servicios de salud y todas aquellas entidades públicas, privadas o mixtas que ofrezcan servicios en la modalidad de pago regular y, en coordinación con los diversos órganos cuando corresponda; Que, el literal b) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento Universal en Salud – SUNASA, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2011-SA, establece entre las funciones de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, recopilar, clasifi car, concordar, sistematizar, difundir y mantener en permanente actualización las disposiciones legales relacionadas con las actividades y fi nes de la SUNASA, manteniendo informados a los demás órganos sobre la materia; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 070-2012-SUNASA/S, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 9 de agosto de 2012, se designó al señor Edson Waldemar Aguilar Zelada en el cargo de confi anza de Asesor del Superintendente de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud - SUNASA; De conformidad con la función prevista en el literal w) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento Universal en Salud – SUNASA, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2011-SA, y con la visación del Superintendente Adjunto, Secretario General, Director General de la Ofi cina General de Imagen Institucional y Comunicaciones (e), y Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al señor Edson Waldemar Aguilar Zelada, Asesor del Superintendente, como responsable de la elaboración y actualización de la información publicada en el Portal Institucional de la SUNASA, y como responsable del contenido de la mencionada información. La Intendencia de Estudios y Gestión de la Información y el Conocimiento, coordinará con los demás órganos de línea, el contenido de la información técnica a publicar que competa a los mismos y la remitirá al responsable designado en presente el artículo 1° de la presente resolución. La Intendencia de Regulación, Autorización y Registro y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica son responsables del contenido de las normas a publicar, que correspondan a sus respectivas competencias. Artículo 2°.- La información a que se refi ere el artículo precedente, es remitida a la Ofi cina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, para que como administradora del Portal Institucional de SUNASA, la publique oportunamente, bajo responsabilidad. Artículo 3°.- La defi nición del diseño del Portal Institucional de SUNASA, así como de las modifi caciones a dicho diseño, es efectuada por la Ofi cina General de Imagen Institucional y Comunicaciones, de manera coordinada con el responsable designado en el artículo 1° de la presente resolución, el cual a su vez efectuará las coordinaciones que correspondan con los demás órganos de la SUNASA, según su competencia. Artículo 4°.- Disponer que todos los trabajadores de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento Universal en Salud – SUNASA, tanto del régimen laboral de la actividad privada como del régimen de contratación administrativa de servicios, proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad, toda la información que sea requerida por el funcionario designado en el artículo 1° de la presente resolución y por el Intendente de Estudios y Gestión de la Información y el Conocimiento, dentro de los términos legales y en las condiciones que hagan posible el fi el cumplimiento de las funciones encomendadas. Artículo 5°.- Disponer que se coloque copia de la presente Resolución en la Mesa de Partes de la sede institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER HUMBERTO CASTILLO MARTELL Superintendente 833290-1 Ratifican responsable de brindar información de la SUNASA en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 080-2012-SUNASA/S Lima, 17 de agosto del 2012 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003- PCM, señala en su artículo 1°, que dicha norma tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información, consagrado en el numeral 5) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo al artículo 3° del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el Estado adoptará las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, teniendo la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, conforme al último párrafo del mencionado artículo 3°, corresponde a la entidad pública identifi car al funcionario responsable de entregar la información que le sea solicitada; lo cual es concordante con el artículo 4° del Reglamento de la Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, el cual dispone que la designación del funcionario o funcionarios responsables de brindar la información se efectúa mediante Resolución de la máxima autoridad de la entidad, la cual será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;