Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2012 (29/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de agosto de 2012

NORMAS LEGALES

473543

· Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Bagua. · Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Bagua. · Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de Utcubamba. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA · Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de Chiclayo. DISTRITO JUDICIAL DE MORDAZA DE MORDAZA · Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tambopata. DISTRITO JUDICIAL DE SAN MORDAZA · Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de San Martin. · Primer y MORDAZA Juzgados Penales Liquidadores Transitorios de la Provincia de San Martin. Articulo Segundo.- Disponer que en adicion de funciones, a partir del 1 de octubre de 2012, el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de La MORDAZA, actue como Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de MORDAZA, y como tal con igual competencia territorial que los Juzgados Penales Unipersonales existentes en la citada provincia. Las politicas en la distribucion de carga procesal al Juzgado Penal Unipersonal, materia de adicion de funciones, la realizara el Presidente de la Corte Superior de Justicia en uso de sus atribuciones. La adicion de funciones al Juzgado Penal Liquidador Transitorio como Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de MORDAZA no implicara mayor gasto, por cuanto la implementacion se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados a dicho organo jurisdiccional. Articulo Tercero.- Disponer que en adicion de funciones, a partir del 1 de octubre de 2012, la Sala Penal Liquidadora Transitoria de la Provincia de Tambopata, Distrito Judicial de MORDAZA de MORDAZA, actue como Sala Penal de Apelaciones, y como tal con igual competencia territorial que la Sala Mixta de la citada provincia. La carga procesal que conoce la Sala Mixta como Sala Penal de Apelaciones de la Provincia de Tambopata, seran remitidos a la Sala Penal Liquidadora Transitoria en adicion Sala Penal de Apelaciones; consecuentemente a la Sala Mixta de la Provincia de Tambopata, se le quitara la adicion de funciones como Sala Penal de Apelaciones. La adicion de funciones a la Sala Penal Liquidadora Transitoria como Sala Penal de Apelaciones de la Provincia de Tambopata no implicara mayor gasto, por cuanto la implementacion se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados al Distrito Judicial de MORDAZA de MORDAZA para cumplir las funciones del Codigo Procesal Penal. Articulo Cuarto.- Reubicar y convertir a partir del 1 de octubre de 2012 el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de MORDAZA, Distrito Judicial de San MORDAZA, en Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Lamas, con igual competencia territorial que el Juzgado Mixto de la Provincia de Lamas, del mismo Distrito Judicial. La carga procesal penal pendiente de liquidar del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia de MORDAZA, se remitira al Primer Juzgado Mixto de la citada provincia; a este ultimo se le adicionara funciones como Juzgado Penal Liquidador, manteniendo la competencia territorial que el Juzgado Penal Liquidador Transitorio, materia de reubicacion y conversion. La carga procesal del Juzgado Mixto de la Provincia de Lamas que conoce como Juzgado Penal Unipersonal, se remitira al Juzgado Penal Unipersonal materia de reubicacion y conversion; en consecuencia, el Juzgado Mixto de la Provincia de Lamas, dejara la adicion de funciones como Juzgado Penal Unipersonal. La reubicacion y conversion del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia MORDAZA en Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Lamas no implicara

mayor gasto, por cuanto la implementacion se efectuara con las plazas de personal, mobiliario y equipos asignados a dicho organo jurisdiccional. Articulo Quinto.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y San MORDAZA, realizaran las acciones necesarias a fin de no afectar el normal desarrollo de los procesos de los organos jurisdiccionales materia de reubicacion, conversion y adicion de funciones. Articulo Sexto.- Facultar a los Presidentes de los mencionados Distritos Judiciales, asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Setimo.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Publico, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia de Amazonas, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA y San Martin; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 834048-1

Prorrogan funcionamiento de organos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal de diversos Distritos Judiciales
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 168-2012-CE-PJ MORDAZA, 27 de agosto de 2012 VISTO: El Oficio N° 319-2012-P-CNDP-CE-PJ cursado por el Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal, remitiendo propuesta de prorroga, reubicacion y conversion de organos jurisdiccionales, en merito al acuerdo adoptado en la referida comision. CONSIDERANDO: Primero.- Que la Resolucion Administrativa N° 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008, establece que la finalidad de la Comision Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo del MORDAZA de descarga procesal de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; y proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de dichos organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo.- Que por Resolucion Administrativa N° 0312012-CE-PJ, de fecha 2 de marzo de 2012, se aprobo la Directiva N° 001-2012-CE-PJ Lineamientos Uniforme de Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal, que reordena el funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Descarga Procesal, con la finalidad de establecer la correcta disposicion de medidas administrativas y la mejora de la

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