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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 130

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de diciembre de 2012 481408 SALAS MIXTAS Sala Mixta Transitoria de San Juan de Lurigancho -AQUINO ORIHUELA, Geancarlo Dave (Asistente Judicial) -BUENO BASOMBRIO, Luis Miguel (Auxiliar Jurisdiccional) -CCALLI PACOHUANACO, Roger (Asistente Judicial) -CHAVEZ CALLA, Guiselle Lily (Secretaria Judicial) -DURAND HERRERA, Esmeralda (Apoyo Jurisdiccional) -ESTELO GUADALUPE, Carlos Arturo (Asistente de Juez) -FLORES SALCEDO, Anne Judith (Secretaria de Sala) -GUERRA CAMPOS, Edward Enrique (Secretario de Sala) -HERNANDEZ CARDENAS, Luis Enrique (Secretario Judicial) -POVES REQUENA, Raúl Leoncio (Asistente Judicial) -SANCHEZ GALLOSO, Antonio Guillermo (Asistente Judicial) -SIMEON MARMANILLO, Roxana (Asistente Judicial) -TIRADO MUÑOZ, Jorge Felix (Relator) -VALDIVIA SANTIBAÑEZ, Carmen Maria Selfa (Secretaria Judicial) -VARGAS ARBIETO, Freddy (Apoyo Jurisdiccional) -VENTURO ROJAS, Giovanna Victoria (Apoyo Jurisdiccional) Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Suprema de la República, Gerencia General, O¿ cina de Administración Distrital y O¿ cina de Coordinación de Personal, para los ¿ nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. SS. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Consejero CESAR JAVIER VEGA VEGA Consejero LUIS CARLOS ARCE CORDOVA Consejero NORVIL E. CIEZA MONTENEGRO Consejero 880619-3 Dejan sin efecto la Res. Adm. N° 22- 2010-CED-CSJLI/PJ CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA CONSEJO EJECUTIVO DISTRITAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 42-2012-CED-CSJLI/PJ Lima, 13 de setiembre del 2012 VISTOS: El Acta de Consejo Ejecutivo Distrital de fecha 13 de setiembre del año 2012, el O¿ cio No. 1043-2012-UPD/CSJLI-PJ cursado por el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo anexando el Informe No. 066-2012-EJVS-UPD/CSJLI-PJ de fecha 18 de junio del 2012 así como las Resoluciones Administrativas, No. 425-CME-PJ de fecha 25 de julio de 1997, 163-2002-CED-CSJLI-PJ de fecha 12 de diciembre del 2002, No. 22-2010-CED-CSJLI/PJ de fecha 12 de mayo del 2010, No. 047-2012-CE-PJ de fecha 20 de marzo del 2012 y No. 476- 2012-P-CSJLI-PJ de fecha 05 de julio del 2012; y, CONSIDERANDO: Que, la Resolución Administrativa No. 22-2010-CED- CSJLI/PJ de fecha 12 de mayo del 2010, en su artículo cuarto precisa que la competencia del Juzgado Mixto de Ate Vitarte se circunscribe de manera exclusiva a los límites del referido distrito, a excepción de: i) Los procesos en materia civil y penal de competencia del Juzgado Civil de Lima Este y de los dos Juzgados Penales de Lima Este, de conformidad con la Resolución Administrativa No. 163-2002-CED-CSJLI/PJ y 287-2003-P-CSJLI/PJ, y ii) Los procesos en Materia Familia Penal – Adolescentes Infractores – que de conformidad a lo dispuesto por Resolución Administrativa No. 425-CME-PJ son de competencia de los Juzgados Especializados de Familia Penal de Lima. Que, mediante Resolución Administrativa No. 047-2012- CE-PJ publicada el 20 de abril último, el Consejo Ejecutivo dispone en su artículo segundo que el actual Juzgado Mixto de Ate, se denomine 1° Juzgado Mixto de Ate y asuma conocimiento de los procesos civiles, penales, laborales y de familia, con competencia territorial en todo el referido distrito, excepto la que corresponde al Módulo Básico de Justicia de Huaycán. Asimismo, mediante Resolución Administrativa No. 476-2012-P-CSJLI-PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso en su artículo quinto el funcionamiento del 2° Juzgado Mixto de Ate, a partir del día 06 de julio del 2012, el cual empezará con carga cero y con la competencia territorial en todo el referido distrito, excepto la que corresponde al Módulo Básico de Justicia de Huaycán. Así también se dispone que el mencionado juzgado realice el servicio de Turno Permanente con respecto a la especialidad de Familia con competencia penal, para tal efecto el mencionado órgano deberá de realizar las coordinaciones con las Fiscalías correspondientes al distrito de Ate. Que, mediante Informe Nº 066-2012-EJVS-UPD/CSJLI- PJ de fecha 18 de julio del 2012, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Presidencia en atención a las normas expuestas anteriormente, concluye que los Juzgados Mixtos de Ate conocerán todas las materias indicadas en la Resolución Administrativa No. 047-2012-CE-PJ, es decir, los procesos civiles, penales, laborales y de familia, sin diferenciación alguna por determinada especialidad de dichas materias, señalándose que debe dejarse de lado la Resolución Administrativa No. 22-2010-CED-CSJLI-PJ que es la norma en la cual se basaban dichas judicaturas para no conocer la materia de familia penal. Que, en atención a lo expuesto precedentemente, el Consejo Ejecutivo Distrital en sesión décimo sexta ordinaria de fecha 13 de setiembre del 2012, acordó por unanimidad : “Dejar sin efecto la Resolución Administrativa No. 22-2010-CED-CSJLI/PJ” toda vez que la misma colisiona con las normas pertinentes que disponen sobre la competencia de los Juzgados Mixtos de Ate en materia tutelar, más aún si la misma se encontraba amparada en disposiciones legales que ya habían sido dejadas sin efecto, en consecuencia, no se tendría el sustento pertinente para su e¿ cacia. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los incisos 19) y 21) del artículo 96° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DÉJESE SIN EFECTO la Resolución Administrativa No. 22-2010-CED-CSJLI/PJ de fecha primero de junio del 2010. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Suprema de la República, Gerencia General y la O¿ cina de Administración Distrital, para los ¿ nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Consejero CESAR JAVIER VEGA VEGA Consejero LUIS CARLOS ARCE CORDOVA Consejero JULIO CESAR RODRIGUEZ RODRIGUEZ Consejero NORVIL E. CIEZA MONTENEGRO Consejero 880619-4