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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (29/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 208

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483573 Regionales y Locales del año 2009”, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM, debemos tener presente que existe una limitación al desarrollo de la gestión descentralizada, por los tres niveles de gobierno, tal como se plantea, porque uno de ellos, los Gobiernos Locales, aún no tienen transferidas las funciones que les corresponde según su propia ley orgánica, siendo un tema pendiente de la Secretaría de Descentralización, cuyo desarrollo debe ser priorizado en el corto plazo. 2. CARACTERISTICAS DE LA EVALUACION Dentro de este contexto, la evaluación de las competencias sectoriales transferidas que se plantea, con enfoque de gestión descentralizada, tendría las siguientes características: • Se focalizaría, en su etapa inicial, en aquellos servicios públicos que son de interés sectorial y regional, desde el punto de vista político, social y económico. La identificación de servicios públicos se haría con los Ministerios que participan en el proceso de descentralización y con los Gobiernos Regionales y Locales o sus organizaciones representativas, como AMPE y REMURPE, en caso de estos últimos, por no tener aún funciones transferidas. • Se caracterizarían los servicios públicos sectoriales que se identifiquen, según la necesidad que satisfacen (producto), el público objetivo (usuarios-clientes), el ámbito territorial (mercado) y los proveedores (organismos públicos responsables de brindar servicios a la población, según sus respectivos TUPA). • Se determinaría una Línea de Base de la calidad y cobertura de los servicios públicos identificados en cada uno de las regiones seleccionadas, en coordinación con los Ministerios, en el marco de las políticas de modernización de la gestión del Estado, a fin de contrastar la calidad de los mismos antes y después de la transferencia de competencias sectoriales. Dicha Línea de Base partiría necesariamente de un diagnóstico de la forma cómo el gobierno nacional venía dando el servicio público, de manera “centralizada” o “desconcentrada”. • Se identificarían las competencias transferidas a los Gobiernos Regionales y Locales, en el marco del proceso de descentralización (funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos) vinculadas a los servicios públicos identificados. Esta labor se haría en coordinación con los Ministerios. • Los sujetos de análisis y observación serían las entidades de los tres niveles de gobierno, entre los cuales tenemos a los que han transferido competencias (como es el caso de los Ministerios y sus Organismos Públicos adscritos) y a los que han recibido competencias del Gobierno Nacional (como son los Gobiernos Regionales y Locales); comprometidos a prestar los servicios públicos con corresponsabilidad, complementariedad y subsidiariedad, con roles y funciones diferentes, donde a los Ministerios (Gobierno Nacional) les corresponde un ROL RECTOR, a los Gobiernos Regionales, un ROL FACILITADOR/EJECUTOR y a los Gobiernos Locales un ROL FACILITADOR/ EJECUTOR, éstos dos últimos según el tipo de servicio público bajo análisis; por ejemplo, en el caso del servicio de “alfabetización”, el Gobierno Regional es Ejecutor y el Gobierno Local es Facilitador; en cambio, en el servicio de “saneamiento”, el Gobierno Regional es Facilitador y el Gobierno Local es Ejecutor. Los únicos que no cambian su rol son los Ministerios, que siempre serán Rectores. • La toma de información se haría a través de cuestionarios, que considerarían preguntas relacionadas tanto al ejercicio de las competencias transferidas como a la gestión de los servicios públicos. En el primer caso, nos interesaría saber: i) el ejercicio de las competencias transferidas (problemática y logros), ii) la implementación de los instrumentos utilizados durante el proceso de transferencia, como es el caso de los Informes Situacionales, Informes de Concordancia, Convenios Marco Intergubernamentales y los Convenios de Gestión, iii) la implementación de otros instrumentos, como los Procedimientos Administrativos incorporados en los TUPA regionales y locales y los Requisitos Generales y iv) la disponibilidad de la información sustentatoria de formalización y efectivización de las transferencias de competencias y recursos, entre otros. En el segundo caso, nos interesaría saber: i) la forma cómo se presta actualmente el servicio público (si existe coordinación e injerencia intergubernamental), ii) la línea de base del nivel de calidad y cobertura del servicio público, prestado por el Gobierno Nacional de manera “centralizada” o “desconcentrada” y iii) el impacto del ejercicio de las competencias transferidas en los niveles de calidad y cobertura de los servicios públicos. • Dicho Plan sería ejecutado y supervisado por la Oficina de Transferencia, Monitoreo y Evaluación de Competencias de la Secretaría de Descentralización, en estricto cumplimiento de las funciones asignadas en el ROF de la PCM, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM. 3. ESTRATEGIA DE EJECUCION DEL PLAN • La ejecución del presente Plan contempla, en un primer momento, la validación de los instrumentos (cuestionarios) que se aplicarán para tomar información de las fuentes primarias (Ministerios y Gobiernos Regionales y Locales involucrados), relativos al ejercicio de las competencias transferidas y a la calidad de los servicios públicos asociados a dichas transferencias, la misma que se realizaría entre los meses de enero y febrero del 2013. Para tal efecto, se seleccionarán tres (3) servicios públicos, dos (2) de carácter social y uno (1) de carácter económico, para su evaluación en cuatro (4) departamentos – piloto (una por cada región geográfica del territorio nacional: norte, centro, sur y oriente). • La información recopilada, en este primer periodo, permitirá a la Secretaría de Descentralización tener resultados concretos (en el mes de marzo del 2013) sobre el impacto del proceso de descentralización en la calidad de los servicios públicos evaluados, los cuales servirán de insumo para que se elabore una estrategia orientada a mejorar la calidad de los mismos, que deberá estar basada en el trabajo articulado y consensuado de los tres niveles de gobierno, la misma que se ha previsto realizarla en el mes de abril del 2013, y su implementación entre los meses de mayo y julio del mismo año. • Por otro lado, los instrumentos validados en esta primera etapa podrán ser aplicados, a nivel nacional, para evaluar los mismos servicios públicos en otros departamentos del país, lo cual va a permitir, también, hacer un análisis comparativo entre ellas, identificando desbalances horizontales y verticales que deberían ser superados a fin de procurar niveles de calidad similares entre los departamentos del país. • A la lista de servicios públicos identificados, en esta primera etapa, la Secretaría de Descentralización incorporaría, posteriormente, mediante la resolución de aprobación correspondiente, otros servicios públicos que sean calificados como importantes, según los criterios antes señalados, pudiendo contar, para tal efecto, con propuestas del Gobierno Nacional o de los Gobiernos Regionales y Locales. Las actividades de supervisión y evaluación de los servicios públicos que se incorporarían cada año, según la presente propuesta, formarían parte del Plan Operativo Institucional de la Secretaría de Descentralización, para la asignación presupuestal correspondiente. • La información que sea recopilada, relativa al ejercicio de las competencias sectoriales transferidas y a la calidad y cobertura de los servicios públicos asociados, utilizando los instrumentos pertinentes, debidamente procesada, con resultados, conclusiones y recomendaciones, será puesta en conocimiento de los tres niveles de gobierno, para su análisis, discusión y propuestas de solución a los problemas encontrados, en el seno de las Comisiones Intergubernamentales Sectoriales, conformadas en mérito al Decreto Supremo Nº 047-2009-PCM; las que, sobre esta base, elaborarán una estrategia para la aplicación de las medidas de ajuste (correctivas) correspondientes así como para su implementación. Esta información le servirá, también, a dichas comisiones, para diseñar los modelos de gestión descentralizada de dichos servicios públicos y su implementación, de acuerdo a los lineamientos que establezca la Secretaría de Descentralización. • La aplicación de las medidas de ajuste al ejercicio de las competencias sectoriales transferidas debe ser una operación iterativa, procurando, en cada ciclo, la mejora continua de los servicios públicos asociados, en términos de calidad y cobertura, gestionados de manera descentralizada por los tres niveles de gobierno. • Las acciones de recolección, procesamiento, análisis y elaboración del informe final (con resultados, conclusiones y recomendaciones), durante el periodo de