Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2012 (06/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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e) Autorizar la ejecucion de prestaciones adicionales en el caso de bienes y servicios hasta por el MORDAZA permitido por Ley. f) Autorizar la reduccion de prestaciones en el caso de bienes, servicios y obras hasta por el MORDAZA permitido por Ley. g) Celebrar contratos derivados de los procesos de seleccion para la adquisicion de bienes y la contratacion de servicios y obras, incluida la suscripcion de ordenes de compra y servicios, asi como suscribir adendas para su modificacion. h) Celebrar contratos complementarios de bienes y servicios. i) Resolver las solicitudes de ampliacion del plazo contractual. j) Aprobar la resolucion de los contratos por caso fortuito o fuerza mayor, asi como el incumplimiento de los mismos cuando sea imputable por el contratista. k) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de obras que se presenten a la Entidad. l) Suscribir Convenios de cooperacion, gestion u otros de naturaleza analoga, celebrado entre el MINAM y otras Entidades, para contratar bienes, servicios u obras propios de la funcion que por ley les corresponde, y ademas no se persigan fines de lucro; de conformidad con lo previsto en el literal r) del numeral 3.3 del articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 1017 ­ Ley de Contrataciones del Estado. m) Suscribir Convenios interinstitucionales para encargar los procesos de seleccion a entidades publicas y privadas, nacionales o internacionales, u organismos internacionales, asi como aprobar el expediente de contratacion y las bases en calidad de entidad encargante. 2.3.Facultades que se ejercen de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276 ­ Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y su Reglamento; y, el Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento, para lo siguiente: a) Conducir los procesos de seleccion para la contratacion de personal, sujeto al Regimen de la MORDAZA Administrativa, al Regimen Laboral de la Actividad Privada y al Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios. b) Suscribir, ampliar, prorrogar y renovar los contratos que se celebren al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y su Reglamento; al MORDAZA del T.U.O. de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR y su Reglamento; y, al MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios y su Reglamento. c) Suscribir Convenios de Practicas Preprofesionales y Profesionales. d) Disponer el cese de la relacion laboral sujeta al regimen laboral de la actividad privada. e) Termino de servicios: aceptacion de renuncia, excepto los cargos de confianza; cese por fallecimiento, cese definitivo por limite de edad; rescision o resolucion de contrato del personal; decision unilateral del contratado para extinguir el contrato, comunicar la decision unilateral de la entidad para extinguir el contrato, extinguir el contrato administrativo de servicios por mutuo acuerdo. f) Reconocimiento de derechos, beneficios, bonificaciones, remuneraciones, obligaciones sociales, deberes, bienestar e incentivos de los trabajadores. g) Aprobar las liquidaciones de beneficios sociales. h) Desplazamiento de personal: asignacion, rotacion, reasignacion, destaque, permuta, encargo, comision de servicios y transferencia. i) Ascenso, promocion y reingreso. j) Autorizar la constitucion del Comite Electoral para la eleccion de los representantes de los trabajadores ante el Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo. k) Autorizar la constitucion del Comite Electoral para la eleccion de los representantes de los trabajadores ante la Comision Permanente de MORDAZA Administrativo Disciplinario.

l) Aprobar y modificar el horario laboral o jornada de prestacion de servicios. m) Aprobar el programa anual de vacaciones y del descanso fisico con derecho a contraprestacion. n) Aprobar el procedimiento de evaluacion anual del personal. o) Aprobar el programa de capacitacion institucional. p) Aprobar licencias y/o permisos del personal. q) Aprobar el descanso pre y post natal. r) Aprobar las solicitudes de suspension de las obligaciones con y sin contraprestacion del personal contratado al MORDAZA del Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios. s) Aprobar el programa de bienestar social y desarrollo humano dirigido al personal del Ministerio y su familia. t) Aprobar la incorporacion paulatina al Cuadro de Asignacion de Personal y/o Presupuesto Analitico del personal, de acuerdo a la normatividad vigente. u) Conciliar y someter a arbitraje materias derivadas de su gestion como Director General de la Oficina General de Administracion, en los procesos regulados por la Ley Nº 26872, Ley de Conciliacion, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1070 y por el Decreto Legislativo Nº 1071, Decreto Legislativo que MORDAZA el Arbitraje, que se originen en todo MORDAZA de contratos de bienes y servicios, esten estos comprendidos o no en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 2.4 Representar al Ministerio delAmbiente ante cualquier MORDAZA de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de caracter administrativo, desistirse, participar en cualquier MORDAZA de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnacion en el ambito de las funciones propias y de aquellas que hayan sido expresamente delegadas. Para el caso de representacion ante la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT, se hace extensiva dicha atribucion, en su nivel y competencia, al Responsable de la Unidad Operativa Funcional de Tesoreria y al Responsable de la Unidad Operativa Funcional de Contabilidad. 2.5 Facultades que se ejercen de acuerdo a la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, que tienen como objeto, entre otros aspectos, regular los actos de administracion, disposicion, adquisicion, registro y supervision de los bienes nacionales. Articulo 3º.- Delegar en el Viceministro de Gestion Ambiental y en el Viceministro de Desarrollo Estrategico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, para el Ano Fiscal 2012, las siguientes facultades: a) Suscribir Convenios de Cooperacion Interinstitucional, Acuerdos, Memorandos o Cartas de Entendimiento u otros instrumentos de naturaleza analoga, incluidas sus adendas, celebrados con otra entidad o entre el Ministerio del Ambiente y organismos internacionales, en el MORDAZA de sus respectivas competencias. b) Aprobar, previa MORDAZA a la Alta Direccion, los estudios definitivos y demas documentos requeridos en la fase de inversion diferente a la ejecucion de obras, segun corresponda la ejecucion de sus proyectos de inversion publica. Articulo 4º.- La delegacion de facultades comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con la normativa vigente en cada caso. Articulo 5º.- Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente resolucion. Articulo 6º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Web institucional http://www.minam. gob.pe/index.php?option=com_docman&task=cat_ view&gid=69&Itemid=39. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PULGAR-VIDAL Ministro del Ambiente 737784-1

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