Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2012 (13/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de enero de 2012

Son funciones del Secretario del Comite Electoral las siguientes: · Reemplazar al Presidente ante impedimento temporal de este. · Revisar las convocatorias dispuestas por la Presidencia del Comite Electoral. · Presentar al Presidente los expedientes de las candidaturas debidamente revisadas. · Llevar el Libro de Actas. · Firmar las disposiciones de la Presidencia y del Comite Electoral. · Organizar y custodiar los archivos. · Preparar el Informe Final de cada MORDAZA de eleccion. · Otras tareas que le encargue el Comite Electoral. c. Un Vocal, cargo desempenado por un profesional designado por la entidad publica que solicita la implementacion del MORDAZA de eleccion. Son funciones del Vocal del Comite Electoral las siguientes: · Supervisar la publicacion en las paginas web y en otros medios de difusion de la convocatoria, cronograma y otros comunicados del Comite Electoral. · Establecer el enlace de comunicacion entre la instancia que solicita el MORDAZA de eleccion y el Comite Electoral. · Cumplir las demas funciones que le asigne el Comite Electoral. El Comite Electoral cesara en sus funciones una vez concluido el MORDAZA electoral, con la proclamacion definitiva de los candidatos electos. 5.3 Disposiciones sobre la recepcion y notificacion de documentos. 5.3.1 Tramite por medios fisicos. Todas las solicitudes, tachas, absoluciones y/o documentos en general, referidos al MORDAZA de elecciones, deberan ser presentados ante el Comite Electoral. En los procesos de elecciones de ambito nacional, la recepcion de documentos se MORDAZA ante la Oficina de Tramite Documentario y Archivo del Ministerio de la Produccion, en el horario de atencion. En los procesos de elecciones de ambito regional o local, la recepcion de documentos se MORDAZA ante la Mesa de Partes de las Direcciones Regionales de Produccion u organo que haga sus veces del Gobierno Regional correspondiente, en el horario de atencion. En los procesos de ambito nacional, las asociaciones de las MYPE deberan senalar su domicilio procesal dentro del area de MORDAZA Metropolitana. En el caso de los procesos de ambito regional y/o local, el domicilio procesal debera senalarse dentro del distrito que corresponda a la Direccion Regional de Produccion u organo que haga sus veces del Gobierno Regional correspondiente. 5.3.2 Tramite por medios electronicos. A solicitud expresa de la asociacion de MYPE, se podra recepcionar y/o notificar a traves del correo electronico o facsimil, las solicitudes, recursos, actos del Comite Electoral y otros documentos relacionados con el MORDAZA de eleccion. Para dicho efecto, la asociacion de MYPE debera senalar la direccion del correo electronico o un numero de facsimil para que proceda el tramite por medios electronicos, segun modelo contenido en el Anexo V. Los tramites por medios electronicos, se encuentran sujetos a los mismos plazos establecidos en el cronograma del MORDAZA de elecciones, asi como al horario de atencion de la mesa de partes del Ministerio de la Produccion cuando se trate de la fecha de termino de los plazos senalados en el cronograma del MORDAZA de elecciones. El correo electronico o el facsimil se constituyen en el domicilio procesal de la respectiva asociacion de las MYPE que opte por dicho tramite. El senalamiento de un domicilio real y/o procesal en el que no se reciba o no sea posible la respectiva notificacion, asi como la direccion de correo electronico o numero de facsimil que no permita la recepcion de mensajes y/o

que no se encuentre habilitado, sera responsabilidad de la asociacion de las MYPE. En estos casos, el Comite Electoral, previa verificacion de los reportes emitidos por el sistema o razon emitida por el notificador levantara un acta y dispondra que se tenga por notificadas las resoluciones y demas actos emitidos en la fecha de remision. 5.4. De los electores. Todas las asociaciones de las MYPE inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones de la Micro y Pequena Empresa (RENAMYPE), que cumplan con los requisitos de la convocatoria pueden participar como electores en los procesos de elecciones. Para tal efecto, el derecho a MORDAZA sera ejercido por el presidente de la asociacion de las MYPE o por el representante designado a traves de carta poder simple. 5.5 De la inscripcion de candidatos. 5.5.1. Requisitos de las asociaciones de las MYPE. Las asociaciones de las MYPE podran presentar a sus candidatos, debiendo cumplir con los siguientes requisitos: a. Contar con registro vigente en el RENAMYPE. b. Contar con un Consejo Directivo u organo que haga sus veces con inscripcion vigente en el registro de personas juridicas. c. Contar con el nivel de representacion nacional, regional o local, segun sea el caso, reconocido por el RENAMYPE. d. No tener mas de un (1) representante en los espacios de representacion de ambito nacional, regional o local. En caso que en la normativa que regula al sector o actividad economica del espacio de representacion se contemple el cumplimiento de requisitos adicionales para el cabal desempeno del cargo, estos estaran incluidos en la convocatoria a elecciones y en la pagina web del Ministerio de la Produccion. En estos casos, el representante de la asociacion de las MYPE al momento de la inscripcion de los candidatos declarara bajo juramento que los representantes titular y alterno conocen y cumplen con los requisitos adicionales exigidos. 5.5.2. Para la inscripcion de candidatos. Para la inscripcion de candidatos, la asociacion de MYPE debera presentar dentro del plazo establecido en el cronograma del MORDAZA de eleccion, una solicitud de inscripcion de candidaturas dirigida al Comite Electoral con la siguiente informacion, segun modelo contenido en el Anexo II: a. Datos Generales: · Denominacion de la asociacion. · Numero de registro en el RENAMYPE. · Datos del presidente (nombres y apellidos, documento de identidad). · Domicilio real y procesal de la asociacion. · Correo electronico activo. · Numero de telefono fijo y/o celular. b. Datos de los candidatos: · Nombres, apellidos y documentos de identidad de los representantes titular y suplente designados. · RUC activo del candidato. c. Requisitos adicionales: El Comite Electoral publicara el Listado Provisional de Candidatos de acuerdo al cronograma establecido. Los representantes titulares y suplentes designados por las asociaciones de MYPE deberan tener la condicion de asociados de la institucion que representan. 5.6 De las tachas. a. Las tachas deberan ser presentadas ante el Comite Electoral por escrito, correo electronico o facsimil - de

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