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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ENERO DEL AÑO 2012 (29/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 29 de enero de 2012 460052 HORARIO DE ATENCION: Lunes a Domingo de 8:00 am a 21:30 horas. PROGRAMA DE ESTUDIOS.- Cursos generales: a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional de Tránsito. b) Técnicas de conducción a la defensiva, lo que incluye las habilidades y destrezas necesarias para la conducción de un vehículo correspondiente a la licencia de conducir por la que va a optar el postulante, considerando las distintas condiciones en la que debe operar, tales como: clima, tipo de camino, geografía, entre otros aspectos. c) Funcionamiento y mantenimiento del vehículo motorizado que corresponda a la respectiva clasifi cación de licencia de conducir. d) Sensibilización sobre accidentes de tránsito, que debe de incluir la información estadística sobre accidentalidad, los daños que estos ocasionan y la forma de prevenirlos así como la proyección fílmica o documental de casos sobre accidentes de tránsito y sus secuelas. e) Primeros auxilios y protocolo de actuación en casos de accidente de tránsito. f) Mecánica automotriz básica. g) Normas sobre límites máximos permisibles de emisiones de gases contaminantes en vehículos. Cursos específi cos para realizar el servicio de transporte de personas: a) Urbanidad y trato con el usuario. b) Principios de Salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas de seguridad y calidad que regulan la prestación del servicio de transporte de personas. d) Enseñanza de las normas sobre clasifi cación vehicular, características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del servicio de transporte de personas. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de personas, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. g) Uso de la tecnología aplicable al transporte de personas. Cursos específi cos para realizar el transporte de mercancías: a) Urbanidad y trato con el público. b) Principios de salud ocupacional aplicados al transporte. c) Enseñanza de las normas que regulan la prestación de los servicios de transporte de mercancías. d) Enseñanza de las normas básicas sobre clasifi cación vehicular; así como características y requisitos técnicos vehiculares relativos a los vehículos del transporte de mercancías. e) Pesos y dimensiones vehiculares máximos permitidos para vehículos de transporte de mercancías, tolerancias en el pesaje, bonifi caciones y régimen de infracciones y sanciones por excesos en los pesos y dimensiones vehiculares. f) Manejo correcto de la carga. g) Mecánica Automotriz avanzada según la categoría del vehículo que corresponda. h) Enseñanza de normas tributarias sobre el uso de la guía de remisión del transportista. i) Uso de tecnología aplicable al transporte de mercancías. Artículo Segundo.- La empresa CONSULTORIA ASOCIADOS Y ESTUDIOS SP SAC, autorizada para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, está obligada a actualizar permanentemente la información propia de sus operaciones, a informar sobre sus actividades y aplicar el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, así como las normas legales pertinentes. Artículo Tercero.- La Escuela autorizada impartirá los cursos con la siguiente plana docente: Cargo de Instrucción Docente a cargo Director • FRANCISCO COLONIA GARCIA. Instructor Teórico de Tránsito • GUILLERMO UBALDO ZAMORANO CABRERA. • SEGUNDO FELIPE VEGA BLAS. Instructor Práctico de Manejo • SEGUNDO VICTOR TAMARIZ DURAND. Instructor Teórico – Práctico de Mecánica • EDILBERTO SANTOS CABELLO PRETELL. • EDWIN ANTONIO GUZMAN ROMERO. Instructor Teórico Práctico en Primeros Auxilios • SADIHT LUISA CORREA CARLOS. Psicólogo • JORGE LUIS CASTAÑEDA DE LA CRUZ. • JUAN CARLOS HUAMANCONDOR HIDALGO. Artículo Cuarto.- La Escuela autorizada deberá colocar en un lugar visible dentro de su local una copia de la presente Resolución Directoral, debiendo iniciar el servicio dentro de los sesenta (60) días calendario, computados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Quinto.- La Escuela autorizada deberá presentar: a) En un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, presentará el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo señala el numeral 43.6 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Marca Modelo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año Fab. Placa 4 HYUNDAI H-1 M/BUS CMTA RURAL (M2) KMJWA37HABU279255 D4BHA036596 2010 H1H-953 5 MERCEDES BENZ O-400 RSD OMNIBUS (M3) 9BM6642385B418274 45792510805889 2005 VG-7272 6 SCANIA K124 IB 6X2 NB 360 OMNIBUS (M3) 9BSK6X2BFY3517052 3137855 2000 VG-5711 7 MERCEDES BENZ OF-1721/59 OMNIBUS (M3) 9BM3840736B476075 377973U0677748 2006 T1E-708 8 TOYOTA HILUX 4X4 C/D SRV TURBO CMTA PICKU (N1) MR0FZ29G491561399 1KD7736029 2008 PQW-949 9 ISUZU FRR90SL-MAS CAMIÓN (N2) JALFRR90MB7000175 4HK1903918 2011 C5O-935 10 VOLVO N-1042 REMOLCADOR (N3) 9BVN0A1A0HG612659 TD101G113600775 1987 C1E-937 11 CUSO CUSO - 150 VEH. AUT. MEN. (L5) 8S9CRCUSOB1B28144 162FMJ0503201733 2011 B5-9564