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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2012 (30/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 30 de enero de 2012 460077 concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; estipulándose que para todos los servicios cuyos costos sean menores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias no se requerirá de la suscripción de un Convenio Específi co, para cuyo caso bastará que el servicio sea solicitado y aceptado mediante ofi cios de las partes involucradas; Que, mediante el Ofi cio N° 004-2011-MTC/20.6, la Unidad Gerencial de Estudios de Provías Nacional se dirige a la Dirección Nacional de Construcción solicitándole que efectúe las valuaciones comerciales de dieciocho (18) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, ubicados en el distrito de Ocros, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, adjuntándole los expedientes individuales respectivos; Que, mediante el Ofi cio N° 680-2011/VIVIENDA- VMCS-DNC, la Dirección Nacional de Construcción remite a la Unidad Gerencial de Estudios, los dieciocho (18) Informes Técnicos de Tasación conteniendo las valuaciones comerciales de los predios afectados por la ejecución de la mencionada obra; Que, mediante el Memorándum N° 5572-2011- MTC/20.6 y el Informe N° 422-2011-MTC/20.6.3/DMMA de la Unidad Gerencial de Estudios, se manifi esta que de la revisión de los expedientes remitidos por la Dirección Nacional de Construcción, se ha determinado que seis (6) expedientes de predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo II: Km. 50+000 - Km. 98+800, tienen acreditados a los titulares de los predios como propietarios con su derecho debidamente inscrito, por lo que corresponde que las valuaciones efectuadas sean aprobadas de conformidad con la Ley N° 27628; Que, a través del Informe N° 00891-2011-MTC/20.3 emitido por la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de Provías Nacional, se encuentra procedente, en aplicación de la Ley N° 27628, efectuar el trámite para la aprobación de las valuaciones comerciales correspondientes a los seis (6) predios que indica el Informe N° 422-2011- MTC/20.6.3/DMMA; Que, en consecuencia, de acuerdo con lo actuado, debe expedirse la resolución correspondiente; De conformidad con las Leyes Nº 27628 y Nº 29370 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las valuaciones comerciales efectuadas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento contenidas en los Informes Técnicos de Tasación emitidos por la citada dependencia, correspondientes a seis (6) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo II: Km. 50+000 - Km. 98+800, ubicados en el distrito de Ocros, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO RELACIÓN DE PREDIOS AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA AYACUCHO - ABANCAY, TRAMO II: KM.50+00 AL KM.98+800 N° CÓDIGO MONTO DE VALUACIÓN COMERCIAL US $ 1 V-OCROS-09 10 945,32 2 V-OCROS-10 1 721,09 3 V-OCROS-13 6 467,18 4 V-OCROS-14 7 851,70 5 V-OCROS-15 15 421,34 6 V-OCROS-16 1 511,33 746523-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 036-2012-MTC/02 Lima, 25 de enero de 2012 VISTO: La Nota de Elevación Nº 567-2011-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación de valuaciones comerciales de predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo : Km. 00+000 al Km. 50+000; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo con los artículos 2 y 3 de la Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones – CONATA, actualmente a cargo de la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento acorde con el Decreto Supremo Nº 025- 2006-VIVIENDA y la Resolución Ministerial Nº 010-2007- VIVIENDA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, que será aprobada mediante Resolución Ministerial del Sector Transportes y Comunicaciones, y que, el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, Provías Nacional y la Dirección Nacional de Construcción suscribieron el Convenio Marco N° 037- 2009-MTC/20 de Cooperación Interinstitucional, para que en aplicación de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628, la referida Dirección efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por dicho Proyecto Especial, así como los ejecutados por los contratos de concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; estipulándose que para todos los servicios cuyos costos sean menores a tres (3) Unidades Impositivas Tributarias no se requerirá de la suscripción de un Convenio Específi co, para cuyo caso bastará que el servicio sea solicitado y aceptado mediante ofi cios de las partes involucradas; Que, mediante el Ofi cio N° 2325-2010-MTC/20.6, la Unidad Gerencial de Estudios de Provías Nacional solicita a la Dirección Nacional de Construcción, la valuación comercial de veintiún (21) predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo: Km. 00+000 al Km. 50+000, ubicados en la provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, remitiéndole los expedientes individuales respectivos; Que, mediante el Ofi cio N° 550-2011/VIVIENDA- VMCS-DNC, la Dirección Nacional de Construcción remite a la Unidad Gerencial de Estudios, veintiún (21) Informes Técnicos de Tasación conteniendo las valuaciones comerciales de los predios afectados por la ejecución de la citada obra; Que, mediante el Memorándum N° 5733-2011- MTC/20.6 y el Informe N° 433-2011-MTC/20.6.3/DMMA de la Unidad Gerencial de Estudios, se manifi esta que de la revisión de los expedientes remitidos por la Dirección Nacional de Construcción, se ha determinado que dos (2) expedientes de predios afectados por la ejecución de la obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho - Abancay, Tramo: Km. 00+000 - Km. 50+000, ubicados en el distrito de Carmen Alto, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, tienen acreditados a los titulares de los predios como propietarios con su derecho debidamente inscrito, por lo que corresponde que las valuaciones efectuadas sean aprobadas de conformidad con la Ley N° 27628; Que, a través del Informe N° 906-2011-MTC/20.3 emitido por la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de Provías Nacional, se encuentra procedente, en aplicación de la Ley N° 27628,