Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2012 (30/01/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

460086

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de enero de 2012

a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la region; el articulo 6º prescribe que el desarrollo regional comprende la aplicacion coherente y eficaz de las politicas e instrumentos de desarrollo economico, social, poblacional, cultural y ambiental, a traves de planes, programas y proyectos orientados a generar condiciones que permitan el crecimiento economico armonizado, con la dinamica demografica, el desarrollo social equitativo y la conservacion de los recursos naturales y el ambiente en el territorio regional, orientado hacia el ejercicio pleno de los derechos de hombres y mujeres e igualdad de oportunidades. El articulo 9º establece los gobiernos regionales son competentes para: e) Promover el desarrollo socioeconomico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes, g) Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley; el articulo 10º prescribe que los gobiernos regionales ejercen las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la Constitucion, la Ley de Bases de la Descentralizacion y la presente Ley, asi como las competencias delegadas que acuerden entre ambos niveles de gobierno. El articulo 46º senala que las funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las politicas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las politicas nacionales sobre la materia. El articulo 56º senala las funciones en materia de transportes, regulando que son funciones en materia de transportes a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y politicas en materia de transportes de la region, de conformidad con las politicas nacionales y los planes sectoriales, b) Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en el Red Vial Nacional o Rural, debidamente priorizada dentro de los planes de desarrollo regional. Asimismo promover la inversion privada, nacional y extranjera en proyectos de infraestructura de transporte"; Que, el Decreto Supremo Nº 029-2006-MTC, establece en el articulo 1º numeral 1.1 Fusionese el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el numeral 1.2 senala la fusion indicada se realiza bajo la modalidad de fusion por absorcion, correspondiendole al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL, la calidad de entidad incorporante. Por su parte, el articulo 2º prescribe la Unidad Ejecutora que resulta a partir de la fusion dispuesta en el articulo 1 del presente Decreto Supremo, se denomina Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, adscrita al Viceministerio de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el articulo 4º senala que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado PROVIAS DESCENTRALIZADO, asume las competencias, funciones, atribuciones y obligaciones de los proyectos fusionados, incluyendo los compromisos derivados de los contratos y convenios con los organismos nacionales e internacionales; Que, el Decreto Supremo Nº 178-2005-EF, en el articulo 1º aprueba la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Internacional de Reconstruccion y Fomento -BIRF(...) destinado a cofinanciar el "Programa de Caminos Departamentales"; Que, el Decreto Supremo N° 179-2005-EF, en el articulo 1º aprueba la operacion de endeudamiento externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID (...) destinado a cofinanciar el "Programa de Caminos Departamentales"; Que, el Decreto Supremo Nº 017- 2007-MTC Reglamento de Jerarquizacion Vial, establece en articulo 15º que el Clasificador de Rutas es el documento oficial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, clasificadas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural, de acuerdo a la aplicacion del presente Reglamento. Incluye el Codigo de Ruta y su definicion segun puntos o lugares principales que conecta (...); El Clasificador de Rutas es el documento oficial del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, clasificadas en Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Vecinal o Rural. Incluye el Codigo de Ruta y su

definicion segun puntos o lugares principales que conecta. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el responsable de elaborar la actualizacion del Clasificador de Rutas que se aprobara mediante Decreto Supremo. Las modificaciones seran aprobadas por Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Decreto Supremo Nº 036-2011-MTC, en el articulo 1° prueba la actualizacion del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras - SINAC, el mismo que se detalla en el Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto Supremo; Que, mediante Convenio MORDAZA de Adhesion al Programa de Caminos Departamentales, de fecha 21 de noviembre del ano 2006, suscrito por el Gobierno Regional de MORDAZA y PROVIAS DESCENTRALIZADO, se formaliza la adhesion voluntaria del Gobierno Regional de MORDAZA y se garantiza su participacion en el Programa de Caminos Departamentales, estableciendose los terminos y condiciones de la cooperacion interinstitucional, e instituyendose en la clausula MORDAZA literal a) que una de las obligaciones del Gobierno Regional de MORDAZA, es contar con planes viales departamentales participativos aprobados por el Consejo Regional como instrumento basico de gestion; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 113-2011GR.CAJ/GGR, se designo al Equipo Tecnico que tuvo a cargo las acciones correspondientes para elaborar el Plan Vial Departamental Participativo actualizado, a fin de participar en el Programa de Caminos Departamentales y financiar la rehabilitacion de la Red Vial Departamental de MORDAZA, dicho equipo recibio asistencia de PROVIAS DESCENTRALIZADO, para incorporar los cambios generados por el Decreto Supremo Nº 036-2011-MTC, y asi facilitar la participacion del Gobierno Regional de MORDAZA, en el Programa de Caminos Departamentales, y lograr el financiamiento de obras de rehabilitacion en las carreteras departamentales de su competencia; Que, mediante Dictamen Nº 066-2011-GR.CAJCR/COAJ-COI evacuado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Juridicos e Infraestructura, de fecha 24 de noviembre del ano 2011, se emite opinion favorable para aprobar el Plan Vial Departamental Participativo de MORDAZA 2011 - 2020, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional MORDAZA en su Sesion Extraordinaria de fecha 28 de diciembre del ano 2011; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralizacion Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 010-2011-GRCAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobo la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero: APROBAR El Plan Vial Departamental Participativo de MORDAZA 2011 - 2020, que consta de doscientos cuarenta y dos (242) folios. Segundo: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura y areas competentes del Gobierno Regional MORDAZA la implementacion y monitoreo, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Tercero: CONVOCAR a los Gobiernos Locales, segun la normativa vigente, a fin de que implementen y articulen sus acciones para que la presente Ordenanza Regional sea incluida en sus planes de trabajo y en sus respectivas jurisdicciones territoriales. Cuarto: ENCARGAR que la Direccion Regional de Administracion realice los tramites correspondientes para la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional MORDAZA (www.regioncajamarca.gob.pe). Quinto: La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de Diciembre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 746527-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.