Norma Legal Oficial del día 30 de enero del año 2012 (30/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, lunes 30 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

460085

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Modifican la Autoridad Competente para resolver, de los procedimientos administrativos relacionados con los sistemas asegurador y previsional bajo el ambito de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros
RESOLUCION SBS N° 842-2012 MORDAZA, 27 de enero de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe N° 001-2012-DOC, relacionado con la redefinicion de la autoridad Competente para resolver, en los procedimientos del MORDAZA de la Superintendencia y la delegacion de facultades en funcionarios de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros para suscribir diferentes tipos de documentos, conforme lo solicitado en el Memorandum N° 064-2011-SAAFPS; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS N° 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, estableciendose para cada procedimiento administrativo la Autoridad Competente de Resolucion; Que, mediante Resolucion SBS N° 11861-2011 de fecha 30 de noviembre de 2011, se aprobo una nueva estructura organica de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, la misma que entre otros aspectos dispone la creacion de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros mediante la agrupacion de las funciones de la ex Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y la ex Superintendencia Adjunta de Seguros; Que, conforme lo dispuesto en el Articulo MORDAZA de la Resolucion SBS N° 11861-2011, la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros ha identificado los procedimientos del MORDAZA impactados por las disposiciones de la citada Resolucion y ha formulado la propuesta para adecuar Autoridad Competente de Resolucion, en cada uno de los procedimientos administrativos a cargo de dicha Superintendencia Adjunta; Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomia funcional que le confiere el articulo 346° de la Ley N° 26702 y al articulo 38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modificaciones del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA institucional; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 367° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la Autoridad Competente para resolver, de los procedimientos administrativos

del MORDAZA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, relacionados con los sistemas asegurador y previsional, bajo el ambito de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, tal como se detalla en el Anexo N° 1, que forma parte de la presente Resolucion, el cual se publica en el MORDAZA Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Organizacion la actualizacion del MORDAZA de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme las disposiciones del Articulo Primero de la presente Resolucion y publicarlo en el MORDAZA Web de la Superintendencia y de la PCM en el plazo de dos dias habiles contados a partir de la aprobacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 747052-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Aprueban el Plan Vial Departamental Participativo de MORDAZA 2011-2020
ORDENANZA REGIONAL Nº 043-2011-GRCAJ-CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL MORDAZA Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en el articulo 191º establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de Derecho Publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia y en el articulo 192° establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Son competentes para (...) 7) Promover y regular actividades y/ o servicios en materia de agricultura, pesqueria, industria, agroindustria, comercio, turismo, energia, mineria, vialidad, comunicaciones, educacion, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, en su articulo 8° precisa la autonomia es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos publicos de su competencia y en el articulo 35° literal d) establece como competencias exclusivas, promover y ejecutar las inversiones publicas de ambito regional en proyectos de infraestructura vial, energetica, de comunicaciones y de servicios basicos de ambito regional con estrategias de sostenibilidad, competitividad, oportunidades de inversion privada, dinamizar mercados y rentabilizar actividades; Que, la Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece en el articulo 5º que la mision de los Gobiernos Regionales es organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo

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