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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE ENERO DEL AÑO 2012 (31/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de enero de 2012 460111 Vistos, los Memorándum Nº 018 y 019-2012-SERVIR/ GDCGP de la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos; CONSIDERANDO: Que, el literal i) del artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1023 que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, establece como una de sus funciones, normar y gestionar el Cuerpo de Gerentes Púbicos; Que, de otro lado, de acuerdo con lo dispuesto en el literal b) del artículo 19 del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062- 2008-PCM, la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos es el órgano encargado de diseñar, organizar y ejecutar los procesos de selección de Gerentes Públicos; Que, en la Sesión Nº 06-2012, el Consejo Directivo de SERVIR aprobó la Quinta Convocatoria del Proceso de Selección para la incorporación de profesionales al Cuerpo de Gerentes Púbicos; Que, con Memorándum Nº 018-2012-SERVIR/GDCGP el Gerente de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos ha solicitado se autorice la aprobación de las Bases de la Quinta Convocatoria del Proceso de Selección para la incorporación de profesionales al Cuerpo de Gerentes Públicos; Que, el Consejo Directivo en la Sesión Nº 08-2012 autorizó a la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, órgano encargado de conducir y gestionar el Cuerpo de Gerentes Públicos, la aprobación de las Bases de la Quinta Convocatoria del Proceso de Selección para la incorporación de profesionales al Cuerpo de Gerentes Públicos, disponiendo que a través de una Resolución de Presidencia Ejecutiva se la publique las mismas; Que, la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, mediante Memorándum Nº 019-2012-SERVIR/ GDCGP remite las Bases de la Quinta Convocatoria del Proceso de Selección para la incorporación de profesionales al Cuerpo de Gerentes Públicos debidamente aprobadas para su correspondiente publicación; Con la visación del Gerente General, del Gerente de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano así como de la Resolución y las Bases de la Quinta Convocatoria del Proceso de Selección para la incorporación de profesionales al Cuerpo de Gerentes Públicos, aprobadas por la Gerencia de Desarrollo del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe.) Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo (e) 747671-1 INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO Designan Secretario General del INGEMMET RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 019-2012-INGEMMET/PCD Lima, 27 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET es un Organismo Público Técnico Especializado del Sector Energía y Minas, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica, económica y administrativa, constituyendo un Pliego Presupuestal, conforme lo señalado en los Decretos Supremos Nº 058-2011-PCM del 05 de julio de 2011 y Nº 035-2007-EM del 05 de julio del 2007; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 014- 2010-INGEMMET/PCD de fecha 27 de enero 2010, se designó al Economista Sr. Juan Carlos LAM ALVAREZ, en el cargo de Secretario General del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, mediante Carta de fecha 27 de enero de 2012, el Eco. Juan Carlos Lam Alvarez presenta su renuncia al cargo de Secretario General del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, el numeral 8) del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, establece que el Presidente del Consejo Directivo tiene la atribución de designar al personal y cargos de confi anza, de conformidad con la legislación vigente; De conformidad con las atribuciones previstas en el Decreto Supremo Nº 035-2007-EM Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET; y, Con el visto bueno de las Ofi cinas de Planeamiento y Presupuesto, Asesoría Jurídica y la Unidad de Personal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 31 de enero de 2012, la renuncia formulada por el señor Economista Juan Carlos LAM ALVAREZ, al cargo de Secretario General del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar, con efectividad al 1 de febrero de 2012, al señor Economista Wens SILVESTRE SICHA, en el cargo de Secretario General del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET. Artículo 3º.- Notifi car la presente resolución a las Unidades Orgánicas correspondientes del INGEMMET e interesado para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese SUSANA G. VILCA ACHATA Presidenta del Consejo Directivo INGEMMET 747222-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Modifican la Directiva Nº 01-2010- SNCP/CNC del Reglamento del Indice del Verificador Catastral RESOLUCIÓN N°01-2012 -SNCP/CNC San Isidro, 30 de enero del 2012 VISTO, el ofi cio N°2266-2011-SNCP/ST del 21 de diciembre de 2011, así como el informe técnico N° 47-2011- ST/SNCP-GR y el informe legal N° 01-2011-CGAA, emitidos el 19 y 21 de diciembre, respectivamente, mediante el cual la Secretaria Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial eleva al Presidente del Consejo Nacional de Catastro, la propuesta de modifi cación del Reglamento del Índice del Verifi cador Catastral contenida en la Directiva N° 01-2010-SNCP/CNC, aprobada mediante la Resolución N°03-2010-SNCP/CNC y modifi cada por Resolución N° 03-2011-SNCP/ST. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N°28294 se creó el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial (en adelante SNCP), con la fi nalidad de regular la integración y unifi cación de los estándares, nomenclaturas y procesos técnicos de las diferentes entidades generadoras de catastro en el país. Que, de conformidad con el artículo 8 de la Ley N° 28294, es función del Consejo Nacional de Catastro del SNCP aprobar las directivas de cumplimiento obligatorio para la ejecución de las actividades de catastro de predios o derechos sobre éstos, así como emitir las normas para la integración catastral