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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 31 de enero de 2012 460127 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 028-2012-F.SUPR.C.I.-MP- FN-(DESP.), el doctor Carlos Américo Ramos Heredia, Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno, propone la designación de la doctora Brizalina Carrasco Álvarez, Fiscal Provincial Titular en lo Civil y Familia de Ica, Distrito Judicial de Ica, designada en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ica, en el Despacho de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Ica - Cañete; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora BRIZALINA CARRASCO ALVAREZ, Fiscal Provincial Titular en lo Civil y Familia de Ica, Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Civil y Familia de Ica, materia de la Resolución Nº 094-2004-MP-FN, de fecha 15 de enero del 2004. Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora BRIZALINA CARRASCO ALVAREZ, Fiscal Provincial Titular en lo Civil y Familia de Ica, Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Ica - Cañete. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ica, Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de Ica - Cañete, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 747611-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 283-2012-MP-FN Lima, 30 de enero del 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Nº 279-2012-MP-FN, de fecha 27 de enero del 2012, que nombra a la doctora GIULIANA CELINA QUIÑONEZ SAENZ, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de San Martín y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de San Martín, con sede en Tarapoto. Artículo Segundo.- NOMBRAR a la doctora GIULIANA CELINA QUIÑONEZ SAENZ, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de San Martín, designándola en el Despacho de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno de San Martín. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de San Martín, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 747611-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Prorrogan plazo de vencimiento de pago de la primera cuota de los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2012 DECRETO DE ALCALDIA N° 001-2012 La Molina, 30 de enero de 2012 VISTO: El Informe N° 025-2012-MDLM-GAT, de fecha 27 de enero del 2012, de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe N° 039-2012-MDLM-GAT-SGRC, de fecha 26 de enero del 2012, de la Subgerencia de Recaudación y Control mediante los cuales se solicita la prórroga del vencimiento de pago de la primera cuota de los Arbitrios Municipales correspondientes al mes de enero del Ejercicio Fiscal 2012; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135- 99-EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria, podrá ser prorrogado con carácter general, por la Administración Tributaria; Que, mediante Ordenanza Nº 219 modifi cada por Ordenanza Nº 222 de la Municipalidad Distrital de La Molina, se aprobó el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2012 en el distrito de La Molina; la misma que ha sido ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 1561 de fecha 22 de diciembre de 2011; Que, el Artículo Quinto de la Ordenanza Nº 219, modifi cada por Ordenanza N° 222, establece que los Arbitrios Municipales son de periodicidad y determinación mensual, siendo el vencimiento de los mismos, el último día hábil del mes al que corresponda la obligación; Que, la Segunda Disposición Transitoria y Final de la mencionada Ordenanza, faculta al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la norma; así como, para disponer la prórroga de los plazos que la misma prevé; Que, es política de la actual gestión, el otorgar facilidades a los vecinos del distrito para que paguen de manera oportuna sus tributos, por lo que se hace necesario prorrogar el plazo del vencimiento para el pago de los Arbitrios Municipales correspondientes al mes de Enero; toda vez que, se advierte un considerable número de contribuyentes y/o administrados que aún no han logrado cancelar tal obligación; Estando a los fundamentos expuestos y contando con la conformidad de la Subgerencia de Recaudación y Control mediante Informe Nº 039-2012-MDLM-GAT-SGRC, de la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe N° 025-2012-MDLM-GAT y de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 34-2012-MDLM-GAJ; y, en uso de las facultades conferidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de febrero de 2012, el vencimiento de pago de la Primera Cuota de los Arbitrios Municipales correspondiente al mes de Enero del Ejercicio Fiscal 2012. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudación y Control, Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria, Subgerencia de Ejecutoría Coactiva Tributaria, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación y Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el