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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de febrero de 2012 460357 Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 749822-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2012-DE/SG Lima, 1 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 911 de fecha 27 de diciembre de 2011, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, en el marco de la Cooperación Militar por parte del Ejército Sur de los Estados Unidos de América, se tiene programada una visita ofi cial de trabajo de personal militar de ese país a Altos Mandos del Ejército del Perú, con la fi nalidad de tratar temas relacionados a los esfuerzos de cooperación realizados a través del Programa de Asistencia y Seguridad del Departamento de Defensa del Gobierno de los Estados Unidos de América; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú, y de conformidad con la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y su modifi catoria Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio peruano, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América, detallado a continuación, con la fi nalidad de participar en una reunión de trabajo, con Altos Mandos del Ejército del Perú, sobre temas relacionados a los esfuerzos de cooperación que se realizan a través del Programa de Asistencia y Seguridad del Departamento de Defensa del Gobierno de los Estados Unidos, del 5 al 12 de febrero de 2012: 1.- GENERAL DE DIVISIÓN SIMEON TROMBITAS 2.- CORONEL JANE ELIZABETH CRITCHON 3.- MAYOR SANDRA RYGALSKI 4.- MAYOR CARLOS I. MARTINEZ 5.- TÉCNICO DE 5ta. JESUS ARECHIGA 6.- TÉCNICO DE 3ra. NOLAN DANDY 7.- TÉCNICO DE 1ra. GABRIEL CERVANTES 8.- SUBOFICIAL DE 3ra. ZACHARY PHAIR Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 749824-1 Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2012-DE/SG Lima, 1 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 234- 2001-JUS del 01 de junio de 2001, se estableció la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH, como órgano consultivo de carácter multisectorial del Poder Ejecutivo, aprobando por Resolución Ministerial Nº 240-2001-JUS del 23 de julio de 2001 su Reglamento de Organización y Funciones; Que, el inciso c) del artículo 3º del referido Reglamento en concordancia con el inciso c) del artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 234-2001-JUS, establece que la mencionada Comisión se encuentra integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Defensa que deberá ser designado; Que, por Resolución Ministerial Nº 132-2011-DE/SG del 15 de febrero de 2011, se designó como representantes titular y alterno del Ministerio de Defensa ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH, al Coronel FAP Julio VASSALLO OJEA y al Mayor EP Flavio Antonio PUELLES MORALES, respectivamente; Que, por razones de servicio, los citados Ofi ciales han sido cambiados de colocación, siendo necesario dar por concluida la designación que como representantes del Ministerio de Defensa ejercieron; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-DE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del Coronel FAP Julio VASSALLO OJEA y del Mayor EP Flavio Antonio PUELLES MORALES, como representantes del Ministerio de Defensa titular y alterno, respectivamente, ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar como representantes del Ministerio de Defensa ante la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario - CONADIH a los siguientes Oficiales Superiores: 1. Coronel EP Eduardo Rene HURTADO RIQUELME -Titular 2. Capitán de Corbeta CJ Tomas Fernando PULIDO MENDOZA - Alterno Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO OTAROLA PEÑARANDA Ministro de Defensa 749825-1