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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2012 (04/02/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 4 de febrero de 2012 460359 Conforman el Comité de Dirección del Proceso de Simplificación Administrativa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 128-2012-EF/41 Lima, 3 de febrero de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Simplifi cación Administrativa como Política Nacional de obligatorio cumplimiento es aplicable a todas las entidades de la Administración Pública que tramitan procedimientos administrativos o brindan servicios administrativos en exclusividad; en ese sentido involucra al Ministerio de Economía y Finanzas; Que, con la fi nalidad de orientar a las entidades en el desarrollo de procesos de reingeniería o simplifi cación administrativa, mediante Decreto Supremo Nº 007- 2011-PCM, se aprobó la Metodología de Simplifi cación Administrativa; Que, dicha Metodología dispone la conformación de un Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplifi cación y de un Equipo de Mejora Continua como responsable de planifi car y gestionar el proceso de simplifi cación administrativa al interior de cada entidad del sector público; Que, en tal sentido, es necesario conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM; De conformidad, con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 21292, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, que aprueba la Metodología de Simplifi cación Administrativa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformar el Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa, como instancia política responsable de la puesta en marcha del proceso de simplifi cación administrativa del Ministerio de Economía y Finanzas, el cual estará integrado por: - La Secretaria General o su representante, quien la preside. - La Directora General de la Ofi cina General de Atención al Usuario y Comunicaciones. - El Director General de la Ofi cina General de Planifi cación, Inversiones y Presupuesto. La Ofi cina de Planifi cación, Inversiones y Racionalización de la Ofi cina General de Planifi cación, Inversiones y Presupuesto actuará como Secretaría Técnica del Comité. Artículo 2º.- Conformar el Equipo de Mejora Continua del Ministerio de Economía y Finanzas, responsable de planifi car y gestionar el proceso de simplifi cación administrativa según lo señalado en la Metodología de Simplifi cación Administrativa, aprobada por Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, el cual estará integrado por: - Un especialista en procesos de la Ofi cina General de Planifi cación, Inversiones y Presupuesto, quien actuará como coordinador. - Un especialista de costos de la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos. - Un especialista en sistemas de la Ofi cina General de Tecnologías de la información. - Un abogado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. Artículo 3º.- El Equipo de Mejora Continua de Simplifi cación Administrativa del Ministerio de Economía y Finanzas realizará las actividades señaladas en la Metodología de Simplifi cación Administrativa, pudiendo incorporar de manera temporal a los responsables del proceso que pueden ser una persona o más de los diferentes órganos del Ministerio. Sin perjuicio de ello, todas las dependencias de la entidad deberán brindar al Equipo de Mejora Continua el apoyo que éste requiera para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo 4º.- Publicar en el Portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob. pe), la presente Resolución, así como los documentos e informes que elaboren el Comité de Dirección del Proceso de Simplifi cación Administrativa y el Equipo de Mejora Continua. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 749864-2 Modifican la “Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2012-EF/50.01 Lima, 30 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 13° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3° y 4° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los procedimientos relacionados a su ámbito y promueve el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; Que, en el marco de las facultades de la Dirección General de Presupuesto Público, establecidas en el artículo 4° de la Ley N° 28411, referidas a la promoción del perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria, resulta necesario aprobar modificaciones a la Directiva N° 001-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial” aprobada mediante Resolución Directoral N° 002-2010-EF/76.01 y modificada con Resolución Directoral N° 003-2011- EF/76.01, a fin de adecuar la documentación que se presenta en la Fase de Ejecución Presupuestaria correspondiente al año fiscal 2012 con las mejoras que en materia de gestión presupuestaria ha implementado la Dirección General de Presupuesto Público desde la etapa de programación y formulación del presupuesto para el año fiscal 2012; así como establecer los plazos para la presentación de la citada información de ejecución presupuestaria para el año fiscal 2012; y otra precisión sobre el aplicativo informático para el registro de la ejecución presupuestaria; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, y el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car la Directiva N° 001-2010- EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial” aprobada mediante Resolución Directoral N° 002-2010-EF/76.01 y modifi cada con Resolución Directoral N° 003-2011-EF/76.01, conforme al Anexo “Modifi caciones a la Directiva para la Ejecución Presupuestaria - ETEs”, el mismo que forma parte de la presente resolución. Asimismo, disponer la publicación en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: www.mef.gob.pe, de la Directiva N° 001-2010-EF/76.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial” la misma que contendrá las modifi caciones aprobadas por la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Establecer que la presentación a la Dirección General de Presupuesto Público de la información trimestral de la ejecución presupuestaria